lunes , 6 mayo 2024
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Hay 18 entidades donde sólo han gobernado hombres, mujeres mayoría de militantes en todos los partidos ¿cómo que no hay mujeres? ¿se desecha acuerdo? ¿qué pasó?

Por: SemMéxico

  • INE basta las argumentaciones por la paridad hasta 66 por ciento de mujeres en los partidos, ellas los sostienen
  • En el Consejo General sólo el representante de Morena dijo que el INE no tiene facultades, pero no está en contra, pero….

Sara Lovera

SemMéxico, Ciudad de México, 20 de octubre, 2023.- En el consejo general del Instituto Nacional Electoral INE, el representante de Morena, Mario Rafael Llergo Latournerie, insistió en que este órgano no tiene competencia. “A este Consejo pasa inadvertido que la Sala Superior les revocó los Lineamientos de Paridad que pretendía aplicar en las elecciones de Coahuila y el Estado de México, porque había elección previa”, dijo

El recuento es demoledor, estuvo a cargo de Diana Paola Ravel Pérez: en 2020 primer cuerdo. De 15 se aprobaron 7,  se logró que seis mujeres fueran electas en 2021, en 2022, ante la persistencia de la omisión legislativa, tuvimos que volver a dictar un acuerdo en los mismos términos, el resultado fue que dos mujeres fueran electas, una en Aguascalientes y otra en Quintana Roo.

Fue el 30 de marzo de este año, que el Consejo General del INE,  analizó el cumplimiento al principio de paridad de género en la postulación a las gubernaturas, pues si bien es cierto que se incorporó a la legislación local de Coahuila y Estado de México la alternancia, prevaleció la omisión legislativa en Coahuila porque la reforma que la previó fue declarada inconstitucional.

Pidió que  el proyecto indique que algunas normativas locales no establecen mecanismos para garantizar el ejercicio a los derechos político-electorales de las mujeres como el caso de Puebla y otros, “resulta necesario que este Consejo General prevea criterios para garantizar las postulaciones paritarias en las entidades que renovaran su poder ejecutivo local.

Y es urgente  porque tenemos tres entidades federativas que inician precampaña el 5 de noviembre, Ciudad de México, Jalisco y Yucatán. Hay que  dar a la brevedad una fecha para los partidos políticos informen oportunamente sobre el cumplimiento al principio de paridad sustantiva.

Sin ser ríspida la reunión, llegó al “error” de votar contra la paridad. Ahí inopinadamente la consejera Rita Bell dijo que “ Morena no ha sido omisa en el cumplimiento de la paridad de género en la postulación de candidatas a puestos de elección popular”

Los argumentos para votar por la paridad, de 5 mujeres y 4 hombres, fueron muchos. Por ejemplo la Consejera, Norma de la Cruz, responsable de la unidad de género en el INE recordó, “la sentencia que se llegue a emitir sobre estos acuerdos debe dar pasos hacia adelante, tomando en cuenta que existen 18 entidades en las que únicamente hombres han gobernado.

En la actualidad las mujeres representan 51.86 por ciento del total del Padrón Electoral; hay tres millones 951 mil 201 mujeres militando e integrando los partidos políticos; en el PAN son 53.49 por ciento, en el  PRI 64.16 por ciento, en el PRD 66.2 por ciento, Partido Verde 63.6 por ciento, el PT 62.3 por ciento, Movimiento Ciudadano 58.7 por ciento y en Morena el 57.8 de sus militantes son mujeres.

Ello  da cuenta de que en los partidos sí hay suficientes mujeres que pueden aspirar a gobernar una entidad federativa.

De la Cruz argumentó: a los siete partidos con registro nacional y a los partidos locales involucrados, pido implementar, sin distinción, medidas efectivas que aseguren el acceso a las mujeres, reconozcan su incidencia. Al menos cinco fuerzas políticas nacionales no tendrían el número mínimo de militantes para conservar su registro.

No “olviden que sus estructuras, liderazgos territoriales para la promoción del voto” está compuesta mayoritariamente por mujeres.

El representante de Morena dijo en la discusión que “ Este órgano electoral no puede emitir reglas en materia de paridad de género, por no tener competencia para hacerlo. Esto, de acuerdo a la sentencia que la propia Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el SUP-RAP/116/2020 y acumulados, en donde la Sala Superior resolvió que este órgano electoral no tiene facultades para instrumentar y garantizar la paridad, ya que es facultad del Congreso”.

Y citó: 

“Es de especial relevancia hacer notar que el sistema jurídico no atribuye al Instituto Nacional Electoral facultades explícitas para establecer las condiciones bajo las que se debe instrumentar y garantizar la paridad en las elecciones a las gubernaturas, pues ésta se encuentra reservada al Congreso de la Unión; por lo que, al existir reserva de Ley para establecer las normas sobre ese tópico, tampoco se podría derivar alguna facultad implícita de la señalada autoridad administrativa electoral para actuar en ese sentido”.

Por la trascendencia de lo que pasa, SemMéxico, aquí, publica un segmento textual de la discusión:

Por la trascendencia de lo que pasa, SemMéxico, aquí, publica un segmento textual de la discusión:

Consejo General del INE,  19 DE OCTUBRE  2023 : versión estenográfica

Consejera del INE, Rita Bell López Vences: Muchas gracias.

