martes , 23 abril 2024
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UN CRIMEN 3 MOTIVOS

Tres semanas antes del asesinato de Emma Gabriela Molina Canto, el horizonte que vislumbraba Martín Alberto Medina Sonda, a pesar de estar en prisión, parecía prometedor. Tabasco de nuevo se podría convertir en el edén del que disfrutó durante la gestión gubernamental de Andrés Granier Melo.

A escasos meses del inicio de la administración del químico emanado del PRI, la fortuna le comenzó a sonreír al contador yucateco gracias a su cercana amistad con José Manuel Sáiz Pineda, entonces secretario de Administración y Finanzas del gobierno tabasqueño.

Pero un repentino giro de las gestiones que los abogados de Medina Sonda realizaban con discreción y secrecía en los más altos niveles de la justicia acabaron de tajo con sus aspiraciones: lograr que se le retiraran los cargos por sustracción de menores, lavado de dinero y se le exonerara de cualquier otro delito, asentados en el proceso penal 236/2012.

Por esos motivos está preso en el Centro de Reinserción Social del Estado de Tabasco (Creset) desde del 17 de octubre de 2014.

La decisión de un Tribunal Colegiado Federal fue un duro revés para Medina Sonda, quien ya se veía fuera de la cárcel y dispuesto a pelear la custodia compartida de Mariana, Martín e Isabella, los hijos que tuvo con Emma Gabriela.

Expertos abogados y analistas en derechos humanos que han seguido de cerca el caso avalan tres de las hipótesis que posiblemente motivaron el crimen contra la ex esposa del considerado brazo derecho de Sáiz Pineda.

Con su liberación, el profesional yucateco tendría amplias expectativas de luchar por poseer de nuevo la patria potestad de sus tres hijos o, en el peor de los casos, tenerla compartida.

Pero Medina Sonda no contaba con el fallo adverso en el que, según fuentes cercanas al juicio, se pidió la intervención de los representantes de los más elevados niveles de los gobiernos federal y tabasqueño para evitar una nueva injusticia.

Sin duda eso repercutió en el ánimo del contador y le habría dado un motivo más para liberarse, en definitiva, de su ex esposa.

Otra arista de la trama en la que Medina Sonda ya fue acusado oficialmente por la Fiscalía General de Yucatán como presunto autor intelectual del homicidio de su ex esposa, cometido el lunes 27 de marzo pasado a manos de dos jóvenes sicarios tabasqueños (Jonathan Mézquita Ávalos y Óscar Miguel López Tovilla), es el incumplimiento del pago de pensión alimenticia de sus tres hijos.

El jueves 18 de junio de 2015, el Juzgado Primero Familiar del Primer Departamento Judicial de Yucatán entregó la cédula de notificación 294451 a Emma Gabriela, en la que le daba a conocer la resolución de la sentencia definitiva al juicio ordinario civil de divorcio y la custodia de sus hijos.
Además, el juez ordenó a Medina Sonda el pago mensual de 52,362 pesos a la señora Molina Canto y sus tres hijos por concepto de pensión alimenticia.

De nuevo, la estrategia legal de Medina Sonda entró en operaciones. Para eludir el cumplimiento de las obligaciones alimentarias que la ley determinó, Martín Alberto se declaró en estado de insolvencia. ¿El argumento? Por estar en prisión y no tener empleo se vio afectado o disminuido en su capacidad económica, lo que le impedía cumplir su responsabilidad paternal.

Así, durante casi tres años, a pesar de la fortuna que se dice amasó durante su papel como hombre de confianza del ex secretario de Administración y Finanzas tabasqueño, el contador yucateco sorteó sufragar los gastos mensuales para la alimentación, vestido y estudios de sus tres hijos.

La vida modesta que llevaba Emma Gabriela y sus hijos, vivir en una casa rentada en el fraccionamiento San Luis, en una zona al oriente de la ciudad, y trabajar en el Ayuntamiento de Mérida para mantener a su familia explica la razón del incumplimiento dictado por el juez de la pensión alimenticia.

Se sabe que Medina Sonda destinaba únicamente $500 por cada uno de sus tres hijos, y lo hacía de manera esporádica, no regular.

