•Vuelven a estar vigentes las leyes electorales de 2014 tal y como estaban redactadas hasta antes del 2 de marzo
Ciudad de México, a 22 de junio de 2023.– Con nueve votos a favor y dos en contra, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló la parte central del llamado Plan B de la reforma electoral, impulsado por el presidente Andrés Manuel López Obrador y publicado el pasado 2 de marzo, porque hubo vicios en el procedimiento de su aprobación.
Los togados Norma Piña Hernández, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Alberto Pérez Dayán, Juan Luis González Alcántara, Luis María Aguilar, Jorge Pardo Rebolledo, Arturo Zaldívar, Margarita Ríos Farjat y Javier Laynez votaron para eliminar las modificaciones a las leyes General de Instituciones y Procedimientos Electorales y General de Partidos Políticos, así como una nueva Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
De acuerdo con el periódico “Reforma”, el principal efecto de las reformas era adelgazar la estructura permanente del Instituto Nacional Electoral (INE) y limitar atribuciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), así como cambiar fechas de los procesos electorales.
El Plan B aplazaba el inicio del proceso hasta la tercera semana de noviembre, mientras que los 60 días de precampaña arrancaban en la tercera semana de diciembre.
Con la sentencia de hoy jueves, vuelven a estar vigentes las leyes electorales de 2014 tal y como estaban redactadas hasta antes del 2 de marzo, por lo que el proceso iniciará en la primera semana de septiembre, mientras que las precampañas comenzarán la tercera semana de noviembre.
Además, por mandato del artículo 105 de la Constitución, ya no será posible promulgar ni publicar reformas en materia electoral hasta después de los comicios de junio de 2024, pues faltan menos de 90 días para el inicio del proceso.
La votación en la Corte era previsible, pues el 8 de mayo, la misma mayoría anuló la parte inicial del Plan B, que eran reformas sobre propaganda electoral y comunicación social.
Anulada por la aprobación fast track
La segunda parte padecía iguales vicios de procedimiento por su aprobación en fast track en la Cámara de Diputados el 6 de diciembre, horas después de que el Ejecutivo envió la iniciativa.
«La Cámara de Diputados jamás expuso razones para justificar el trámite urgente de las iniciativas; los legisladores no tuvieron oportunidad de conocer las propuestas porque no se publicaron ni se distribuyeron con la anticipación exigida por el Reglamento de la Cámara de Diputados y, lo más importante, tampoco gozaron de un plazo razonable para conocer lo que estaban votando, pues en total se trataba de reformas a más de 510 artículos que nunca fueron dictaminadas, que se presentaron en el momento de iniciar la sesión», explico Láynez.
Agregó que esta reforma, la más importante al INE en los últimos veinte años, fue aprobada por los diputados en solo cuatro horas. «Es claro y evidente que se violó el principio de deliberación democrática», señaló.
Las violaciones adicionales al aprobar esta parte del Plan B incluyen el hecho de que la iniciativa publicada en la Gaceta Parlamentaria fue sustituida por una versión modificada cuando ya se discutía en el Pleno de la Cámara de Diputados, sin que se diera cuenta a los legisladores ni de la sustitución ni de los cambios que contenía, comentó el togado.
Uno de estos cambios era el intento de Morena y sus aliados para colar una “cláusula de vida eterna” que permitía la transferencia de votos entre partidos con candidaturas comunes.
La posterior eliminación de esta cláusula por orden del Presidente Andrés Manuel López Obrador, fue otra violación novedosa.
Lo anterior, porque ambas cámaras hicieron cambios a la parte de la reforma que permitía la transferencia de votos, pero ya no podían hacerlo, porque dicha transferencia ya había sido votada y aprobada, tanto por senadores como por diputados.
El 15 de diciembre, López Obrador amenazó con vetar toda la reforma si se mantenía esa cláusula, y en su afán de acatar la instrucción presidencial, las bancadas oficialistas reformaron lo que ya habían aprobado.
«Ambas Cámaras del Congreso discutieron y eliminaron artículos del proyecto de decreto que ya habían sido aprobados por las dos Cámaras en sesiones anteriores y, por ende, en ese momento ya únicamente podían ser remitidas al Ejecutivo Federal para que formulara observaciones o, en su caso, publicara las reformas. Esta conducta representa una violación flagrante al texto expreso del artículo 72, apartado E, de la Constitución», detalló la Corte.
Juan Luis González Alcántara calificó esta acción como «un vicio de gran gravedad» que violó el sistema bicameral de aprobación de leyes.
Otro problema, ya detectado al resolver la primera parte del Plan B, fue que el dictamen en el Senado no fue aprobado en comisiones con la mayoría que requiere su reglamento.
Yasmín Ortiz y Loretta Ortiz, aliadas a la Cuatroté
Una vez más, las ministras Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz fueron las únicas que defendieron la actuación de Morena y sus aliados en el Congreso, y exigieron “deferencia” hacia los órganos legislativos y respeto a su autonomía.
La ministra Esquivel acusó a sus colegas de una «franca violación al principio de división de poderes», pues la reforma tuvo los votos necesarios para ser aprobado en un «ejercicio democrático».
Ambas togadas también se quejaron porque la Corte no analizó el fondo de las reformas, y Yasmín Esquivel calificó la nulidad por vicios de procedimiento como «un examen superficial» y un «mero cotejo y palomeo» de los procesos del Congreso.
Enlistó varios puntos del Plan B, como la liquidación de fideicomisos del INE y la reducción de salarios a sus funcionarios, que a su juicio la Corte debió haber examinado.
«Vamos a devolver a la ciudadanía una legislación electoral que data de 2014, y la legislación procesal tiene 27 años, sin saber si su actualización aprobada por el Congreso es o no válida», expuso.
Corrigen la plana a Yasmín
Dicha intervención provocó varias réplicas. Luis María Aguilar rechazó que examinar el procedimiento sea un examen superficial.
«No respetar las reglas de procedimiento legislativo es una deslealtad Constitucional y un desdén a las minorías, que representan a un sector importante del pueblo», dijo.
«Si lo que se hizo no es ley, no tengo porque estudiar el fondo», agregó Alberto Pérez Dayan. «No se puede ser deferente con nadie, si lo que se viola es la Constitución».
Norma Piña exigió congruencia y recordó que, en agosto de 2022, la Corte invalido por unanimidad una reforma de 2017 a la Ley Federal de Telecomunicaciones, por vicios de procedimiento similares a los del Plan B.