sábado , 20 abril 2024
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Amparo a psiquiatra

Tres magistrados federales decidieron por unanimidad conceder el amparo sin restricciones al doctor Enrique Lara González, uno de los dos procesados por la muerte del psiquiatra Felipe de Jesús Triay Peniche, ocurrido a mediados de 2014 en esta ciudad.

Por ser un amparo directo, sus efectos son “automáticos, el médico no puede ser detenido por esos hechos”, señalaron los defensores Luisa Patricia Castro González, Juan Góngora Puerto y Juan Góngora Puerto hijo, al término de la audiencia realizada ayer a las 11 horas en el Palacio de Justicia Federal, en la col. Petronila.

La sentencia federal, en ese sentido, se dio a unos días de que estuvo en Mérida el ministro Luis María Aguilar Morales, presidente de la Suprema Corte, invitado por el Tribunal Superior de Justicia del Estado, autoridad contra la que se pidió el amparo porque revocó la libertad de Lara González.

El presidente de la Suprema Corte dio el viernes 12 una conferencia sobre “La Constitución de Yucatán de 1918”.

El amparo fue otorgado por los magistrados Jorge Enrique Edén-Wínter García, Luisa García Romero y Pablo Hernández Moreno, quienes se reunieron en una sala del inmueble de la col. Petronila para resolver diversos casos, incluyendo el del doctor Lara Gutiérrez.

La audiencia es pública, los argumentos que expusieron los magistrados fueron escuchados por quienes asistieron: los defensores, un litigante que en apariencia acudió por otro asunto y los representantes de Megamedia y de otros dos medios de comunicación.

Tocó estudiar el caso al magistrado Edén-Wínter García, quien desde diciembre entregó a sus colegas copia del proyecto de sentencia, por lo que ayer sólo se expusieron de manera somera los principales argumentos para conceder el amparo.

Luego se votó y determinó el caso por unanimidad, haciendo hincapié en que es un amparo “liso y llano”, o sea, sin restricciones u oportunidad para que el Tribunal Superior de Justicia del Estado reconsidere algunos puntos o corrija fallas.

Hay amparos en que se otorga a la autoridad, contra quien se pide el juicio de garantías, que con “amplitud de criterio” emita nueva resolución evitando tomar en cuenta determinadas pruebas.

Se esperaba que ayer mismo, al integrarse los criterios expuestos, se informe al TSJ el sentido de la sentencia federal y, por lo tanto, se cancele la orden que se expidió para detener a Lara González.

El amparo concedido se basó en la inexistencia de pruebas contra el psiquiatra acusado de coparticipar en ese homicidio. Otro acusado es Pablo García Gutiérrez, aún en prisión.

“Además, la defensa demostró que el médico acusado viajó a Cozumel en la fecha en que ocurrió el crimen…”, fue una de las expresiones del magistrado Edén-Wínter García.

Los magistrados coincidieron en que “indebidamente” se tomaron como buenas pruebas que presentó la Fiscalía a pesar de sus inconsistencias. Hubo una “insuficiencia probatoria”, pero a pesar de ser “falsos e insuficientes” se tomó como válidos varios puntos.— R. F. G.

La magistrada Luisa García abundó, por ejemplo, en que la versión de un testigo no fue concluyente a pesar de que dijo haber visto al médico Lara González apoderarse de la camioneta del occiso que estaba en el estacionamiento del CEMA la noche del 15 de marzo de 2014 cuando ocurrieron los hechos.

“No hubo un acercamiento directo (del testigo) para que pueda decir de quién se trata, la persona que afirma haber visto. Además, un perito en fisonomía (aportado por la PGR) afirmó que la nitidez del vídeo no permite identificar a la persona. Además, las grabaciones de vídeo están adelantadas 30 minutos”, señaló la funcionaria.

El magistrado Hernández Romero coincidió en que el amparo debe ser “liso y llano”, expuso varios puntos legales y dijo estar de acuerdo con el proyecto, por lo que enseguida se votó a favor.

Fuente: Diario de Yucatán

 

 

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