sábado , 4 mayo 2024
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Sentencian a 20 años de cárcel a mujer maltratada por dar muerte al agresor

Debido a que no pudo comprobar que sufría de violencia por parte de su esposo y que le provocó un trastorno que le hacía desconocer las consecuencias de sus actos, una mujer fue sentenciada a 20 años de prisión.

De acuerdo a los hechos, en marzo de 2013, Celia G. R. y su esposo José L.Z., ingería bebidas embriagantes en la colonia “Cerritos” de Kanasín, pero debido al alcohol, el hombre comenzó a golpear a la mujer, quien en su defensa, tomó un cuchillo y lo mató.

José pudo salir a la calle herido, donde ella le dio varias cuchilladas, una de las cuales le atravesó el corazón.
Celia fue aprehendida el 30 de septiembre de 2013; además de la sentencia de 20 años de prisión fue condenada a un pago de un millón 231 mil 282 pesos con 80 centavos por reparación de daño, con advertencia que no podrá obtener otros beneficios preliberatorios o de semilibertad.

La defensa de Celia, después de un tiempo, interpuso un recurso de apelación por la sentencia de 20 años de cárcel impuesta por el Tribunal Primero de Juicio Oral, pero al no poder acreditar que padece el “Síndrome de la Mujer Maltratada”, éste no tuvo efecto al ser condenada en segunda instancia.

La defensa interpuso un recurso de reposición de juicio oral luego de tres años del hecho, y el Tribunal, dictó fallo de condena por unanimidad de votos en contra de la acusada por homicidio calificado; a pesar que la defensa trató de aportar pruebas para acreditar que la acusada, en el momento de cometer el hecho ilícito, actuó bajo alguna causa de exclusión del delito, específicamente, bajo algún trastorno que le hiciera desconocer entre lo bueno y lo malo de sus actos, en estado de inconsciencia, o bien, bajo el “Síndrome de la Mujer Maltratada”.

Se ofreció el testimonio de la hija menor de la acusada y de una perito en psicología, a fin de exponer los dictámenes que practicó en dicha menor y la acusada, pero la menor manifestó su deseo de no rendir testimonio, por lo que dicha prueba no se llevó a cabo.

En el contrainterrogatorio realizado a la psicóloga, se dejó en duda las determinaciones de ésta, por lo que no logró demostrar las pretensiones de la defensa en el sentido de actualizar alguna excluyente del delito.

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