jueves , 28 marzo 2024
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Sale a relucir vergonzoso problema familiar vuelto Penal – BEPENSA

Un pleito marital entre Ermilo Castilla Roche y Margarita del Pilar Ponce Díaz, hija del multimillonario Fernando Ponce García –propietario de Fomento Corporativo Peninsular SA de CV (Bepensa) que agrupa a unas 33 empresas- entre ellas la marca Coca Cola-, sacó a relucir la disputa por la herencia en acciones, ahorros bancarios y más de cien inmuebles adquiridos por la mujer en copropiedad con hermanos y primos.

Bajo el título de “Dueños de la Coca Cola me quieren meter a la cárcel por defender a mi papa”, el hijo de Margarita, Ermilo Roger Castilla Ponce, envió un remitido al presidente Enrique Peña Nieto y al gobernador Rolando Zapata Bello donde “solicito su inmediata intervención para poner un alto a todas las violaciones y actos de barbarie ultrajantes y de agresión, terror psicológico, desprecio y acciones legales que han sido cometidos por mi madre Margarita del Pilar Ponce Díaz, por su padre, mi propio abuelo, Fernando Ponce García; por su hermano, mi propio tío, Juan Manuel Ponce Díaz, en contra un servidor, de mis hermanos Margarita Castilla Ponce y Genaro Castilla Ponce y de mi padre, Ermilo Castilla Roche”.

En el documento Castilla Rocha señala el origen del pleito fue en 2013, cuando sus padres se encontraban separados y durante las negociaciones que sostenían entre ellos, Margarita del Pilar Ponce Díaz otorgó un poder notarial irrevocable para Actos de Dominio, individual, respecto de cinco inmuebles que su padre, Ermilo Castilla Roche, adquirió con sus propios recursos y que los puso a nombre de su madre.

Bepensa, agrupa a través de sus cinco divisiones de negocio a Bepensa Industria, Bepensa Industrial, Bepensa Motriz, Financiera Bepensa y Caribe Cooler y la Fundación Bepensa, con las siguientes empresas: Bepensa Bebidas, S.A. De C.V., Embotelladoras Bepensa, S.A. De C.V.. Kimpen S.A. De C.V., Serviequipo, S.A. De C.V., Parque Industrial Yucatan, S.A. De C.V., Consultora Administrativa Peninsular, S.A. De C.V., Fomento Desarrollos, S.A. De C.V, B Administración De Transportes Sa De Cv, Embe Inmuebles Sa De Cv, Gf Bepensa Sa De Cv, Bepensa Sa De Cv

Bepensa Industrial Sa De Cv, Megaempack S.A De C.V, Metaplus, S.A. De C.V, Intensivo, S.A. De C.V., Grupo Peninsular Siglo Xxi, Sa De Cv, Inmobiliaria Constructora Yucatan Sa De Cv, B Inmuebles Sa De Cv, Ope Systems Sa De Cv, Jugos Bepensa Sapi Sa De Cv, Rexam Mega Sa De Cv, Compañia Peninsular De Autos Sa De Cv, Rent A Matic Itza Sa De Cv, Autosuministros Peninsulares Sa De Cv, Agencias Mercantiles Sa De Cv, Amsa Idealease Sa De Cv, Aktium Sa De Cv, B Partes Sa De Cv, Bepensa Motriz Sa De Cv, Distribuidora Megamak Sa De Cv, Equinova Sa De Cv, Peninsular Inmobiliaria Sa De Cv, Vértice Servicios Integrados Sa De Cv

Según Castilla Ponce no le interesa la herencia ni las acciones de “Bepensa”, ni los ahorros, ni los más de cien inmuebles, los cuales abarcan miles de hectáreas, que mi madre Margarita del Pilar Ponce Díaz, adquirió a su nombre o en copropiedad con su hermanos y con sus primos, con sus recursos propios o familiares”.
Herencia la cual, desde el día de hoy, aclaro, que si algún día llegasen a ser propiedad de un servidor y de mi hermana, nos comprometemos a donarlas en su totalidad, para la creación de una Organización No Gubernamental (ONG), con los fines de proteger los derechos y la libertad de los incontables ciudadanos Mexicanos, que como nosotros, son víctimas de ataques de individuos, que por su posición económica, piensan que están sobre la Ley y los preceptos más básicos de nuestra Carta Magna”.
En su extenso remitido denunció que por el poder económico de su abuelo, Fernando Ponce García, “ninguno de los periódicos de mayor circulación en la entidad brindó su anuencia para exponer la situación actual de quien suscribe”.

El documento íntegro:

REMITIDO
Merida, Yucatan, a 9 de Mayo del 2014
Enrique Peña Nieto, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos.
Luis María Aguilar Morales, Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal.
Arely Gómez González, Procuradora General de la República.
Luis Raul Gonzalez Perez, Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Secretaría de la Función Pública, Virgilio Andrade Martinez
Rolando Rodrigo Zapata Bello, Gobernador Constitucional del Estado de Yucatán.
Marcos Alejandro Celis Quintal, Presidente del Poder Judicial del Estado de Yucatán y del Consejo de la Judicatura del Estado de Yucatán.
Ariel Francisco Aldecua Kuk, Fiscal General del Estado de Yucatan.

