domingo , 6 octubre 2024
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Simulación en tres tiempos

Codhey y Congreso

Antonio Salgado Borge (*)

El proceso para elegir a tres personas que integrarán el consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán (Codhey) llegó a su fin. Una vez más, nuestros legisladores terminaron por no seleccionar a las personas que contaban con las mejores y más pertinentes credenciales académicas para estudiar los derechos humanos, con más relevante experiencia en la defensa de los derechos más complejos o con mayor trayectoria como activistas en la promoción de estos derechos.

Papelito en mano, nuestros diputados podrían decir que su decisión es correcta porque fue tomada siguiendo al pie de la letra cada paso del proceso indicado por la ley. En este artículo argumentaré que una respuesta de esta naturaleza no puede ser válida si se demuestra que las características del proceso mismo son uno de los grandes obstáculos en el camino hacia una Codhey capaz de cumplir su razón de ser. Específicamente, defenderé que dicho proceso parecería haber sido diseñado para garantizar simulación en cada uno de sus pasos; esto es, que el proceso es poco más que una sofisticada representación, ficción o imitación desdoblada en tres tiempos.

(1) Primer tiempo: los requisitos legales. Aunque existen requisitos legales para que una persona sea consejera de la Codhey, éstos son de paja. De acuerdo con la ley de la Codhey, para ser parte del consejo de esta comisión tan solo se requiere (a) ser mexicano en pleno ejercicio de sus derechos, (b) ser originario del Estado o haber residido en el mismo durante los últimos cinco años, (c) tener cuando menos 30 años, (d) no haber sido sentenciado por delito intencional ni haber resultado responsable por violaciones a los derechos Humanos.

Me parece difícil de rebatir que si estos requisitos fueran lo único que se demanda para ser consejero de la Codhey, entonces prácticamente cualquier persona yucateca mayor de 35 años, adecuada o no, podría formar parte de este consejo. Esto es, a todas luces, un sinsentido. Desde luego, para defender el proceso alguien podría decir que sí existe un filtro real. Y es que de acuerdo con la ley de la Codhey, las personas que deseen ser sus consejeras tendrán que ser postuladas por alguna organización social, colegio de profesionales o institución educativa de nivel superior (artículo 18) y estas personas tienen que presentar su currículum vitae.

Vista superficialmente, esta condición podría parecer óptima. El problema es que, tal como está planteado, el artículo 18 tiene un enorme agujero. Para ver por qué, notemos que este artículo no establece que las organizaciones e instituciones postulantes tengan que ser expertas en defender, estudiar o promover los derechos humanos —la razón de ser de la Codhey—. Pero esto no es todo. Tal como está redactada, la ley garantiza que prácticamente cualquier organización pueda postular consejeros. Y es que para hacerlo le bastaría con (a) estar constituida y registrada o inscrita. (b) Tener cuando menos cinco años. (c) Contar con domicilio legal en el Estado. (d) No perseguir fines lucrativos. (e) Tener como objeto o fin la realización de actividades de carácter social, profesional, educativo, cultural o altruista.

Esto es, prácticamente cualquier organización puede postular consejeros. Por ende, los requisitos puestos a las organizaciones postulantes tampoco cuentan con la fuerza suficiente para garantizar que los perfiles más pertinentes resulten seleccionados.

(2) Segundo tiempo: La comisión en el Congreso. El cumplimiento de los requisitos incluidos en el primer tiempo es revisado por la comisión de derechos humanos del Congreso de Yucatán. ¿Podría subsanarse en este paso del proceso la simulación anterior? De inicio, uno podría pensar que así es. Finalmente, esta comisión revisó los currículums de las personas que aspiraban a integrar el consejo de la Codhey y convocó a un maratón de entrevistas para que cada aspirante explicara su visión de la Codhey. Además, las entrevistas fueron transmitidas en vivo.

Pero esta apariencia de pertinencia y transparencia se desvanece muy pronto para dar paso al regreso de la incómoda sensación de simulación. Y es que cada entrevista duró apenas cinco minutos y ninguna pregunta pertinente fue formulada a las personas entrevistadas. Pero lo más grave de este caso es que el diseño legal del proceso indica que la comisión tiene como su única obligación aquí verificar que los aspirantes cumplan los requisitos legales arriba mencionados. Es decir, que ni las entrevistas ni las credenciales cuentan gran cosa en esta etapa del proceso.

