domingo , 19 mayo 2024
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Eficacia de normas penales en la libertad reproductiva

El Auditorio “Benito Juárez García” de la Facultad de Medicina, perteneciente a la Universidad Autónoma de Yucatán (UADY), fue sede de un seminario de información para la aplicación de la NOM 046 para Víctimas de Violación Sexual, con la participación de representantes de asociaciones reconocidas por su trabajo a favor de los derechos de las mujeres, como Population Council, el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), Alianza Nacional por el Derecho a Decidir (ANDAR), y la participación de la Dra. Leticia Bonifaz, Directora General de Estudios, Promoción y Desarrollo de los Derechos Humanos, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Este evento estuvo coordinado por la Dra. Sandra Peniche Quintal, directora de los Servicios Humanitarios en Salud Sexual y Reproductiva, A. C. (SHSSR), quien dijo las palabras de bienvenida tanto a audiencia como participantes y acto seguido, se procedió a la inauguración del evento a cargo del Dr. Guillermo Storey Montalvo, director de la Facultad de Medicina de la UADY.
Durante su intervención, la doctora Leticia Bonifaz habló de la importancia del conocimiento y la aplicación de la NOM 046, en lo referente a la interrupción legal del embarazo en caso de violación y de la libertad de la mujer a decidir interrumpir un embarazo no deseado
Asimismo habló del derecho de las mujeres a decidir el número de hijos y espaciamiento entre los mismos, de acuerdo al Artículo 4º Constitucional modificado en 1974, previo a la celebración en 1976 del “Año Internacional de la Mujer”; en 1984, Miguel de La Madrid complementa las modificaciones de 1974 y 1975, estableciendo reglas claras en derechos sociales y reproductivos.

La especialista mencionó que en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer de Belem do Pará, Brasil, se habla de las obligaciones del estado a identificar los tipos de violencia en el mundo y la ley de presunción como violencia psicológica, económica, patrimonial, sexual como violencia de género.

Mencionó igualmente que en la Constitución del Estado de Yucatán, se establece que los factores económicos son causales de interrupción del embarazo, así como la violación.

En cuanto al tema de la violación, señaló que este delito también se contempla entre cónyuges, con la imposición de cópula, como ejercicio indebido de su derecho.

En su extensa e interesante exposición, la doctora Bonifaz tocó variados e importantes temas, referentes a la interrupción legal del embarazo, y mencionó que este es legal en todo el país, y es obligación del estado informar y prevenir, sin objeciones del Ministerio Público.

En cuanto al embarazo en adolescentes, mencionó el derecho a decidir de las menores de edad que han sufrido violación sexual, sin autorización de los padres o tutores y abundó sobre el derecho de las adolescentes a la educación, para conocer y garantizar el derecho de las mujeres a una vida digna y libre de violencia.

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