El presente proyecto de acuerdo fue revisado y trabajado en su conjunto por las Comisiones de Prerrogativas y Partidos Políticos, y de Igualdad de Género y no Discriminación, partiendo de la propuesta y apoyo técnico de la Dirección y la Unidad respectiva.

Los propios partidos políticos nacionales fueron nutriendo con sus observaciones el proyecto, lo mismo que la gran mayoría de las oficinas de consejeras y consejeros, incluida la Presidencia, quienes formulamos observaciones tanto de forma como de fondo, a fin de robustecer aún más este acuerdo.

Durante el desarrollo de los trabajos, todos los partidos políticos nacionales refrendaron estar comprometidos con alcanzar la paridad de género en las gubernaturas de las entidades federativas, sin embargo, hay un punto toral que se discutió ampliamente al contemplar en esta ocasión, las nueve entidades, incluida Ciudad de México, como un todo; o bien, como la mayoría de los partidos políticos propone contemplar o como algunos comentaron, contemplar solo seis entidades donde se elige la gubernatura y la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, excluyéndose las entidades de Jalisco, Puebla y Yucatán.

Dicho disenso estriba en que las referidas entidades federativas, en consideración de los partidos políticos, ya existe normativa que regula lo atinente al principio de paridad de género en esas gubernaturas.

En el proyecto de acuerdo aprobado se determinó proponer a este Consejo General, la inclusión de las nueve entidades donde se elige la gubernatura y la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, por considerarse necesario el contar con reglas claras sobre la forma en que habrá de garantizarse la paridad de género en la postulación de las candidaturas a gubernaturas y a Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.

En tal sentido y a fin de abonar a reducir la subrepresentación de mujeres en la titularidad de los poderes ejecutivos locales y tomando en consideración el contexto histórico de las entidades con proceso electoral local, donde apenas han sido electas tres mujeres en toda la historia, se ha propuesto que los partidos políticos nacionales postulen al menos cinco mujeres en las nueve entidades donde se elige la gubernatura y la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.

Lo anterior cobra mayor relevancia, pues justo el pasado 17 de octubre conmemoramos el 70 aniversario del reconocimiento en México del derecho de las mujeres a votar y ser votadas para cargos de elección popular.

A siete décadas de tan importante acontecimiento, siguen persistiendo importantes brechas de desigualdad entre los géneros en el espacio público, entre ellos justamente, la titularidad del Poder Ejecutivo en las entidades federativas y determinaciones como la presente, bien pueden ayudar a reducir dichas brechas y seguir honrando los trabajos de mujeres como Hermila Galindo, Benita Galeana, Elvia Carrillo y entre otras importantes mujeres por cuya lucha, muchas otras estamos en estos espacios como este para seguir despejando, para otras que habrán de transitar su propio camino en el espacio público.

Por supuesto que yo espero que en lo futuro y desde lo local existan pronto reglas claras para el acceso de las mujeres a las gubernaturas y que también sean los propios OPLES, las propias entidades quienes puedan llevar y hacer posible que las mujeres lleguen a estos espacios.

Es cuanto, Presidenta.

Consejera Presidenta del INE, tiene el uso de la voz el diputado Mario Llergo, Morena, adelante.

Representante de Morena, Mario Rafael Llergo Latournerie: Muy buenas tardes, muchas gracias Presidenta,  saludo a quienes integran este Consejo, a las y los representantes de los medios de comunicación.

Morena es, tal vez el partido político que desde su fundación ha entendido que es tiempo de mujeres; es tiempo de mujeres de izquierda y de firmes convicciones, es tiempo de mujeres que han probado en su actuar que el poder solo se convierte en virtud, cuando se pone al servicio del pueblo.

Por ello, desde este movimiento siempre nos hemos pronunciado a favor de la igualdad en los espacios de gobierno y de representación popular, prueba de nuestro compromiso con esta loable causa, es, que con el triunfo de nuestro movimiento en los comisiones presidenciales de 2018, nuestro Presidente Andrés Manuel López Obrador, integró el primer gabinete paritario con ocho mujeres y ocho hombres sin que la ley así lo ordenara.

En adelante, nuestro compromiso con esta causa se ha visto reflejado también en los procesos electorales de 2021 a 2023 y me refiere específicamente en la postulación a cargos de elección popular en las gubernaturas, desde 2021 a 2023 donde el movimiento que represento en este Consejo General ha postulado a más mujeres que hombres; siendo así el 52 por ciento de estas candidaturas ha correspondido a mujeres, entendiendo la igualdad sustantiva como un pilar de la vida orgánica de nuestro movimiento.

A Morena no se le puede regatear nada cuando de paridad se trata, la cuarta transformación se escribe todos los días junto a ellas; y el ejemplo más claro de ello es el más reciente nombramiento de nuestra Coordinadora Nacional de Defensa de la Transformación, la doctora Claudia Sheinbaum Pardo, quien es, insisto, ejemplo vivo del compromiso de nuestro movimiento para empoderar a las mujeres con hechos y no con palabras.

Morena no ha sido omisa en el cumplimiento de la paridad de género en la postulación de candidatas a puestos de elección popular.

Pero vemos con preocupación que este órgano electoral pasa por encima de la libertad de auto organización y autodeterminación de los partidos políticos para establecer criterios y regular la postulación de candidaturas.

