miércoles , 12 febrero 2025
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Los dos juicios a Jesús

Derecho para todos

Rubén Osorio Paredes (*)

Fuente: Diario de Yucatán

La vida, pasión y muerte de Jesucristo son conocidas universalmente y nunca han dejado de tener actualidad. En cada Semana Santa se celebran en todas partes del mundo, de tal manera que sobre este tema hay abundante literatura.

Estimado lector, en estos días de reflexión y oración, le comparto una sencilla y modesta aportación basada en los evangelios y en especial en la obra “El proceso jurídico de Cristo” del doctor Ignacio Burgoa Orihuela sobre lo que fueron los últimos días de Cristo desde la óptica jurídica. Sirva esta descripción para conocer de un modo ágil y cómo pudo ser el juicio por el cual condenaron a Cristo a la crucifixión.

Contexto

Jesús vivió en Nazaret de Galilea, que era una provincia judía que estaba bajo la dominación romana. Por este motivo, fue sometido a dos juicios: uno ante el Sanedrín, regido por la ley judía —el juicio religioso—, y otro ante Poncio Pilatos, gobernador romano de Judea, que es el juicio político regido por la ley romana.

Con antelación a este procedimiento, Jesús fue detenido y llevado a la fuerza a casa del sumo sacerdote Anás, prominente personaje del Sanedrín, quien de acuerdo con los evangelios lo interrogó de la siguiente manera: “¿Quién te dio autoridad para hablar en nombre de Dios y contra la ley de los profetas?” Cristo contestó: “Para enseñar y predicar la ley de Dios no se necesita ningún título ni autorización académica”. Esta fue la respuesta que conformó la acusación que le hicieron con posterioridad.

Juicio religioso

Después del interrogatorio en casa de Anás, Jesús fue llevado a casa de Caifás, donde se encontraba reunido el Sanedrín para realizar el juicio religioso. Para que el juicio se llevara al cabo, en el propio Sanedrín fue nombrado como la defensa de Jesús a Nicodemus, quien pudo haber dicho que el proceso era ilegal, ya que atendiendo a los principios que se tenían acostumbrados en ese tiempo, fue en la noche, sin público, y fuera del recinto oficial en donde tenía que haberse hecho. Aun así los fariseos y levitas insistieron en que el juicio se llevara al cabo.

Cristo fue acusado de blasfemia por hacerse llamar hijo de Dios y contestar en casa de Anás que “para enseñar y predicar la ley de Dios no se necesita ningún título ni autorización académica”. Fue condenado a muerte en el juicio religioso.

En el Derecho Hebreo no se consideraba la crucifixión como pena de muerte para los que cometían el delito de la blasfemia, sino la lapidación. La crucifixión era para delitos más graves como la sedición y la rebelión. No tenían la competencia para mandarlo a crucifixión por acusarlo de blasfemia, ya que ésta no se incluía en el Derecho Romano. Así que Jesús fue condenado a muerte por un delito que no ameritaba tal pena, además de que también se cometieron diversas violaciones al proceso jurídico, que son las siguientes:

1) El proceso se verificó en la casa de Caifás y no en el recinto oficial para los juicios religiosos llamado “Gazith” (templo).

2) No se le dio oportunidad a Jesús de presentar testigos para su defensa.

3) No se realizó un análisis riguroso de las declaraciones de los testigos, pues la acusación se fundó en testigos falsos que aseguraban sin mayor descripción de detalles que habían escuchado decir a Jesús de Nazareth ser el hijo de Dios.

Por ley, toda sentencia que impusiese la pena de muerte, pronunciada por los tribunales de las provincias romanas, debía ser confirmada por el gobernador, en este caso Poncio Pilatos quien, después de analizar el caso, podía o no ordenar su ejecución. Así, los sacerdotes miembros del Sanedrín, que por amplísima mayoría lo habían condenado a la muerte en el juicio religioso, acudieron ante la instancia de Pilatos, para obtener la confirmación de dicha pena.

