jueves , 18 abril 2024
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SCJN: Ayuntamientos de Yucatán pueden tener Tribunales Contenciosos Administrativos

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), determinó a partir de la propuesta del Ministro José Ramón Cossío Díaz, que todos los Ayuntamientos en el Estado de Yucatán tiene facultades para aprobar de acuerdo con las leyes en la materia municipal, el establecimiento de tribunales contenciosos administrativos de los municipios.

El artículo 115 de la Constitución Federal, referente a las facultades de los municipios, el Constituyente yucateco previó en la  ley que organiza  el funcionamiento de los ayuntamientos, el sistema de impugnación en materia contenciosa administrativa, que los municipios pudieran contar con sus propios tribunales contenciosos administrativos y los que no cuenten con el mencionado tribunal, el administrativo estatal en la materia será el de la competencia para resolución de controversias.

Ante esto, se declaró la invalidez de los acuerdos dictados por el Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa del Estado de Yucatán determinándose que los asuntos respectivos deberán enviarse al Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Municipio de Mérida y correlativamente, se reconoció la validez de los acuerdos emitidos por este último.

 

 

 

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