jueves , 28 marzo 2024
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Más de la pensión

Rubén Osorio Paredes (*)

Publicado en Diario de Yucatán

Juan y Ana pasan por un proceso de divorcio en el que el punto de mayor discusión es lo referente al monto de pensión alimenticia que el padre deberá proporcionar para el hijo de ambos.

Y es que el problema de Juan radica en que no tiene un sueldo o salario comprobable pues, aunque económicamente tiene muy buenos ingresos producto del taller de carpintería del que es propietario, este taller no está dado de alta en Hacienda y, por lo tanto, no tiene un rastro contable que permita determinar los ingresos que este comercio genera.

Y es que en teoría, como ya hemos escrito antes, el monto de la pensión toma como base el nivel de ingresos del progenitor y las necesidades del menor; pero en este caso, en un futuro juicio no existe modo de determinar con exactitud la cantidad de ingresos de Juan. Por lo tanto, ¿de donde tomará el juez la base para determinar la cantidad que como pensión alimenticia deberá pagar? ¿Si Juan no tiene ingresos comprobables, queda exento de pagar pensión alimenticia?

Pues bien, podemos comenzar diciendo que no tener ingresos comprobables no te libera de la obligación de pagar una pensión alimenticia. Es más, no existe ninguna razón o desempleo que libere al progenitor de suministrar una pensión.

Y en el ejemplo que acabamos de describir, cuando no sean comprobables el salario o los ingresos del deudor alimentario porque su comercio o negocio no se encuentra dado de alta en hacienda, o se encuentra dado de alta a nombre de otra persona, el juez fijará una pensión alimenticia con base en la capacidad económica y el nivel de vida que el padre en este caso y sus hijos hayan llevado habitualmente durante los últimos dos años. Entonces, la pregunta sería: ¿cómo acredito el nivel de vida que el papá le brindaba a sus hijos?

En el proceso de divorcio se pueden presentar pruebas, certificados de inscripción vigentes de las casas que tuvo o tiene, el informe del registro vehicular sobre los autos que tiene, facturas de las colegiaturas de colegios particulares y/o actividades extra escolares y en general cuanto recibo o factura se tenga de lo que el padre gastaba en sus hijos antes de la separación que acompañadas de la información que los testigos que presentes puedan dar conformarán un criterio sólido para que el juez resuelva en este caso un monto de pensión consistente en cantidad líquida.

Como podemos ver, siempre hay una alternativa para luchar por los derechos de tu hijo. No te quedes con los brazos cruzados y ¡actúa! para saber ésta y mucha más información, no te pierdas mi conferencia “Pensión custodia y divorcio… todo lo que debes saber” este jueves 11 de abril a las 7 p. m. Informes al (999) 547-4096 y en mis redes sociales. ¡Ahí nos vemos!— Mérida, Yucatán.

juridicofacil@hotmail.com

Rubén Osorio & Asociados

Instagram: ruben.osorio.82

Titular del despacho jurídico Rubén Osorio & Asociados. Catedrático y Conferencista

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