Por medio de la presente, un servidor, Ermilo Roger Castilla Ponce, mexicano, de 22 años de edad, nacido en Merida, Yucatan, Mexico, el día 12 de Diciembre de 1993, con residencia permanente en el Casco Hacienda Dzodzil Casa 27, Col. Dzodzil Norte, Merida, Yucatan, 97115, Mexico; con fundamento en todos los derechos consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos y demás tratados internacionales de la materia aplicables al caso, en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en todas las Leyes Federales vigentes de la República Mexicana, así como en todas las Leyes vigentes del Estado de Yucatan, solicito su inmediata intervención para poner un alto a todas las violaciones a mis derechos humanos, que están cometiendo autoridades judiciales federales y del Estado de Yucatan.

El 25 de Febrero del 2016, el Juez Segundo Penal del Primer Departamento Judicial del Estado de Yucatan, dictó una orden de aprehensión en contra de un servidor y de mi padre, Ermilo Castilla Roche, mediante oficio numero 803-BIS/2016, del expediente numero 9/2106, con la finalidad de hacernos comparecer a un juicio basado, en su totalidad, en una serie de documentos apócrifos, principalmente correos electrónicos que fueron obtenidos ilegalmente, o que fueron creados por la parte denunciante, mi propia madre Margarita del Pilar Ponce Diaz y por la Fiscalía General del Estado de Yucatan, ya que de manera ilegal intervinieron cuentas de correo electrónico, de un servidor, de mi padre y de algunos de nuestros asesores legales, obteniendo, tergiversando y difundiendo las comunicaciones contenidas en estos, a pesar de que para poder intervenir cualquier comunicación, verbigracia, cualquier cuenta de correo electrónico, se requiere obtener la autorización de cualquiera de los únicos siete Jueces facultados para ello por la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal, por mandato constitucional, siendo estos los Jueces de Distrito Penales Especializados en materia de Cateos, Arraigos e Intervención de Comunicaciones con sede en la ciudad de México y con Competencia en toda la República, de donde se sigue que el citado mandato de captura resulta violatorio de los preceptos Constitucionales y legales que protegen las comunicaciones privadas de las personas.

A raíz del conocimiento de las ilegales intervenciones perpetradas por mi madre, Margarita del Pilar Ponce Díaz, quien a merced de su deficiente asesoría legal, compareció ante el Ministerio Público del Fuero Común a exhibir un documento con diversas cuentas de correos electrónicos y sus respectivas contraseñas, y quien también en forma personal, contando con la participación de la Policía Judicial Cibernética del Fiscalía General del Estado de Yucatán, ilegalmente se introdujo a las citadas cuentas y manipuló una serie de misivas electrónicas; mi padre interpuso una denuncia ante la delegación de la Procuraduría General de la República, haciendo del conocimiento del Ministerio Público Federal los hechos criminales y antisociales cometidos en perjuicio de un bien jurídico que tutela la sociedad en su conjunto: las comunicaciones privadas, su intimidad y confidencialidad.

Sin embargo, la citada representación social, subyugada por mi Familia Ponce Diaz, declinó su ‘competencia’ para conocer de los hechos denunciados, los cuales, ahora que son del conocimiento del Juez Segundo Penal del Primer Departamento Judicial del Estado, por ministerio de ley, deberán turnarse de oficio ante la autoridad ministerial.

Por lo tanto, solicito su inmediata intervención para poner un alto a todas las violaciones y actos de barbarie ultrajantes y de agresión, terror psicológico, desprecio y acciones legales que han sido cometidos por mi madre Margarita del Pilar Ponce Diaz, por su padre, mi propio abuelo, Fernando Ponce Garcia, por su hermano, mi propio tío, Juan Manuel Ponce Diaz, en contra un servidor, de mis hermanos Margarita Castilla Ponce y Genaro Castilla Ponce y de mi padre, Ermilo Castilla Roche.

Desgraciadamente mi madre Margarita del Pilar Ponce Diaz se encuentra completamente engañada y manipulada por Fernando Ponce Garcia, por Juan Manuel Ponce Diaz y por el asesor legal que le impusieron, Jose Rafael Menendez Medina, quienes le han obligado a suscribir todas una serie de demandas penales, civiles y mercantiles, con el propósito de evitar que exista una sana y feliz convivencia entre mis hermanos y mi padre, de lograr la ruina económica de un servidor y de mi padre, quienes somos el sustento de nosotros mismos y de mis hermanos menores y de lograr nuestro completo desprestigio en el ámbito social y empresarial, mediante una serie de campañas de desprestigio.

