domingo , 5 mayo 2024
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Cuando el progenitor se muda de ciudad

“Derecho para Todos”, Por Rubén Osorio

Rubén Osorio Paredes (*)

Fuente: Diario de Yucatán

Ana se divorció de Juan hace algunos años, en dicho divorcio ella obtuvo la custodia de su hijo lo que significa que vive con ella.

Recientemente recibió la invitación de su centro laboral para subir de puesto y de sueldo trasladándose como gerente a la sucursal de la empresa donde labora en Ciudad de México.

Ana se pregunta qué pasará con la custodia de su hijo si al cambiar de domicilio y residencia lo quiere llevar consigo.

¿Puede Ana cambiar mudarse de ciudad con todo y su hijo? de ser así ¿qué proceso debe de llevar al cabo?

El progenitor que tiene la guarda y custodia sobre el menor no puede cambiar de manera unilateral su domicilio y por consiguiente el del menor y sin el permiso respectivo del juez que conoció del divorcio, ya que tratándose de esa decisión tan importante debe intervenir también el otro progenitor, pues al estar en pleno ejercicio de la patria potestad, conserva el derecho de convivir con su hijo e, incluso, la obligación de participar en la formación física, espiritual y moral de él.

Es recomendable que para el caso de un divorcio voluntario se fijen previamente además de las bases de la convivencia y visitas entre ambos, los pasos a seguir para el caso de cambio de ciudad de residencia del progenitor que tenga la custodia estableciendo que los dos padres deben resolver de común acuerdo ese cambio, siempre que existan causas justificadas como el cambio de empleo del progenitor custodio o algún otro motivo personal previamente acreditado.

Ante el juez

A falta de convenio o acuerdo respecto de cambio de ciudad de residencia, el progenitor no custodio deberá solicitar por escrito el permiso respectivo al juez que conoció del divorcio explicando y acreditando las razones que motivan el cambio de ciudad de residencia, pues será éste quien determine todo lo conducente a la formación y educación del menor.

En el rubro anterior destaca desde luego lo relativo al lugar y ambiente en que ha de desenvolverse, pues no es posible que sin una debida justificación se distancie a los hijos de sus padres, en tanto esto puede implicar una separación fundamental, ya que de cambiar el domicilio a un lugar muy lejano, sea dentro o fuera del país.

El progenitor que no tiene la guarda y custodia no podrá disfrutar de la convivencia con su menor hijo en la forma en que lo venía haciendo, toda vez que no es lo mismo visitarlo en la propia ciudad a tener que salir incluso del país para lograr esa convivencia, lo que evidentemente acarrea notorios perjuicios no solamente para el progenitor sino también para el menor, pues ya no se fomentarían con la misma intensidad y frecuencia los lazos afectivos entre ellos.

Conveniencia

Por eso es que sea de suma importancia valorar la conveniencia de que el menor cambie su residencia o, en su caso, fijar de común acuerdo desde las bases del divorcio o de la propia resolución emitida por el juez las condiciones bajo las cuales debe llevarse a cabo ese cambio y que éste pueda darse siempre que obedezca a razones debidamente acreditadas.—Mérida, Yucatán

juridicofacil@hotmail.com

Ruben Osorio y Asociados

Instagram: ruben.osorio.82

Doctor en Derecho, titular del Despacho Rubén Osorio & Asociados

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