jueves , 18 abril 2024
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Diferente parentesco

Rubén Osorio Paredes (*)

Publicado en Diario de Yucatán

De acuerdo con la ley, la familia es una institución social integrada por dos o más personas unidas o emparentadas entre sí, por consanguinidad, por afinidad o por adopción, en la que sus miembros tienen derechos y obligaciones recíprocos.

El parentesco es la relación o conexión que existe entre las personas que pertenecen a una misma familia.

Se trata, por lo tanto, de relaciones que pueden darse por factores biológicos o no (como en el caso de la adopción o de la llamada “familia política”) y que se organizan de acuerdo con líneas que permiten reconocer múltiples grados.

Para tal efecto existen diferentes tipos de parentesco: Los surgidos por consanguinidad, afinidad y civil.

El parentesco es, entonces, la relación jurídica que nace entre las personas en razón de la consanguinidad, afinidad o por la adopción.

Ahora bien, para entender mejor los diferentes tipos de parentesco, te los explico uno por uno a continuación:

Parentesco por consanguinidad

El parentesco por consanguinidad es el que surge entre personas que descienden genéticamente de un mismo progenitor. Los derechos y las obligaciones que surgen del parentesco por consanguinidad serán los mismos para los casos de adopción plena.

Parentesco por afinidad

El parentesco por afinidad es la relación jurídica surgida del matrimonio entre un cónyuge y los parientes consanguíneos del otro. Es decir, entre tú y los padres y hermanos de tu esposo(a).

Parentesco civil

El parentesco civil es el que nace de la adopción.

En el caso de la adopción simple el parentesco existe solamente entre la parte adoptante y el adoptado.

En síntesis

El parentesco permite determinar a quienes corresponde la patria potestad o custodia en un juicio, quién es el heredero en un proceso sucesorio o quién es el o los obligados a proporcionar una pensión alimenticia.

Mientras más cercano es el parentesco, mayores son las obligaciones y responsabilidades.

Estimado lector, la familia, más que un concepto jurídico, es un concepto sociológico, pues el lugar donde nacen los niños y florece el amor no es en una oficina burocrática o en un juzgado contencioso y sus integrantes, antes que sujetos de Derecho, son personas con derechos y obligaciones morales. Pero de eso escribiremos la próxima semana ¡Hasta pronto!— Mérida, Yucatán.

juridicofacil@hotmail.com

Rubén Osorio & Asociados

Instagram: ruben.osorio.82

Abogado. Titular del Despacho Rubén Osorio & Asociados. Catedrático y conferencista

El parentesco es la relación jurídica que nace entre personas en razón de la consanguinidad, afinidad o adopción

Publicado en Diario de Yucatán

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