A este órgano se le ha olvidado que su función electoral es organizar los comicios, no definir sexo de las candidaturas ni pasar por encima de las decisiones de los congresos locales.

Este órgano electoral no puede emitir reglas en materia de paridad de género, por no tener competencia para hacerlo. Esto, de acuerdo a la sentencia que la propia Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el SUP-RAP/116/2020 y acumulados, en donde la Sala Superior resolvió que este órgano electoral no tiene facultades para instrumentar y garantizar la paridad, ya que es facultad del Congreso.

Y cito:

“Es de especial relevancia hacer notar que el sistema jurídico no atribuye al Instituto Nacional Electoral facultades explícitas para establecer las condiciones bajo las que se debe instrumentar y garantizar la paridad en las elecciones a las gubernaturas, pues ésta se encuentra reservada al Congreso de la Unión; por lo que, al existir reserva de Ley para establecer las normas sobre ese tópico, tampoco se podría derivar alguna facultad implícita de la señalada autoridad administrativa electoral para actuar en ese sentido”.

A este Consejo pasa inadvertido que la Sala Superior les revocó los Lineamientos de Paridad que pretendía aplicar en las elecciones de Coahuila y el Estado de México, porque había elección previa.

El INE, dice la Sala Superior, se extralimitó al momento de fijar reglas de postulación paritaria para los casos que he venido comentando; es decir, la Sala Superior solo reconoció la competencia de este órgano electoral para verificar que los partidos políticos emitan reglas paritarias que garanticen la paridad de género en los cargos a las gubernaturas.

Y como esa parte ya se cumplió en los documentos básicos, en el caso de nuestro movimiento, en el caso de Morena, en el artículo 44 Bis, se estableció la obligación de nuestro instituto político para cumplir con este criterio.

Muchas gracias, Presidenta.

Buenas tardes.

Consejera Presidenta del INE, Hará uso de la palabra el Diputado Sergio Gutiérrez Luna.

Consejero del Poder Legislativo de Morena, Sergio Carlos Gutiérrez Luna: Gracias, Presidenta.

Marina del Pilar Ávila, Gobernadora de Baja California de Morena; Laida Sansores, Gobernadora de Campeche de Morena; Indira Vizcaíno, Gobernadora de Colima de Morena; Evelin Salgado, Gobernadora de Guerrero de Morena; Lorena Cuellar, Gobernadora de Tlaxcala de Morena; Mara Lezama, Gobernadora de Quintana Roo de Morena; la maestra Delfina Gómez, Gobernadora del Estado de México de Morena.

Y por supuesto, tenemos que agregar la Ciudad de México, donde fue Jefa de Gobierno la doctora Claudia Sheinbaum Pardo, ahora Coordinadora Nacional de los Comités de Defensa de la Cuarta Transformación y que encabeza un movimiento en donde esta agrupado la mayoría de este país que confía en su dirección.

¿Qué les quiero decir con esto?, que Morena como partido mayoritario en la realidad está cumpliendo la premisa de darle a las mujeres los espacios, ahí están, son hechos, los acabo de mencionar.

Los partidos que fueron mayoritarios en el pasado, nunca tuvieron ocho mujeres gobernadoras simultáneamente, jamás.

Voy más allá, esto que se está discutiendo hoy, se genera a partir de una reforma que fue publicada en el 2019, que la mayoría parlamentaria de Morena impulsó y aprobó; yo tuve la fortuna de ser integrante de aquella legislatura y tuve la fortuna de haber votado a favor de esta reforma que hoy tiene que ver con el tema que se está discutiendo.

¿Cuál es el punto respecto de Morena?, un poco lo que decía el Diputado Mario Llergo; nosotros desde 2021 hemos postulado 11 hombres y 12 mujeres, hemos postulado más mujeres que se han convertido en gobernadoras, como lo acabo de mencionar.

Entonces, no hay ningún tema en Morena que no sea el que con hechos desde los cargos públicos y en lo legislativo, se hayan traducido en mayor espacios para las mujeres, así lo hemos hecho nosotros y es una realidad que aquí está.

¿Cuál es el punto?, el punto es jurídico y quiero irme a un antecedente de la semana pasada, el 11 de octubre: la Sala Superior emitió una sentencia en un JDC427 en donde modificó los lineamientos de la elección consecutiva para legisladores federales, diciendo que el INE no tenía facultades para determinar posibles consecuencias en casos relacionados con la violencia política en contra de las mujeres en razón de género.

En esa sentencia se estableció que el Instituto Nacional Electoral no cuenta con atribuciones para dar consecuencias o efectos adicionales a lo que prevé la ley, así como lo que hayan decidido los Tribunales Electorales respecto de casos de violencia política en razón de género.

Eso lo dijo el Tribunal Electoral la semana pasada, sobre un tema que se resolvió aquí en el seno de este Consejo General.

Ahora estamos en una situación similar, pero además evidente, el Diputado Mario Llergo ha citado los precedentes de la Sala Superior, donde hay mucha claridad en la Sala Superior sobre la imposibilidad por incompetencia que tiene este Consejo General para pronunciarse sobre un tema de competencia de los congresos de los estados, o en su caso, del Congreso Federal, es decir, sobre una reserva de ley.