No sorprende, por ende, que la comisión aprobase, como el burócrata que sella documentos por el simple hecho de ser entregados sin leerlos, a todos y cada uno de los individuos aspirantes. Pero entonces el papel que la comisión del Congreso en este proceso termina consistiendo más bien en montar la representación de una evaluación pertinente y no evaluar pertinentemente. Para ilustrar, si lo mismo hubiera ocurrido en el proceso de contratación de una empresa o institución pública, entonces muy probablemente estaríamos ante el caso de una decisión de contratación tomada antes de las entrevistas.

(3) Tercer tiempo: La votación. La lista de aspirantes “revisada” por la comisión de derechos humanos del Congreso es enviada al pleno de la cámara de diputados; es decir, a la totalidad de los diputados que conforman el Congreso local. Uno podría pensar que por fin estamos ante una parte del proceso que pondrá los filtros necesarios para garantizar que los mejores perfiles lleguen a la Codhey, pues en el Congreso, por su naturaleza, tendría que deliberarse públicamente y contrastar las credenciales de los aspirantes.

Sin embargo, pronto nos estrellamos de nuevo con una pared de simulación. Como les correspondía por ley, los diputados votaron y seleccionaron a tres personas que integrarán el consejo de la Codhey. Pero el proceso duró apenas unos minutos y lo único transparente fue la urna en la que nuestros legisladores depositaron los papelitos con sus votos a favor de las personas que consideraron adecuadas.

Desde luego, nuestros diputados podrían decir que la ley establece que este mecanismo —llamado votación por cédula— debe ser el empleado para elegir al consejo de la Codhey. Pero aquí podríamos responder, poniendo entre paréntesis que el voto por cédula es muy cuestionable, que una votación sea en secreto no tendría por qué impedir que se delibere, discuta o que se contrasten perfiles o métodos en el Pleno. Aunque insuficiente, un proceso de esta naturaleza podría exponer la asimetría entre los currículums de los individuos que aspiran a ser consejeros de la Codhey y permitiría a la ciudadanía reclamar a los diputados que hubieran elegido con base en criterios impresentables o de paja —como el número de organizaciones que postulan o actividades no relacionadas con temas complejos o graves—. ¿Qué pudo haber llevado a nuestros diputados a optar por no dejar claro ante sus representados el método que se ha seguido y su relevancia con respecto a la razón de ser de la Codhey?

Pero esto no es todo. Uno tendría que preguntarse por qué la selección de nuestros legisladores fue sorprendentemente homogénea: las tres personas seleccionadas obtuvieron más de 20 votos del total de los 25 disponibles. Salvo que nuestros legisladores hubieran sido movidos por alguna suerte de alineación cognitiva espontánea o entrelazamiento cuántico, la única alternativa que queda sobre la mesa es la de un acuerdo previo por razones totalmente ajenas a la razón de ser de la Codhey. En este sentido, si bien no tenemos manera de saber por quién y por qué razones votó cada candidato, considerando el número de legisladores de cada partido algo que sí podemos saber es que al menos la mayoría de los diputados del PRI y de los diputados del PAN eligieron de esta forma a los tres ganadores.

Resultado: Siguiendo minimalistamente los tiempos de la simulación estipulada en la ley, nuestros actuales diputados optaron por conformarse con requisitos de paja, por ocultar su metodología y por no discutir públicamente el sentido de su voto. Fue así que, apegado al proceso, y gracias a los votos del PAN y del PRI, nuestro Congreso volvió a dejar fuera de la Codhey a las personas mejor preparadas en los tres rubros que conforman la razón de ser de esta comisión.— Londres, Reino Unido.

asalgadoborge@gmail.com

Antonio Salgado Borge

@asalgadoborge

Candidato a doctor en Filosofía (Universidad de Edimburgo). Maestro en Filosofía (Universidad de Edimburgo) y maestro en Estudios Humanísticos (ITESM)

Fuente: Diario de Yucatán

 

 

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