Y para muestra un botón. Según recibos de la Unidad de Administración Fondo para la Administración de Justicia del Estado de Yucatán, del juzgado primero de lo familiar, del 31 de octubre al 1 de julio de 2016, Martín Alberto sólo depositó para su familia 3,000 pesos.

A pesar de lo irrisorio de las cantidades que pagaba como pensión alimentaria para sus hijos, con el argumento de su quiebra personal, las indagaciones de la policía yucateca determinaron que dispuso de $70,000 para cubrir los honorarios de los dos matones y de César Rogelio Reyes Barrueta, uno de los dos mediadores que se mencionan en la investigación e intervinieron para que se cometiera el asesinato de Emma Gabriela.

Leyes

El Código Penal del Estado de Yucatán establece en el artículo 285 el delito de falsedad en declaraciones judiciales e informes dados a una autoridad, que estipula: “Se impondrá de dos a ocho años de prisión y de cien a trescientos días-multa, a quien en declaración, informe, traducción o interpretación que haga ante la autoridad competente afirme una falsedad, niegue u oculte la verdad o alguna circunstancia que pruebe cualquier hecho. Lo previsto en este artículo no es aplicable a quien tenga el carácter de imputado”.

En materia federal, el Código indica en el artículo 336 Bis, que a la persona que dolosamente se coloque en estado de insolvencia con el objeto de eludir el cumplimiento de las obligaciones alimentarias que la ley determina, se le impondrá pena de prisión de seis meses a tres años. También, en el artículo 338, cita que para que el perdón concedido por el cónyuge ofendido pueda producir la libertad del acusado, deberá éste pagar todas las cantidades que dejó de ministrar por concepto de alimentos y dar fianza a otra caución de que en lo sucesivo pagará la cantidad que le corresponda.

¿Por qué se menciona la posibilidad del perdón de los pagos atrasados o incompletos de la pensión alimentaria que Medina Sonda debía a su esposa e hijos? Medios tabasqueños dieron a conocer, durante el largo caso del yucateco, que en un momento determinado buscó la reconciliación con Emma Gabriela, interpretación no confirmada, pero como dijo un experto jurista “es verosímil”, ya que con esa maniobra salvaba los adeudos y/o pagos de la pensión alimentaria y al mismo tiempo compartiría la custodia de los hijos, y en caso de faltar uno de los padres, la patria potestad recaería en el viviente.

Y aún más, siempre en voz del experto en Derecho, al fallecer la madre y el padre estar privado de su libertad, la custodia le correspondería en sentido estricto a los abuelos paternos o maternos. Por las restricciones impuestas por un juez contra los padres de Medina Sonda, por ser considerados cómplices en la sustracción de los menores, como ya se informó, los tres hijos de Emma Gabriela quedaron bajo la protección de su abuela materna, la señora Ligia Canto Lugo.

La tercera conjetura que originaría el ataque trágico a Emma Gabriela se refuerza con la sentencia, después de un litigio de tres años y siete meses, que un juez le impuso a Martín Alberto el martes 11 pasado de 12 años y seis meses de cárcel por el delito de “operaciones con recursos de procedencia ilícita”, relacionado con los ocho millones de pesos asegurados en noviembre de 2007, en una avioneta que aterrizó en el Aeropuerto Internacional de Mérida.

La versión es que Emma Gabriela se habría enterado “de algo importante” que podría arruinar el proceso de su ex esposo, y por ello Medina Sonda decidió “darle un susto”, un sobresalto con las fatales consecuencias que ya se conocen.

Las presunciones son sólo eso, supuestos, lo único concreto y cierto es que hoy Martín Alberto Medina Sonda enfrenta un doble proceso judicial, uno con condena de 12 años y seis meses de prisión por lavado de dinero que le dictó el juez primero penal de Tabasco, y ahora enfrentaría la acusación de la autoría intelectual por el feminicidio cometido contra su ex esposa, Emma Gabriela Molina Canto, con una pena que podría alcanzar más de 40 años de cárcel.

Las hipótesis, los hechos y los dichos de los copartícipes, cómplices del crimen, lo incriminan.— Megamedia

(Diario de Yucatán)

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