¿Qué decimos nosotros con mucho respeto? En Morena vamos a seguir impulsando a las mujeres, no como un discurso político, sino como una realidad continuada, que inició desde el 18, que prevalece hasta el día de hoy, que se refleja en las cámaras; en los congresos locales; en las mujeres que postulamos en los ayuntamientos; en la mujer que nuestro partido designó como coordinadora de los comités de la Cuarta Transformación, Claudia Sheinbaum Pardo.

Además, una mujer impecable, científica, preparada, con experiencia pública, con sensibilidad política y, por supuesto, con sensibilidad social.

Y ése es nuestro compromiso.

¿Qué les decimos a ustedes, consejeras y consejeros, con mucho respeto? Que construyamos a partir de eso, y a partir del marco jurídico constitucional y legal, que le permite a este órgano emitir sus determinaciones.

No estamos nosotros argumentando algo desde Morena, les estamos recordando o haciendo referencia a lo que ya resolvió la Sala Superior del Tribunal Electoral. Es simplemente enunciarles lo que ya sucedió allá, y recordarles los antecedentes recientes, el de la semana pasada, donde les dijo la Sala Superior “no tienen competencia”.

Y un tema que de alguna manera u otra hemos venido aquí debatiendo, discutiendo y sobre el cual yo me he pronunciado, que es la ausencia de facultades legislativas del Consejo General del INE, el Consejo General del INE. Y lo debatíamos en alguna sesión pasada, tiene facultades reglamentarias ciertamente.

Pero las facultades reglamentarias están sujetas a un marco constitucional, máxime cuando sobre ese marco constitucional ya existe una interpretación del Poder Judicial.

Ya no es un tema que estemos debatiendo aquí por primera vez. Hay un pronunciamiento del Tribunal Electoral.

Entonces, cerrar diciéndoles, nosotros vamos a postular mujeres, mujeres que van a ganar. Hice un recuento de ocho gubernaturas, después del próximo año tendremos nueve más, nueve gubernaturas ganadas, de las cuales serán mujeres muchas de ellas.

Tendremos alcaldesas, tendremos diputadas y senadoras, es el compromiso de MORENA. Este compromiso no necesita sustentarse en un acuerdo del INE, o en un acuerdo de la ley, es un compromiso social.

Lo vamos a cumplir, y vamos a acatar lo que el pueblo decida, y lo que el pueblo ha dicho es que es tiempo de mujeres.

Gracias, Presidenta.

Consejera Presidenta del INE, tiene el uso de la voz la consejera Dania Ravel.

Consejera del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: Gracias, Presidenta.

Me parece importante en este punto hacer un recuento, precisamente, de los acuerdos que hemos ido emitiendo en este Consejo General, para garantizar la paridad en las gubernaturas, y de los criterios jurisdiccionales que se han establecido a partir de ello, porque eso es, justamente, lo que da sustento para que nosotros podamos emitir este proyecto de acuerdo.

Primero en 2020, emitimos el primer acuerdo para garantizar paridad en las postulaciones para las gubernaturas en el marco de las Elecciones de 2021. Recordemos que ahí se renovaron 15 gubernaturas.

Y lo que dijimos en el proyecto de acuerdo fue que, al menos los partidos políticos tenían que postular ahí a siete mujeres. Ese asunto fue impugnado y cuando llega a la Sala Superior, aunque se revoca, la Sala Superior determina que deben de ser siete mujeres las que se postulen por parte de los partidos políticos.

Gracias a eso se logró que seis mujeres fueran electas en 2021, en Baja California, Campeche, Chihuahua, Colima, Guerrero y Tlaxcala.

En 2022, ante la persistencia de la omisión legislativa, tuvimos que volver a dictar un acuerdo en los mismos términos, la diferencia es que ése no se impugnó, por lo tanto, no tenemos ahí un criterio jurisdiccional que nos dé más luz para la determinación que ahora se propone.

Sin embargo, ahí establecimos la misma regla, quizá fue un poco más sencillo porque eran seis gubernaturas las que se iban a renovar, entonces, fueron tres para hombres, tres para mujeres, en las postulaciones.

Y gracias a ello, el resultado fue que dos mujeres fueran electas, una en Aguascalientes y otra en Quintana Roo.

Para este año, se determinó que los partidos debían postular al menos a una mujer en una de las dos entidades federativas.

Sin embargo, el acuerdo fue impugnado y la Sala Superior determinó que el INE transgredió la libertad configurativa de los estados porque ambas entidades ya habían legislado en la materia.

No obstante, el 30 de marzo de este año, desde el Consejo General del INE, se analizó el cumplimiento al principio de paridad de género en la postulación a las gubernaturas, pues si bien es cierto que se incorporó a la legislación local de Coahuila y Estado de México la alternancia, prevaleció la omisión legislativa en Coahuila porque la reforma que la previó fue declarada inconstitucional.

Y en el caso de la legislación del Estado de México, se estableció que los partidos podían postular libremente para el Proceso Electoral Local 2023, a un candidato o una candidata.

Esta legislación es muy parecida en la redacción a la que ahora tenemos para Yucatán.

Entonces, en ese momento, lo que también dijimos es que, realmente no existía un género con el cual se pudiera determinar el punto de partida, sino existiría hasta el Proceso Electoral Local de 2029 en el caso del Estado de México.

Por ese motivo, también se hizo la revisión, aunque eran nada más dos entidades federativas, de que hubiera paridad.