Pilatos era un político práctico alejado de cuestiones filosóficas y teológicas, por tanto no le interesaba saber lo que era la verdad que Cristo predicaba. Sin embargo, no encontraba en las parábolas, mensajes y dichos de Jesucristo ningún delito y mucho menos contra el Estado romano. Si las ideas de Jesús, su predicación y su obra pudieran implicar alguna falta, sería de carácter religioso contra la ley de los judíos, y ello no ameritaba la pena de muerte y, por ende, la intervención de Pilatos. Ésta es la razón por la cual Pilatos dijo ante los acusadores de Jesús: “Ningún delito hallo en este hombre”, por lo que se rehusó a la confirmación de la sentencia del juicio religioso en el Sanedrín.

Luego de esto “a Pilatos se le ocurrió una estrategia procesal consistente en declararse incompetente” para juzgar a Cristo. Esta actitud la basó en que Jesús, habiendo nacido en Galilea, era súbdito de Herodes Antipas. Éste no externó ningún parecer sobre Jesús, por lo que lo envió de nuevo con Pilatos.

La actitud de Herodes fue aprovechada por el gobernador romano para decir a los judíos acusadores del nazareno que Herodes Antipas tampoco había encontrado ningún fundamento en la acusación, y que “soltaría a Cristo después de castigarlo” y fue cuando Pilatos ordenó la flagelación de Jesús.

De hecho, en su propósito de evitar la muerte de Jesús, Pilatos tuvo la idea de valerse de la festividad religiosa de la Pascua judía en la que se acostumbraba poner en libertad a un delincuente que el pueblo escogiera. Al efecto, planteó a los judíos el dilema de si debería libertar a Jesús inocente o a otro delincuente enjuiciado: Barrabás, responsable de delitos graves.

Ante el planteamiento, el pueblo ahí reunido e influenciado por los sumos sacerdotes exigió al gobernador romano que soltara al delincuente y crucificara a Cristo, gritando, según los evangelios: “Si no ordenas la crucifixión del Nazareno que se dice rey de los judíos, no serás amigo del César, pues sólo a éste reconocemos como tal”.

Esta exigencia de la gente orilló a Pilatos a cambiar la acusación del delito de blasfemia (falta religiosa) por un delito político: la sedición, que significa “levantamiento de un grupo de personas contra un gobierno con el fin de derrocarlo” y cuya sanción consistía en la pena de muerte por crucifixión, de acuerdo con la ley romana.

A pesar de que Jesús no cometió ese delito, la nueva condena eliminó la que se decretó en el Sanedrín, o sea, la de blasfemia. Una vez acusado Jesucristo del delito de sedición, entonces pudo ser condenado a muerte “conforme a derecho”.

En síntesis

Jesús de Nazaret fue acusado en principio por los sumos sacerdotes judíos de aquella época del delito de blasfemia por decir que era el hijo de Dios, sin embargo este “delito” no era castigado con la pena de muerte. Pilatos, al darse cuenta de esta situación, trató por múltiples vías evitar que lo condenen a muerte, pero ante la presión y exigencias de las personas ahí reunidas decidió cambiar ilegalmente la acusación de blasfemia por la de sedición, la cual sí ameritaba la pena de muerte por crucifixión.

En este doloroso caso la política abatió a la justicia, fenómeno que es frecuente en la historia de la humanidad. De ahí que tanto todos tengamos mucho que aprender del proceso jurídico de Jesucristo.

De acuerdo con los cristianos, afortunadamente para la humanidad existe un final feliz para este procedimiento: la resurrección de Cristo y la consecuente redención de la humanidad. El reto es que un día cada proceso jurídico en el mundo termine con la redención del derecho, la búsqueda exhaustiva de la verdad y la impartición de justicia. ¡Hasta la próxima!— Mérida, Yucatán.

jurídicofácil@hotmail.com

RUBEN OSORIO

Titular del despacho Rubén Osorio y asociados; abogado y catedrático

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