viernes , 26 abril 2024
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Se perseguirá de oficio la violencia familiar en Yucatán

Importantes medidas a favor de la mujer y aprobadas en comisión por los diputados de diferentes partidos, destacando que la violencia familiar se perseguirá de oficio, así como que aumentar las penas a culpables de hostigamiento y abuso sexual y reforzamiento y   fortalecimiento de sus derechos,  medidas que forman parte de lo establecido en el dictamen que deberá votarse en el Pleno para modificar el Código Penal y Código de Familia, de acuerdo con la Comisión de Justicia y Seguridad Pública.

Celia Rivas Rodríguez, informó en relación a la violencia familiar,  que este delito será perseguido de oficio cuando la víctima se encuentre en estado de gravidez durante el embarazo o en los tres meses posteriores al parto; cuando la víctima sea menor de edad o mayor de 60 años; cuando la víctima tenga alguna discapacidad; cuando el delito se cometa por dos o más personas o cuando el denunciado tenga antecedentes de violencia familiar contra la víctima.

“En estos casos, la Fiscalía General del Estado integrará automáticamente una carpeta para investigar y perseguir el delito; no obstante, cualquier persona que tenga conocimiento de un delito de esta naturaleza podrá realizar la denuncia correspondiente”, aclaró.

Añadió que para este delito también se aumentará la pena de seis meses hasta cinco años de prisión, cuando antes era hasta cuatro años; así como en el caso de hostigamiento sexual que será de uno a tres años de prisión, cuando antes era de tres días hasta un año de prisión.

“La violencia contra las mujeres no será tolerada por las autoridades”, enfatizó.

Rivas Rodríguez, mencionó también que se tipifica el delito de Acoso Sexual, que se complementa con el de hostigamiento, para proteger a las mujeres que son víctimas de esta forma de violencia en la vía pública, en la calle o en el transporte público, así como se sancionará  a quienes cometen actos de exhibicionismo no consentido o que tomen fotos a las mujeres sin su consentimiento, el cual tendrá una pena de uno a dos años de prisión, que podría aumentar cuando se trata de menores de edad, de año y medio a tres años de cárcel.

Asimismo, se deroga el requisito que exigía  un año de duración de  matrimonio  para solicitar el divorcio y de este modo, “cualquier mujer que sea víctima de violencia podrá separarse legalmente de su pareja, en caso de así requerirlo, sin tener que esperar un minuto más”.

Por último,  detalló que se actualiza el Código Penal referente al reconocimiento de la maternidad y paternidad,  en conjunto con el Código de Familia, para armonizar sus definiciones y alcances de la reparación del daño, las órdenes y las medidas de protección, en plena concordancia con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida sin violencia y el Código Nacional de Procedimientos Penales, y la reparación del daño contemple los elementos que sean más favorables para la víctima, y las órdenes y medidas de protección se actualizarán para garantizar la vida de las mujeres  que sufren algún hecho de violencia y se garantizará también asesoría jurídica, acompañamiento, escolta para la recuperación de los bienes del hogar, así como el acceso para las mujeres, sus hijas e hijos, a programas sociales y educativos.

 

 

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