Ahora, para 2024, nueve de las 32 entidades federativas elegirán a la persona titular del Ejecutivo Local, Chiapas, Guanajuato, Jalisco, Morelos, Puebla, Tabasco, Veracruz, Yucatán y Ciudad de México.

De éstas, solamente Puebla, Jalisco y Yucatán han legislado en la materia, sin embargo, vale la pena destacar que aun en estas entidades en donde ya hay legislación, en el caso de Puebla se establece en un artículo transitorio de su reforma constitucional, que la paridad de género en el Poder Ejecutivo será aplicable para quien tome posesión de su encargo, a partir del proceso electoral local siguiente a la entrada en vigor del decreto.

Y considerando que la reforma entró en vigor el 30 de julio del 2020, pareciera que actualmente no hay una regla, sobre todo porque se le dio seis meses al Congreso Local para que legislara en la materia y simplemente no lo hizo.

En el caso de Jalisco, el Código Electoral Local prevé que los partidos políticos nacionales garantizarán que se observe el principio de paridad en los términos que establezca la autoridad competente y que los partidos políticos locales deberán observar la postulación alternada entre los géneros.

Y finalmente, en Yucatán, si bien su constitución local prevé la alternancia de género, este establece en un transitorio que para el proceso electoral local 2023-2024, los partidos y en su caso coaliciones o candidaturas comunes, podrán determinar libremente el género a postular.

Por todo esto, es importante que el proyecto indique que las normativas locales no establecen mecanismos para garantizar el ejercicio a los derechos político-electorales de las mujeres en las postulaciones para las gubernaturas, dado que en el caso de Puebla, aún no existen normas que resulten aplicables para este proceso electoral local.

En el caso de Jalisco, dejo a la determinación a las autoridades competentes y en el caso de Yucatán, al dar libertad de elección de género a postular por este proceso electoral local, esa libertad se debe leer concatenada a la obligación constitucional de paridad en todo.

Por lo que resulta necesario que este Consejo General prevea criterios para garantizar las postulaciones paritarias en las entidades que renovaran su poder ejecutivo local.

Por supuesto, las otras no tienen ninguna normativa al respecto, por tal motivo, me parece indispensable que determinemos las reglas necesarias para que los partidos políticos den cumplimiento al principio constitucional de paridad en la postulación de candidaturas. También para estos cargos unipersonales de primerísima relevancia.

Ahora, es necesaria la emisión de este acuerdo en este momento, porque tenemos tres entidades federativas que inician precampaña el 5 de noviembre, Ciudad de México, Jalisco y Yucatán.

En ese sentido, tenemos que dar a la brevedad una fecha para los partidos políticos informen oportunamente sobre el cumplimiento al principio de paridad sustantiva.

Coincido también con algunos criterios orientadores que se desprenden del proyecto, como el de tomar en consideración aquellas entidades federativas donde nunca ha sido electa una gobernadora, así como el número de habitantes de las entidades federativas que renovarán la gubernatura para determinar en qué entidades se deberán de postular a mujeres.

Aprecio también, que las reglas que nos proponen ahora vayan un poco más allá de las reglas elementales que establecimos por primera vez en 2020 ante la omisión legislativa en materia de paridad en las gubernaturas, señalando por ejemplo que los partidos políticos nacionales definirán en qué entidades se habrán de postular candidaturas de mujeres y hombres garantizando que ninguno de los géneros sea postulado exclusivamente en entidades de baja competitividad, porque sabemos que la historia ha dicho que, cuando se da la posibilidad de que se postule libremente sin un tipo de orientación como estas se manda a las mujeres a los lugares perdedores.

Y además también que se determine cuáles y cuántas convocatorias serán exclusivamente para mujeres en su caso, así como los criterios de competitividad con los que garantizaran la paridad sustantiva.

El proyecto, establece también que como acción afirmativa, los partidos políticos nacionales deberán postular al menos cinco mujeres en las nueve entidades donde se elige la gubernatura y la jefatura de gobierno de la Ciudad de México.

Estoy de acuerdo con esta determinación, no solamente por lo que dice la jurisprudencia 11/2028 que nos da esta obligación, sino que, adicionalmente por el hecho de que tenemos todavía, a pesar de que es un número histórico de gobernadoras en funciones, tan solo nueve gobernadoras en las 32 entidades federativas, es evidente que estamos todavía bastante lejos de la paridad y por lo tanto se justifica que se tenga esta acción afirmativa para que en este caso, el número mayor de postulaciones sea para mujeres, para garantizar que puedan llegar más mujeres a estos cargos públicos, reitero, de primerísima relevancia.

Gracias, Presidenta.

Consejera Presidenta del INE, tiene el uso de la voz el Partido Verde.

Representante del PVEM, Fernando Garibay Palomino: Gracias, Presidenta.

Buenas tardes a todos y a todas.

En primer lugar, cabe recordar que en el año 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma a la Constitución Federal, que estableció la obligación de los partidos políticos de postulación prioritaria en cargos de elección popular.

Posteriormente, el 6 de junio del 2019, fue publicado el Diario Oficial de la Federación el decreto que reformó diversos artículos de la Constitución en materia de paridad de Género, mejor conocida como Paridad en Todo o Paridad Transversal.

Para el 2020, entraron en vigor diversas reformas en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, y este Consejo General emitió los lineamientos respectivos, mediante los cuales se ordenó a los partidos políticos adecuar sus documentos básicos a fin de dar cumplimiento a dichas reformas.

