De acuerdo al Delegado de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SINTRa) en la Zona Norte de Quintana Roo, Nicolás Castillo Ceballos, los chóferes de Uber se enfrentarían a multas de más de 50 mil pesos por operar en la Entidad sin estar contemplado su servicio en el Reglamente del Estado.
Y es que acorde al funcionario, en la Ley de Transporte se señala que ningún vehículo con placas particulares podrá operar en el municipio brindando servicio público aunque sea por concesión por lo que de encontrarles operando sus vehículos sería asegurados y enviados al corralón.
Castillo Ceballos, indicó que el reglamento en la materia permite al SINTRA imponer multas de 800 salarios mínimos que equivalen a 58 mil 432 pesos.
Esto basándose en que Uber es un servicio brindado a través de una aplicación móvil por trabajadores (conductores) independientes, y acorde a la Ley de Tránsito, Transporte y Explotación de Vías y Carreteras del estado en su artículo 31 Bis: “No será servicio público de transporte de pasajeros, el que se pretenda brindar por particulares sin la autorización del Titular del Poder Ejecutivo o de lo contrario será sancionado en términos de la ley, sus reglamentos y demás disposiciones aplicables”.
Castillo Ceballos indicó que para poder operar Uber se tienen que hacer cambios a la respectiva Ley, lo que a días del cambio de Gobierno no ocurriría, siendo la única opción esperar a que la nueva administración Estatal decida modificar el artículo correspondiente que permita a Uber trabajar en la Entidad sin ninguna restricción.