miércoles , 24 abril 2024
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TEQROO Violenta la Ley!

El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQROO) rechazó la impugnación presentada por los partidos Acción Nacional, de la Revolución Democrática y por la Coalición “Quintana Roo Une, Una Nueva Esperanza” por la presunta doble residencia de Juan Carrillo Soberanis, candidato a presidente municipal de Isla Mujeres por la alianza “Todos Somos Quintana Roo” del PRI-PVEM-PANAL.

En el juicio identificado como JIN/020/2016, se aprobó por unanimidad la ponencia del Magistrado Presidente Víctor Vivas Vivas, familiar del senador Félix González Canto y criticado en el pasado por su parcialidad a favor del PRI, señalando en lo medular confirmar el Acuerdo IEQROO/CG/A-126-16, aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo en fecha trece de abril del año dos mil dieciséis.

La impugnación consiste en que Juan Carrillo Soberanis presentó en el anterior proceso electoral local constancia de residencia de Benito Juárez, ya que en esa ocasión contendió por una diputación y para el presente proceso electoral presentó el documento como avecindado en Isla Mujeres.

Fundamentan su impugnación en que el artículo 136 de la Ley Electoral del Estado se establece, entre otros requisitos, que para ser miembro de un Ayuntamiento debe contar con residencia y vecindad en el Municipio no menor a cinco años anteriores al inicio del proceso.

La alianza PAN-PRD anticipó que acudirán ante el TEPJF a interponer un Juicio de Revisión Constitucional que habrá de ser resuelto por la Sala Regional con sede en Xalapa, ya que la resolución del Teqroo, a su juicio, viola varias jurisprudencias sobre el tema de la valoración de las certificaciones municipales para conceder la residencia que este mismo organismo ventiló en el pasado.

“Todos sabemos que Juan Carrillo tenía su residencia en Cancún y que compitió por una diputación acreditando residencia y vecindad en Benito Juárez”, dijo una fuente.

Boletin TEQROO

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