Posteriormente, el Tribunal Electoral, a partir de un cúmulo de sentencias, estableció lo relativo a la emisión de criterios generales que garanticen el principio de paridad de género en la postulación de candidaturas a las gubernaturas y aplicación de criterios de competitividad.

En ese sentido, sabemos que el camino para alcanzar la paridad de género en todos los cargos de elección popular no ha sido fácil, ha sido largo y complicado.

Sin embargo, el Parido Verde no se ha quedado atrás, y se ha sumado a la tarea de poner en marcha diversas acciones encaminadas a otorgar a las mujeres un piso parejo. Así, ha realizado diversas acciones como las siguientes:

Uno. Reforma a sus documentos básicos. Lo cual aconteció el pasado 19 de diciembre del 2022, cuando el Partido Verde celebró su Asamblea Nacional, cuyo principal objetivo fue la aprobación de sus documentos básicos a fin de atender las múltiples reformas en materia, y contribuir con el mejoramiento y el ejercicio pleno de los derechos de las mujeres, en un ambiente libre de cualquier obstáculo que las minimice de algún modo, o que les impida su participación y desarrollo en la vida democrática de nuestro país.

Dos. Designación de una mujer como vocera del Partido Verde. Como es del conocimiento público, desde el año 2021, el cargo de vocero del Partido Verde recae sobre una mujer, nuestra vocera la Diputada Federal Karen Castrejón Trujillo, quien ha desempeñado sus funciones con gran profesionalismo.

Tres. Se creó el Organismo Nacional de Mujeres Verdes. Una de las múltiples reformas a nuestros estatutos fue la creación del Organismo Nacional de Mujeres Verdes, el cual quedó integrado por cinco mujeres selectas por el Consejo Político Nacional, quienes cuentan con derecho de voz y voto, y una mujer militante por cada entidad federativa con derecho a voz.

Cuatro. Sus órganos internos se integran en equilibrio entre mujeres y hombre.

Cinco. Se han presentado candidaturas paritarias en todas las elecciones.

Seis. Se aprobó el protocolo del Partido Verde Ecologista de México para prevenir, atender, sancionar, reparar y erradicar violencia política contra las mujeres en razón de género.

Recientemente, el pasado lunes de octubre de este año, el Consejo Político Nacional aprobó el protocolo que nos establece las reglas a seguir para la atención de los casos de violencia política contra las mujeres, mismo que esta semana fue aprobada por la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos.

Paridad sustantiva. En este tema, el Partido Verde fue el primero en incorporar a sus documentos básicos el principio de paridad de sustantiva para las candidaturas, especialmente para el cargo de Gubernaturas, atendiendo legislación, acciones afirmativas y estatutos.

En el Partido Verde reconocemos que tenemos una deuda histórica con las mujeres, todos debemos de entender que la paridad ya nadie puede pararla.

Por esto y por todo lo anterior, nos sumamos a que en este Proceso Electoral se tenga que postular cinco mujeres y cuatro hombres a las candidaturas a Gubernaturas y Jefe de Gobierno.

Es cuanto, Presidenta.

Consejera Presidenta del INE,  tiene el uso de la voz la Consejera Norma Irene De la Cruz.

Consejera del INE, Norma Irene De la Cruz Magaña: Buenas tardes.

Gracias, Consejera Presidenta.

En decisiones de Estado, no hay mejor razón para establecer medidas que lo mandatado por la propia Constitución Política de un país, y en nuestro país considerando el pacto nacional como punto de partida en el ejercicio de poder público de las mujeres, han estado prácticamente invisibilidades desde 1917.

En 106 años de federalismo, sólo hemos tenido 16 gobernadoras electas y dos interinas, a pesar de que las mujeres hemos construido codo a codo nuestras leyes, nuestras instituciones, nuestra sociedad y nuestro país.

En sólo cuanto entidades: Tlaxcala, Colima, Yucatán y Ciudad de México, han gobernado mujeres y en dos de ellas en más de una ocasión.

En la actualidad las mujeres representamos el 51.86 por ciento del total del Padrón Electoral y hay tres millones 951 mil 201 mujeres militando e integrando los partidos políticos; en el PAN representan el 53.49 por ciento, el en el PRI 64.16 por ciento, en el PRD 66.2 por ciento, Partido Verde 63.6 por ciento, el PT 62.3 por ciento, Movimiento Ciudadano 58.7 por ciento y en Morena el 57.8 de sus militantes son mujeres. Y esto nos da cuenta de que en los partidos sí hay suficientes mujeres que pueden aspirar a gobernar una entidad federativa.

Si cada uno de los partidos nacionales postulara a cinco mujeres para los nueve cargos de gubernaturas en disputa, estas cifras se podrían reducir si deciden ir en coalición.

Si cada partido, si de esos siete, nominaran cinco candidaturas, eso serían 35 mujeres, eso no llega ni al 0.01 por ciento de las mujeres afiliadas que forman sus partidos.

El mandato constitucional de paridad en todo es claro y contundente, no necesita interpretación, pero requiere de materialización ante la inactividad soberana por parte de algunas legislaturas en los estados.

Este acuerdo de criterios para la paridad en la postulación de candidaturas a gobiernos estatales y Jefatura de Gobierno en la Ciudad de México representa un mensaje en varios sentidos.

