jueves , 2 mayo 2024
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Mediación

Rubén Osorio Paredes (*)

Publicado en Diario de Yucatán

Juan y Ana llevan ya varios meses enfrascados en una disputa de divorcio por la división de los bienes que adquirieron durante su matrimonio. Pedro y Ramiro llevan conflictuados en la Fiscalía varias semanas sin llegar a un arreglo respecto a cómo se pagarán los daños ocasionados por un choque automovilístico.

¿Estos casos te suenan familiares? Pues bien, antes los conflictos jurídicos entre particulares podían llevarse meses e incluso años sin ni siquiera contemplar la posibilidad de llegar a un arreglo satisfactorio a través de algún mecanismo de conciliación. Hoy esto ya es una realidad. Desde 2009 que entró en vigor la Ley de Mecanismos de Solución de Controversias del Estado de Yucatán, los ciudadanos cuentan con una alternativa diferente al juicio para solucionar sus diferencias o conflictos sin necesidad de pasar por un largo proceso litigioso.

Por lo tanto, todos los jueces en materia civil, familiar, penal y de justicia para adolescentes deberán hacer saber a las partes la existencia de los mecanismos alternativos como forma de solución de controversias en los términos de esta Ley.

¿Dónde se lleva al cabo la mediación? El Centro Estatal de solución de controversias es el encargado de atender gratuitamente los casos que le sean remitidos en los términos previstos por conducto de facilitadores institucionales, así como los conflictos que planteen directamente las partes antes de acudir al proceso judicial.

Hay uno en cada juzgado o Fiscalía, por lo tanto, la oportunidad de sujetar la solución de un juicio a mecanismos alternativos puede tener lugar en cualquier momento.

Los mecanismos alternativos de solución de controversias son las diferentes posibilidades que el Estado proporciona a las personas envueltas en una controversia para solucionarla sin la intervención de un juez.

Así, dichos mecanismos consisten en una opción diferente al proceso de juicio para resolver conflictos de una forma ágil, eficiente y eficaz con plenos efectos legales.

Estimado lector, la mediación es una manera de resolver de manera directa y amistosa los conflictos que surgen dentro de un juicio; de esta manera se dan por terminadas sus diferencias, suscribiendo lo acordado en un acta conciliatoria poniéndole fin a un conflicto a través de la participación activa de un tercero que, conocido como facilitador, trabaja para encontrar puntos de consenso y hacer que las partes en conflicto acuerden un resultado favorable.

Sin duda, la alternativa de mediar es la vía rápida y eficaz para terminar un conflicto. ¿No lo cree usted? Para conocer de éste y más temas jurídicos abordados en un lenguaje claro y sencillo no olvides asistir a la conferencia “Los derechos de la familia” este sábado 13 de octubre a las 9 a. m. Informes en mis redes sociales o al celular (999) 243-9874. ¡Ahí nos vemos!— Mérida, Yucatán.

juridicofacil@hotmail.com

Rubén Osorio & Asociados

Abogado, catedrático y titular del despacho Rubén Osorio & Asociados

 

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