miércoles , 24 abril 2024
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La pensión alimenticia

Rubén Osorio Paredes (*)

Publicado en Diario de Yucatán

¿Estás a punto de separarte o divorciarte y no sabes qué comprende la pensión alimenticia, por cuánto tiempo se paga y quiénes tienen derecho a ella? La pensión alimenticia comprende comida, vestido, habitación, atención médica, hospitalaria y, en su caso, gastos de embarazo y parto, así como atenciones a las necesidades psíquica, afectiva y de sano esparcimiento; también gastos necesarios para la educación básica y, en su caso, para que aprendan algún oficio, arte o profesión honestos y adecuados a sus circunstancias personales; por lo que, incluso llegando a la mayoría de edad, la obligación de proporcionar la pensión alimenticia subsiste hasta que los adolescentes concluyan sus estudios universitarios o técnicos que les permitan subsistir por sí mismos y, en su caso, lo necesario para procurar la habilitación o rehabilitación y desarrollo de personas con alguna discapacidad que requieren de un proceso de aprendizaje diferente que favorezca sus habilidades.

Ahora bien, para aquellos que cumpliendo la mayoría de edad tengan alguna discapacidad permanente como trastornos mentales, discapacidad visual, del habla, etcétera, la pensión alimenticia será de por vida.

En todos los casos el criterio en el que se basará el juez para determinar el monto de la pensión será la capacidad de quien debe otorgarla y la necesidad de quien debe recibirla. Más que una obligación jurídica, la pensión alimenticia es un verdadero deber moral.

En realidad, en este punto importa poco qué ocurre entre tú y la mujer que una vez amaste lo suficiente como para tener hijos con ella, aún tienes una responsabilidad financiera hacia tus hijos la cual como dijimos más que jurídica es un deber moral. Seguiremos escribiendo sobre el tema. ¡Nos leemos el próximo viernes!— Mérida, Yucatán.

jurídicofácil@hotmail.com

Rubén Osorio & Asociados

Instagram: ruben.osorio.82

Abogado. Titular del despacho “Rubén Osorio y Asociados”. Catedrático y Conferencista

Aun llegando a la mayoría de edad, la obligación de proporcionar la pensión subsiste hasta que los hijos concluyan sus estudios

Publicado en Diario de Yucatán

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