Primero, en el marco de los 70 años de la ciudadanía plena de las mujeres, estrictez se ve opacada por la deuda histórica, ya que gobernar en las entidades federativas es una de las barreras que aún prevalece para nosotras.

Por ello, el INE refrenda su compromiso de impulsar medidas que garanticen a las mexicanas su derecho a contender y acceder a la titularidad del Poder Ejecutivo a nivel estatal.

Segundo, porque a pesar de las reformas constitucionales en materia de paridad que se emitieron hace más de nueve años, aun encontramos resistencias políticas y jurídicas argumentativas.

El debate se ha centrado en un tema de competencias y facultades reglamentarias, y no en el principio de división de poderes para emitir resoluciones e inhiban la prolongación de omisiones legislativas que incumplen con los mandatos constitucionales.

Desde entonces, este Consejo ha emitido acuerdos para garantizar su cumplimiento y las sentencias de la Sala Superior han vinculado tanto al Congreso de la Unión, a los congresos locales y también, para emitir la regulación necesaria y aplicar la paridad.

La postulación paritaria de candidaturas se ha implementado desde hace ya tres elecciones y este Consejo hemos emitido acuerdos para garantizar su cumplimiento.

La experiencia ha mostrado que la paridad no es una bandera a modo, sino un principio y un recurso efectivo y expedito para garantizar la democracia incluyente e igualitaria.

Si bien, solo tres de las entidades federativas a disputarse cuentan con una regulación al respecto, la existencia de omisión legislativa para la garantía y observancia de la paridad no exime a los partidos de tener reglas claras sobre la aplicación de la competitividad de la postulación de mujeres a estos cargos bajo un principio que previamente ya ha regido estos procesos, prácticamente todos los partidos políticos han modificado sus documentos básicos en la materia y en congruencia alistarán sus postulaciones para las precampañas y campañas de este proceso

La inacción a nivel local tampoco exime al INE y a las autoridades electorales, a garantizar desde sus respectivas responsabilidades y competencias, la efectiva aplicación de la paridad.

Al avalar este acuerdo, el INE no contraviene con competencias ni la división de poderes, ni el federalismo o la auto organización de los partidos políticos, por el contrario, maximizan los derechos políticos electorales de las mexicanas.

En tanto se resuelve qué procede ante un incumplimiento en un ámbito soberano, acudimos a lo que sí nos brinda certeza y a lo que sí tenemos como base sólida para nuestro actuar.

La Constitución mandata y regula este principio de paridad, las sentencias nos dieron la facultad de supervisión para garantizar la paridad horizontal y sustantivas en las nueve gubernaturas, incluyendo la Jefatura de la Ciudad de México.

Lo que se traduce en la postulación de al menos cinco mujeres de gubernaturas, pueden postular más, eh.

Este acuerdo no fue tallado en piedra, ha sido, es y será motivo de intensos cuestionamientos y debates, y seguramente impugnaciones, pero también recordemos que este acuerdo es resultado de mesas de trabajo, de diálogo, de intercambio de ideas con todas las representaciones partidistas, todas ellas con el acompañamiento de nuestra Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y la Unidad Técnica de Igualdad de Género.

Desde el INE y en coordinación con los OPLES, verificaremos que los informes y los registros de candidaturas cumplan con la ley, con sus propios documentos básicos y con los criterios y fechas establecidas en este acuerdo.

Los partidos locales también deberán observar la alternancia respecto al género postulado en la última elección para la gubernatura cuando el cargo haya sido ocupado por un hombre.

Hacemos un respetuoso llamado al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a sumar criterios de interpretación con razón de Estado, con argumentos que se adecúen a los fines principios de separación de poderes en donde los pesos y contrapesos hagan que las omisiones legislativas no sean un elemento para evitar la participación de las mujeres en la vida política del país.

La sentencia que se llegue a emitir sobre estos acuerdos debe dar pasos hacia adelante, tomando en cuenta que existen 18 entidades en las que únicamente hombres han gobernado.

A los siete partidos con registro nacional y a los partidos locales involucrados, les pido implementar, sin distinción, medidas efectivas que aseguren el acceso a las mujeres, que reconozcan la incidencia de las mujeres, pues sin ella, al menos cinco fuerzas políticas nacionales no tendrían el número mínimo de militantes para conservar su registro.

Tampoco olviden que sus estructuras, liderazgos territoriales para la promoción del voto les están compuesta mayoritariamente por mujeres.

A los poderes legislativos locales y federales les culmina regular las acciones que se deben adaptar en materia de paridad de género para estos cargos de elección popular.

A las aspirantes a candidaturas dan puntual seguimiento a las resoluciones finales con respecto a este acuerdo y a su cumplimiento por parte de sus partidos políticos.

A las más de 39 millones de personas que podrán votar en las elecciones, en las nueve entidades federativas, vamos a demostrar que las mujeres y los hombres tienen derechos igualitarios y equitativos para ejercer sus derechos políticos y electorales.

Por una democracia paritaria, incluyente y libre de violencia.

Muchas gracias.

Consejera Presidenta del INE, tiene  el uso de la voz el representante del Partido Acción Nacional, Víctor Hugo Sondón.

Representante del PAN, Víctor Hugo Sondón Saavedra: Muchas gracias, Presidenta.