Tanto un servidor, como mi hermana Margarita Castilla Ponce hemos sido amenazados, por nuestra propia madre, Margarita del Pilar Ponce Díaz, por nuestro propio abuelo Fernando Ponce García y por nuestro tío Juan Manuel Ponce Díaz de ser desheredados del patrimonio de mi madre; el cual comprende, entre otros bienes, su tenencia accionaria en la sociedad “Fomento Corporativo Peninsular”, conocida comercialmente como “Bepensa”, sus ahorros y más de cien inmuebles que posee en su nombre o en copropiedad con sus hermanos y primos. Herencia la cual, desde el día de hoy, aclaró, que si algún día llegasen a ser propiedad de un servidor y de mi hermana, nos comprometemos a donarlas en su totalidad, para la creación de una Organización No Gubernamental (ONG), con los fines de proteger los derechos y la libertad de los incontables ciudadanos Mexicanos, que como nosotros, son víctimas de ataques de individuos, que por su posición económica, piensan que están sobre la Ley y los preceptos más básicos de nuestra Carta Magna.

El origen de todos los actos de agresión física, terror psicológico, desprecio, acciones legales y campañas de desprestigio, que día con día se dirigen en nuestra contra, se debe exclusivamente a que un servidor y mi hermana Margarita Castilla Ponce no hemos sucumbido ante las constantes amenazas de ser desheredados por nuestra madre, Margarita del Pilar Ponce Diaz, no alinearnos con sus intereses y los de Fernando Ponce García y Juan Manuel Ponce, en contra mi padre y porque en todo momento nos hemos conducido con ética, moralidad, equidad y justicia en todos los asuntos relativos a la separación de nuestros padres y en la búsqueda de una convivencia equitativa de mi hermano menor Genaro Castilla Ponce con un servidor, con su hermana Margarita Castilla Ponce y con mi padre.

En el año 2013, cuando mis padres se encontraban separados, durante las negociaciones que sostenían entre ellos, mi madre Margarita del Pilar Ponce Díaz me otorgó un poder notarial irrevocable para Actos de Dominio, individual, respecto de cinco inmuebles que mi padre adquirió con sus propios recursos y que los puso a nombre de mi madre. Un servidor, actuando con estricto apego a derecho, realicé la enajenación de dos de esos cinco inmuebles, para poder hacer frente a los gastos universitarios de un servidor y de mi hermana en el extranjero, así como para solventar nuestra defensa legal.

Aclarando, ante ustedes y la opinión pública en general, que ni acciones de “Bepensa”, ni los ahorros, ni los más de cien inmuebles, los cuales abarcan miles de hectáreas, que mi madre Margarita del Pilar Ponce Díaz, adquirió a su nombre o en copropiedad con su hermanos y con sus primos, con sus recursos propios o familiares, bajo ningún precepto han sido ni enajenados, ni gravados, ni comprometidos, por un servidor o por mi padre. Repudiamos contundente y públicamente la ambición económica y la falta de valores, ética y moral que ha dado motivo a todas las acciones emprendidas por nuestra propia madre, Margarita del Pilar Ponce Díaz, en nuestra contra.

Así las cosas, de esta inédita devaluación de valores humanos sin freno, emerge, triste pero inevitablemente, lo que más allá de una pregunta, deviene en un reclamo de los pilares que sostienen a la sociedad Meridana: Qué es lo que se requiere para saciar el apetito y voracidad sin precedente ni horizonte de la demandante y sus asociados? Para encausar su ira al camino del remedio y la bondad, en sustitución de la alineación parental y el daño moral hacia sus propios hijos? El egocentrismo y la ignorancia, conjugados con el poder cuasi tirano, solamente han resultado en la desunión familiar y destrozo emocional para mí, como para todos mis hermanos.

Así mismo aprovechamos denunciar y solicitar la intervención de la Secretaría de la Función Pública, del Consejo de la Judicatura Federal y del Consejo de la Judicatura del Estado de Yucatán, ya que tanto nuestra madre Margarita del Pilar Ponce Díaz, como sus asesores constantemente, nos han amenazado explicándonos como con su poder y sus recursos económicos han subyugado a las autoridades en cuyo criterio y sentencias se encuentra el destino de la convivencia con mis hermanos y mi padre, así como nuestro destino económico.

Expuesto lo anterior, solicito que se vigile que la resolución que mañana lunes, 9 de Mayo, se sirva decretar el Juez Segundo Penal del Primer Departamento Judicial del Estado de Yucatán, se dicte conforme a derecho, particularmente en atención a que toda la supuesta evidencia está basada en documentos falsos creados u obtenidos sin la autorización correspondiente, conforme lo prescribe el Artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Y bajo este mismo esquema, que no pase inadvertido para el citado Juez de lo Penal, que en términos del citado artículo 16 constitucional y sus leyes reglamentarias, en su resolución tome en consideración que la intervención de comunicaciones privadas sin autorización de la autoridad judicial competente, se encuentra sancionada por el Código Penal Federal, con una pena que va de los 6 a los 12 años de prisión, así como también por la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada y por ende, se encuentra obligado a dar parte de esos hechos criminales al Ministerio Público de la Federación.

Ermilo Roger Castilla Ponce.

Fuente: Johnny Oliver Quintal

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