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Llamado a retirar iniciativa que atenta contra la igualdad y fomenta discriminación

  • La dignidad de sus comunidades, el reconocimiento y el respeto a sus derechos humanos, están en riesgo.

Redacción

SemMéxico, Ciudad de México, 10 de abril del 2023.- Diversos colectivos e integrantes de grupos poblacionales históricamente vulnerados y discriminados, tales como personas con discapacidad, indígenas, afromexicanas, migrantes y residentes en el extranjero, así como personas de la diversidad sexo-genérica, se han articulado de manera solidaria a través de distintos medios legales, con la finalidad de resistir y exigir que se retiren aquellas propuestas legislativas que atentan directamente contra sus derechos humanos a la igualdad y a la no discriminación, todo bajo el contexto del derecho a la representación política sustantiva de sus comunidades.

Una vez más, la dignidad de sus comunidades, el reconocimiento y el respeto a sus derechos humanos, están en riesgo. La iniciativa que presentaron recientemente y de manera conjunta para reformar los artículos 41, 73, 99 y 105 de la Constitución implica graves amenazas a los derechos político-electorales y auténticas violaciones constitucionales y convencionales.

Esta iniciativa pretende despojar al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de su propia naturaleza, la cual es salvaguardar la constitucionalidad de los actos de los partidos políticos y del propio Estado en favor la ciudadanía y del respeto a sus derechos. En caso de aprobarla, el Congreso de la Unión impediría, desde la propia Constitución, que el Tribunal Electoral pueda sancionar y obligar a los partidos y a las Cámaras a cumplir con la ley electoral, específicamente, en materia de acciones afirmativas reservadas para los grupos de población que, sin ellas, se enfrentan sistemáticamente a decisiones cupulares de exclusión y discriminación.

En observancia al principio de progresividad de los derechos humanos y con el fin de garantizar un plano de igualdad sustantiva en materia electoral, el Instituto Nacional Electoral y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación han establecido acciones afirmativas desde el 2017, a través de acuerdos del Consejo General y de sentencias de la Sala Superior, respectivamente.

El principal efecto de esas acciones afirmativas fue asegurar que todos los partidos políticos nacionales tuvieran un número mínimo de personas indígenas, afromexicanas, con discapacidad, migrantes y de la diversidad sexo-genérica en sus candidaturas al Congreso de la Unión.

Por su parte, el Tribunal Electoral se ha encargado de resolver los conflictos entre partidos políticos y estas acciones afirmativas, de manera que las dirigencias nacionales se han visto emplazadas a respetarlas e incluso a repetir procedimientos para elección candidaturas, además de recibir sanciones por incumplir la normativa de cuotas efectivas.

El criterio garantista del Tribunal Electoral estableció que, en un Estado democrático constitucional, no hay justificación para la exclusión y la discriminación. Concluyó que constitucional, convencional y legalmente, los partidos políticos están obligados a garantizar que personas integrantes de grupos excluidos, subrepresentados e invisibilizados, accedan efectivamente y en condiciones de igualdad a sus derechos de participación política, partiendo de la concepción positiva del derecho a la igualdad y a través de enfoques diferenciados.

Desde la reforma constitucional de 2011 en materia de derechos humanos, por la cual la dignidad de la persona, la igualdad y la no discriminación se convirtieron en el eje rector del sistema jurídico-político mexicano, se estableció que el Poder Judicial de la Federación sería el único encargado de dirimir toda controversia suscitada entre actos de autoridad y los derechos humanos reconocidos; por lo tanto, a través de esta iniciativa, el Congreso de la Unión podría no solamente dejar de reconocer los derechos y obligaciones que mantiene frente a los grupos vulnerados, sino además contravenir lo dispuesto por la propia Constitución en sus artículos 1, 103, 105 y 133, por lo menos.

La iniciativa que solicitan sea retirada o desechada en comisiones despoja constitucionalmente al Tribunal Electoral de sus facultades para garantizar la constitucionalidad de cualquier acto que realicen los partidos políticos, dejando así la protección y el respeto de nuestros derechos humanos a discrecionalidad o voluntad de los partidos políticos representados en el Congreso de la Unión.

Lo anterior se agrava si consideran el resultado de la reforma legal en materia electoral conocida como “Plan B”, en lo que respecta a los artículos 11, 11BIS y 14 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a través de la cual se eliminó la facultad de que el INE, mediante acuerdos colegiados, establezca acciones afirmativas en materia electoral, además de que redujo en un 50 por ciento el conjunto de curules garantizadas para representantes de grupos discriminados y redujo a cero el número de espacios garantizados para cada grupo en lo particular, lo que derriba el régimen garantista de acciones afirmativas construido eficazmente desde su primer antecedente en 1996.

El control de constitucionalidad de los actos públicos, facultad exclusiva del Poder Judicial de la Federación, es un mecanismo que ha demostrado ser efectivo para preservar el régimen constitucional de derechos humanos, incluso para revertir decisiones de dirigencias partidistas que resultan discriminatorias y excluyentes. Es precisamente en su efectividad que se explica la reacción concertada de sus organizaciones políticas. Es sumamente delicada la sola intención de alterar la letra constitucional para un propósito a todas luces regresivo, pero además de manera apresurada, sin la suficiente reflexión y discusión pública sobre sus consecuencias.

De frente a toda la sociedad mexicana, hacen un respetuoso y enérgico llamado para retirar o desechar a la brevedad su iniciativa, claramente antidemocrática e inconstitucional.

#PorMásRepresentación

Centro Profesional Indígena de Asesoría Defensa y Traducción A.C.

Colectivo de Personas con Discapacidad

Educación Especial Hoy

Empodera T CDMX

Federación Nacional de Sordociegos de México A.C.

Fundación para la Inclusión y Desarrollo de Personas con Discapacidad (FINDEDIS), A.C.

LGBT+ Rights México

Movimiento PcD

Mano Amiga de la Costa Chica A.C.

Red para la Inclusión de las Personas con Discapacidad Visual A.C. (RENAC)

YAAJ México

Yo También. Discapacidad con todas sus letras.

SEM/MG

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