sábado , 18 mayo 2024
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Pensión de los esposos

Rubén Osorio Paredes (*)

Publicado en Diario de Yucatán

La pensión alimenticia entre los cónyuges es un tema que plantea valiosas interrogantes que, al momento de divorciarse, se convierten en importantes preguntas que se deben de responder:

¿Solo las mujeres tienen derecho a una pensión alimenticia? ¿Qué se necesita para que una autoridad decrete la pensión alimenticia a favor de uno de los cónyuges? ¿Cuánto tiempo dura la obligación de proporcionar alimentos a tu excónyuge? ¿Qué condiciones se deben reunir para que se tenga derecho a una pensión a cargo de tu esposo o esposa?

Requisitos

Estimado lector, para que un juez de lo familiar ordene el pago de una pensión alimenticia en favor de uno de los cónyuges es necesario acreditar que el cónyuge en cuestión carezca de bienes, que durante el tiempo que existió el matrimonio se haya dedicado al trabajo en el hogar o bien que por motivos de salud, de edad o de género se encuentre imposibilitado para desempeñar una actividad laboral y por ende valerse por sí mismo.

Sin diferencia

Contrario a la creencia popular, la ley no hace ninguna distinción entre el hombre y la mujer al referirse en forma genérica al cónyuge que deba de recibir la pensión alimenticia. Más bien se refiere al cónyuge que se encuentre en las condiciones descritas en el párrafo anterior.

Esto significa que si por ejemplo al momento de divorciarse el esposo sufre un accidente o padece de una enfermedad que lo imposibilita para trabajar y se demuestra que la esposa tiene ingresos propios y, por ende, capacidad económica, será ella la que proporcione una pensión alimenticia en favor de su cónyuge.

Circunstancias

Por tanto, en caso de decretarse el divorcio, el juez en dicha resolución debe decidir sobre el pago de alimentos a favor del cónyuge que, teniendo la necesidad de recibirlos, durante el matrimonio se haya dedicado exclusivamente a las labores del hogar o al cuidado de sus hijos o esté imposibilitado para trabajar o carezca de bienes; tomando en cuenta las siguientes circunstancias:

I. La edad y el estado de salud de los cónyuges.

II. Su posibilidad de acceso a un empleo.

III. Duración del matrimonio y dedicación pasada y futura a la familia.

IV. Colaboración con su trabajo en las actividades del otro cónyuge.

V. Medios económicos de uno y otro cónyuge, así como de sus necesidades.

Entonces, ¿puede el esposo recibir una pensión de su esposa al momento de divorciarse? Sí.

¿Puede la esposa recibir una pensión de su esposo? También. Siempre que ya sea él o la esposa cumplan las condiciones mencionadas líneas arriba.

La duración

Duración de la pensión alimenticia. Finalmente, las mismas leyes establecen que el derecho a los alimentos se extingue cuando el excónyuge que recibe la pensión alimenticia contraiga nuevo matrimonio o haya transcurrido un término igual a la duración del matrimonio. Es decir, si estuviste casado con tu esposa durante 20 años, de ser el caso, pagará una pensión alimenticia durante ese mismo lapso.— Mérida, Yucatán.

juridicofacil@hotmail.com

RUBEN OSORIO & ASOCIADOS

Abogado, catedrático y conferenciante

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