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TEEY revoca Acuerdo del Iepac por no considerar la paridad en un nombramiento

05 de junio 2024.- El Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) revocó el Acuerdo CG/214/2023 del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (Iepac) por medio de cual designó e incorporó a un servidor público en el cargo de Asistente Técnico de Educación Cívica del Servicio Profesional Electoral, ya que no se consideró el principio constitucional de paridad de género en dicho nombramiento.

Este caso se resolvió en acatamiento a la resolución del Juicio Electoral SX-JE-46/2024 de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral  del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en el cual determinó la competencia del TEEY para conocer la demanda de la funcionaria María de los Ángeles Serrano Reyes en contra del mencionado Acuerdo.

Al respecto, el magistrado ponente Fernando Bolio Vales, quien estuvo a cargo de la sentencia, explicó que el Iepac designó al ciudadano Irving Francisco Pech Nah en el cargo de Asistente Técnico de Educación Cívica utilizando el criterio de calificación más alta en Concurso Público 2022-2023, sin considerar las disposiciones constitucionales de paridad, igualdad y no discriminación, así como tampoco las normativas que sustentan el ingreso al Servicio Profesional Nacional Electoral del Sistema de los Organismos Públicos Locales Electorales.

Abundó que el Iepac justificó elegir a un hombre con el argumento de la calificación más alta porque sólo había un puesto vacante, la cual se generó hasta después de que cubrieron las cuatro plazas establecidas en el referido Concurso Público.

Sin embargo, dicho organismo no consideró lo ordenado en el último párrafo del artículo 79 de los Lineamientos del Concurso para el Ingreso al Servicio Profesional Electoral, que señala que en las designaciones se deberá considerar la totalidad de las vacantes, incluidas las que se generen con posterioridad, y en el caso de que haya un número impar, deberá ser ofrecida a una mujer en primer término. Por tal razón, abundó Bolio Vales, se justifica la revocación del Acuerdo y a efecto de no continuar con el detrimento de los derechos de las mujeres, se ordena al Iepac que realice el ofrecimiento de la plaza mencionada a Serranos Reyes, ya que ocupa el primer lugar de las mujeres en la lista de reserva general

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