miércoles , 24 abril 2024
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Violencia de varias categorías

Rubén Osorio Paredes (*)

Fuente: Diario de Yucatán

De acuerdo con el Inegi, en nuestro país una de cada cuatro mujeres que recibió atención médica por lesiones lo hizo como resultado de la violencia familiar.

De hecho, el 43% por ciento de las mujeres sufre algún tipo de violencia por parte de su pareja o esposo.

En México hay un preocupante crecimiento en el porcentaje de mujeres que acude a recibir atención médica o legal debido a la violencia que sufre dentro del seno de su familia.

La violencia contra las mujeres es de muchas formas: física, sexual, psicológica y económica. Éstas se interrelacionan y afectan a las mujeres desde el nacimiento hasta la edad mayor. De hecho todavía hay mujeres que sufren de violencia dentro de su núcleo familiar o conyugal sin saberlo.

De acuerdo con la Ley de Acceso a una Vida sin Violencia para la Mujer, la violencia no solo puede ser física para configurar un delito, sino que existen diferentes tipos de violencia.

Por ello es importante saber identificarla cuando se presente y tomar las medidas pertinentes, como acudir ante un juez o agente de la fiscalía en turno a denunciar los hechos a fin de que de inmediato con el auxilio de la policía se ordene el desalojo del agresor.

La violencia contra la mujer puede presentarse de diferentes maneras.

Económica: Toda acción u omisión del agresor que se manifiesta controlando el ingreso de las percepciones económicas de la víctima o en la negación injustificada para obtener recursos económicos.

Física: Cualquier acción u omisión intencional que cause daño físico a la víctima.

Patrimonial: Cualquier acción u omisión que se manifiesta a través de la transformación, sustracción, destrucción o retención de objetos, documentos personales, bienes, valores, derechos patrimoniales o recursos económicos de la mujer, independientemente de si se trata de bienes comunes o propios de la víctima.

Psicológica: Cualquier acción u omisión que dañe la estabilidad psicológica de la mujer, que puede consistir en discriminación, negligencia, abandono, descuido reiterado, celos patológicos, insultos, humillación, intimidación, devaluación, marginación, indiferencia, infidelidad, comparaciones destructivas, rechazo, descalificación del trabajo realizado o de la forma de vestir, restricción a la autodeterminación y amenazas.

Sexual: Cualquier acción que pone en riesgo o lesiona la libertad, seguridad, integridad y desarrollo psicosexual de la mujer, incluyendo la violación, el acoso, el hostigamiento sexual, las miradas o palabras lascivas y la explotación sexual de la mujer y de su imagen. Es necesario aclarar en este punto que sí existe la violación entre cónyuges, por lo tanto si tú, mujer, eres obligada a sostener relaciones sexuales con tu esposo debes denunciar.

Mujer, éste es un mensaje para ti: Te mereces a alguien estable, con quién puedas vivir sin preguntarte si te vas a seguir queriendo o no. Te mereces una vida de armonía, amor y respeto. Ahora ya sabes los tipos de violencia que existen y ya puedes identificar si sufres alguna de las acabadas de mencionar.

Estimado lector: si tú conoces a alguien que esté pasando por algún tipo de violencia como las acabadas de explicar ¡Rompe el silencio! no te quedes de brazos cruzados. ¡Actúa!— Mérida, Yucatán Para más información sobre éste y otros temas búscame y agrégame en todas mis redes sociales. ¡Nos leemos el próximo viernes!

juridicofacil@hotmail.com

Ruben Osorio & Asociados

Instagram: ruben.osorio.82

Abogado, titular del Despacho jurídico Rubén Osorio & Asociados y catedrático

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