Buenos días, buenas tardes ya, consejeras, consejeros electorales, consejeras y consejeros del poder legislativo, compañeras y compañeros representantes de las distintas fuerzas políticas y a todos los que nos siguen a distancia esta sesión.

Quiero comenzar señalando que Acción Nacional está a favor de la participación paritaria y la igualdad entre mujeres y hombres, pues estamos convencidos que en democracia no deben hacerse distinciones, mucho menos por condiciones de género, tal como lo señalan los principios de doctrina de nuestro partido.

La dignidad de la persona constituye el elemento principal de la existencia del ser humano, de tal manera que cada humano debe ser reconocido y respetado por sí mismo, independientemente de su condición.

En Acción Nacional, a lo largo de nuestra historia, hemos luchado por generar condiciones de igualdad desde la abolición del veto, y restricción del voto a las mujeres, hasta el perfeccionamiento y acompañamiento de la reforma a la Constitución Federal respecto a la aplicación del llamado principio de paridad en todo.

Por lo que seguiremos empujando para que las mujeres y hombres en todos los poderes públicos y niveles de gobierno puedan acceder de forma igualitaria a los mismos espacios, de manera que no solo se cumpla lo plasmado en el artículo 35, Fracción II de la Constitución Federal, que establece como derecho de la ciudadanía poder ser votada en condiciones de paridad para todos los cargos de elección popular, sino que la paridad sea también encargo de designación en la administración pública.

El acuerdo que se somete a consideración de este Consejo General busca regular el cumplimiento al principio de paridad en la postulación de las gubernaturas, en las entidades de Chiapas, Ciudad de México, Guanajuato, Jalisco, Morelos, Puebla, Tabasco, Veracruz y Yucatán, con motivo del próximo Proceso Electoral Local 2024, concurrente con la elección federal.

Acuerdo que nos parece se aparta del principio de certeza jurídica, ya que no solo propone establecer los criterios para verificar el cumplimiento de este principio de paridad, sino que además se extralimita y establece condiciones y obligaciones de manera desproporcionada y coercitiva.

Por ello debemos de traer nuevamente a esta herradura de la democracia las mismas consideraciones que ya se han discutido de manera amplia, y como se hizo al aprobar el acuerdo INE/CG569/2020, el cual se refería igualmente a la emisión de criterios generales que garantizaría el principio de paridad de género en la postulación de candidaturas a gubernaturas en los procesos electorales 2021-2021.

Acuerdo que fue impugnado por este Instituto Político y otros más, en esa ocasión señalamos esencialmente que el Instituto Nacional Electoral carecía de competencia para emitir criterios en materia de paridad, pues consideramos que se invadía la facultad del Poder Legislativo y de los congresos locales.

Es así, como al resolver este medio de impugnación dentro del expediente SUP-RAP- 116/2020 y acumulados, la Sala Superior del Máximo Tribunal en la materia electoral nos concedió la razón y determinó revocar el acuerdo, dada la falta de competencia de este órgano electoral, para regular el principio de paridad, respecto de los procesos para la elección de gubernaturas; hago la referencia de un párrafo de la argumentación expresada por el órgano jurisdiccional, a saber del numeral 93, página 32, cito, “en ese sentido, el concepto de este órgano jurisdiccional, la determinación asumida por el Instituto Nacional Electoral, invade la competencia para establecer las disposiciones jurídicas sustantivas que deben de regir en materia de paridad, en la renovación de las gubernaturas, toda vez que ello, corresponde a las autoridades estatales como se sostuvo en el recurso de apelación 103 del 2016”

Por otro lado, también derivado de la resolución recaída en el expediente SUP-JDC-91/2022 y acumulados. Motivados por la omisión legislativa de paridad en las gubernaturas, sentencia en la que se estableció la obligación de los partidos políticos para realizar las adecuaciones normativas a sus documentos básicos, estableciéndose criterios para el cumplimiento de la paridad de género de las gubernaturas.

Hecho que hemos cumplido de tal manera que en Acción Nacional se han realizado los ajustes normativos en los que se establecieron los mecanismos y condiciones para que la selección de las candidaturas se cumpla bajo el principio de paridad.

Por ello, consideramos que este Instituto Nacional Electoral al no tener la facultad de establecer condiciones para regular el cumplimiento de la paridad de la postulación de candidaturas a titulares de los poderes ejecutivos locales, así como al existir las condiciones normativas internas a la luz de la libertad de auto organización y autodeterminación que tienen los partidos políticos, deben reconsiderar los alcances de dicho acuerdo en el debate.

Hago énfasis en señalar que dentro de los asuntos internos de los partidos políticos están los procedimientos y mecanismos para la selección de sus precandidatos y candidatas a cargos de elección popular, así como los procedimientos deliberativos para la definición de sus estrategias políticas y electorales en general, para la toma de decisiones por sus órganos de dirección.

Por ello pedimos que no limitenlascondicionesdeautodeterminación de los partidos políticos.

Respecto a la insistente justificación que se plantea en el acuerdo, sobre la existencia de un vació normativo con respecto a la obligación de los congresos locales de legislar sobre el principio de paridad, advertimos que este acuerdo no hace la valoración y consideración adecuada de que en tres de las entidades federativas ya realizaron las adecuaciones legislativas, siendo los casos de Puebla, Jalisco

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