domingo , 12 mayo 2024
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Opción de pareja

Rubén Osorio Paredes (*)

Publicado en Diario de Yucatán

De acuerdo con la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica en menos de 10 años se duplicó el número de personas que viven en unión libre en México (de 8.3 % a 16.4%), y según datos del INEGI, de la gente que decide vivir en pareja, 81.7% se casa y 18.3% vive en unión libre.

Hoy en día cada vez es más común que los jóvenes opten por vivir en lo que se conoce coloquialmente como “unión libre” haciendo vida en común bajo el mismo techo. Ese es el caso de Erika y Carlos que viven desde hace 2 años juntos y han decidido tener un hijo juntos.

Sin embargo, a Erika le surgen algunas dudas respectos de cuáles son sus derechos y obligaciones ya que ellos no planean casarse. Cuestiones como ¿qué derechos tendría Erika si un día deciden separarse?, ¿ qué derechos tendrían los hijos de esta relación? y ¿qué obligaciones tienen ambos progenitores? son interrogantes que Erika y Carlos deben ser capaces de responderse antes de tomar la importante decisión de tener un hijo.

En términos generales la relación que tienen Erika y Carlos es la de un concubinato, que consiste en la unión de un hombre y una mujer quienes, libres de matrimonio, hacen vida en común de manera notoria, permanente, y hayan procreado hijos o vivan públicamente como marido y mujer durante dos años continuos o más. O en dicho en otras palabras la cohabitación más o menos prolongada entre un hombre y una mujer solteros.

En el concubinato la pareja genera derechos y obligaciones como pedir pensión alimenticia o adquirir derechos hereditarios por lo que en materia jurídica, para exigir un derecho derivado del concubinato es necesario acreditar ante el juez de lo familiar dicha condición a través de unas diligencias de jurisdicción voluntaria. Una vez acreditado el concubinato entonces surgen los derechos y obligaciones que nacen de esta figura los cuales son siempre iguales para la pareja e independientes de su aportación económica al sostenimiento del hogar. Lo anterior también significa que los hijos nacidos dentro de un concubinato tienen los mismo derechos respectos de aquellos nacidos dentro de un matrimonio.

Ahora bien, la concubina o el concubinario que exclusivamente desempeñe el trabajo en el hogar o se dedique al cuidado de los hijos o hijas tienen derecho a que esas labores sean consideradas como contribución económica al sostenimiento del hogar. — Mérida, Yucatán

De los derechos de los concubinos escribiremos la próxima semana. ¡Nos leemos pronto!

juridicofacil@hotmail.com

Rubén Osorio & Asociados

Instagram:Ruben Osorio

Abogado. Titular del Despacho Rubén Osorio & Asociados. Catedrático y conferenciante

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