miércoles , 1 mayo 2024
Ultimas Noticias

Medidas eventuales

Rubén Osorio Paredes (*)

Publicado en Diario de Yucatán

Karla ha promovido su divorcio incausado para que entre otras cosas se fije una pensión alimenticia a favor de sus hijos. Sin embargo, se siente preocupada ya que no sabe es de qué van a vivir sus hijos menores mientras dure éste procedimiento, ya que su esposo los abandonó y ella no tiene un trabajo aún pues siempre se dedicó a las labores del hogar. Ella se pregunta: ¿Tienen derecho a pensión alimenticia mis hijos mientras se lleva a cabo todo el procedimiento? ¿Quién tendrá la custodia de los menores mientras se tramita el divorcio incausado? ¿Cuáles serán los días y horas de visita de los menores con su papá, mientras tanto?

Estas dudas son comunes y la mayoría de las personas piensa que por el hecho de promover un divorcio incausado durante los meses que dure dicho procedimiento nadie obligará al padre a proporcionar una pensión para sus hijos o de acceder al derecho a convivir con sus hijos.

Pues bien, el juez, al recibir una solicitud de divorcio, tiene la facultad de decretar las medidas provisionales necesarias a fin de proteger a la familia y el interés superior de las niñas, niños y adolescentes y que pueden consistir en:

Pensión alimenticia provisional.

Custodia.

Régimen de visita para el progenitor que no viva con el menor.

Por lo tanto, el juez tiene la facultad de dictar medidas provisionales desde que se presenta la solicitud de divorcio o en su caso una vez contestada la demanda de divorcio. Y las medidas que tome duran hasta que se disuelva el vínculo matrimonial en la audiencia preliminar y hasta que se dicte sentencia definitiva en donde se resolverá de manera definitiva sobre pensión, custodia, régimen de visita, etcétera.

Por lo tanto, en los casos de divorcio cuando existan hijos o hijas menores el juez debe proteger y hacer que se respete el derecho de los hijos o hijas a convivir con sus progenitores, donde para garantizar el pago de la pensión alimenticia provisional la autoridad puede ordenar el embargo del sueldo del padre a fin de garantizar el cobro de dicha prestación e incluso determinar la custodia provisional en favor de alguno de los progenitores que considere pertinente mientras se desarrolla el proceso de divorcio, el cual puede llevar meses. Reitero, se tratan de medidas transitorias que llegado el momento de dictar sentencia pueden variar.— Mérida, Yucatán.

juridicofacil@hotmail.com

Rubén Osorio & Asociados

Instagram:Ruben Osorio

Abogado. Titular del Despacho Ruben Osorio & Asociados. Catedrático y conferencista

Deja un comentario

Ver también

Tras la puerta del poder | México hoy, bajo la conducción de la hormona y la neurona femenina

Por: SemMéxico Roberto Vizcaíno SemMéxico, Ciudad de México, 29 de abril, 2024.- Yo no recuerdo …

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *