martes , 7 mayo 2024
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El trabajo en el hogar

Rubén Osorio Paredes (*)

Ana es esposa y madre de familia que a pesar de haber estudiado la profesión de contadora nunca la ejerció a lo largo de 30 años de matrimonio, se casó por bienes separados y durante el tiempo que estuvo casada siempre se dedicó al cuidado del hogar y de los hijos quienes ya son mayores de edad, no tiene bienes propios y la casa donde vive hasta hoy es propiedad de su esposo quien le acaba de pedir el divorcio.

¿A dónde irá a vivir Ana cuando se divorcie? Ella sabe que tiene derecho a una pensión alimenticia, pero ¿se le reconocerá todo el tiempo que se dedicó a las labores del hogar y de los hijos para que su esposo trabajara más tiempo y construyera el patrimonio familiar?

Pues bien, el cónyuge que exclusivamente desempeñe el trabajo en el hogar o se dedique al cuidado de los hijos tiene derecho a que esas labores sean consideradas una verdadera contribución económica al sostenimiento de la familia.

De hecho, no obstante el régimen de separación de bienes pactado por los cónyuges, cuando uno de ellos no adquiera bienes por dedicarse exclusivamente al cuidado del hogar o de sus hijos o hijas, tendrá derecho a exigir que el otro divida por la mitad los beneficios netos obtenidos durante el período en que se produjo la imposibilidad para trabajar, siempre que el cónyuge reclamante no posea bienes suficientes para cubrir sus necesidades.

En síntesis

No importa si estás casada bajo el régimen de separación de bienes, si durante el transcurso del matrimonio sacrificaste tu desarrollo laboral en aras de atender en exclusiva el hogar familiar para que tu cónyuge pase más horas en la oficina trabajando y desarrollándose profesionalmente a fin de proveer más y mejor sustento económico, y por ende formar un patrimonio, tienes derecho a que los bienes adquiridos por aquél durante el matrimonio sean divididos por la mitad o en su caso a una compensación económica, que no puede ser superior al 50% del valor de los bienes que hubiere adquirido.

Estimado lector, piense por un momento lo siguiente: ¿usted cree que un esposo y padre de familia hubiese podido desarrollarse profesionalmente, dedicarle más horas al trabajo y formar un patrimonio sólido y estable sin tener a su lado a una esposa que administre, ordene y cuide del hogar y los hijos, mientras usted trabajaba? Si su respuesta es no, entonces está de acuerdo conmigo con la frase: “A lado de un gran hombre siempre hay una gran mujer”. ¡Hasta la próxima!— Mérida, Yucatán.

juridicofacil@hotmail.com

Rubén Osorio

Abogado. Titular del Despacho Rubén Osorio & Asociados. Catedrático de la Universidad Anáhuac Mayab

El cónyuge que desempeñe el trabajo en el hogar o se dedique al cuidado de los hijos tiene derecho a que esas labores se consideren una verdadera contribución económica

“El divorcio es, en el mejor de los casos, un fracaso, y nos interesa mucho más buscar curar su causa que completar sus defectos”

—Gilbert Keith Chesterton (1874-1936)

Escritor británico

Proverbia.net

Fuente: Diario de Yucatán

 

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