jueves , 18 abril 2024
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INAI solicita a PEMEX copias de contrato en tres estaciones de servicio de Campeche – Secreto Comercial

El INAI instruyó a Pemex Transformación Industrial entregar copias de los contratos de franquicia de tres estaciones de servicio en Campeche, que la empresa había clasificado como secreto comercial.

El pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) respaldó la propuesta del comisionado Óscar Guerra Ford con lo que revocó la respuesta de la empresa productiva del Estado a un particular.

Así, Pemex deberá entregar los contratos de las estaciones de servicio E12766 “Servicios Ecológicos de Champotón” suscrito el 14 de septiembre de 2015; E12886 “Servicios Ecológicos Muyil”, del 14 de enero de 2016; y E12718 “Hidrocarburos Campeche”, del 26 de noviembre de 2015, todas ubicadas en Campeche.

Al respecto, el comisionado Guerra Ford argumentó que, conforme a la reforma energética, debe prevalecer el criterio de máxima publicidad en los contratos celebrados por las distintas empresas de Petróleos Mexicanos (Pemex).

Recordó que originalmente, cuando el particular solicitó la información, Pemex Transformación Industrial la clasificó bajo el supuesto establecido en el Artículo 14, fracción II de la Ley Federal de Transparencia, por considerar que se trataba de un secreto comercial o industrial.

Ante la queja del solicitante, el comisionado Guerra Ford estudió el asunto a la luz de la legislación nacional e internacional a la que México está suscrito, de lo cual concluyó que el secreto comercial o industrial incluye información que dé ventaja competitiva a terceros.

Además, el Manual de Operación de la Franquicia Pemex permite al franquiciatario la transmisión de conocimientos técnicos y la asistencia para ofrecer servicios uniformes en términos de calidad, prestigio e imagen.

El Manual de Operación de Franquicia Pemex y el modelo de contrato de franquicia ya son públicos, el primero en el portal en Internet de Pemex, y el segundo proporcionado en respuesta a la solicitud del particular.

Adicionalmente no se observó que el contenido del contrato de franquicia para una estación de servicio pueda divulgar información que le permita a su titular obtener o mantener una ventaja competitiva o económica frente a terceros por las consideraciones expuestas.

Dado lo anterior, el pleno del Instituto Nacional de Transparencia aprobó la propuesta de proporcionar los contratos de franquicia de las tres estaciones de servicio en Campeche.

La Jornada

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