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México: Avanza aprobación de la Ley Malena

Elda Montiel

Fuente SemLac

5 de noviembre de 2026.- Con la aprobación de las reformas para sancionar la violencia ácida o química por el Congreso del Estado de México, el pasado 21 de octubre, son ya 24 los congresos que han tipificado y aprobado reformas para sancionar este delito. El penúltimo fue en septiembre, en el estado de Chihuahua.

Se reconoce la violencia ácida o química como un delito autónomo, lo que representa una garantía real y efectiva para las víctimas. Las condenas varían según la entidad y van de los ocho hasta más de los 30 años de prisión, de acuerdo con los agravantes.

En México, entre enero y octubre de 2025, se identificaron 393 víctimas de amenazas o agresiones consumadas con ácido o sustancias corrosivas, de acuerdo con el Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres. Con base en sus registros, más de la mitad de las personas agresoras fueron cónyuges o parejas (115) y exparejas (108).

La SCJN atrae el caso de la saxofonista María Elena Ríos

El avance de la Ley Malena se da en el contexto de la decisión tomada el 19 de octubre por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de ejercer su facultad de atracción en el caso de María Elena Ríos, sobreviviente de un ataque con ácido en 2019, para determinar si fue legal que una jueza sustituta anulara el juicio oral en el que se había absuelto a Juan Antonio Vera Carrizal y otros implicados en el intento de feminicidio.

De esta forma, revisarán los cinco amparos interpuestos por los inculpados que buscan la absolución; de no lograrlo, se realizará nuevamente el juicio.

Como se recordará, María Elena Ríos es víctima y sobreviviente de un intento de feminicidio cuando un agresor le arrojó ácido sulfúrico en el rostro y el cuerpo el 9 de septiembre de 2019.

Tras el ataque, María Elena se convirtió en una destacada activista. Ella luchó para que las agresiones con sustancias químicas no quedaran impunes ni fueran catalogadas como simples “lesiones”, sino que se reconocieran y castigaran de manera específica; por eso se le reconoce comúnmente como la Ley Malena.

El ataque en Huajuapan de León, Oaxaca. Las investigaciones identificaron como autor intelectual a Juan Antonio Vera Carrizal, exdiputado y empresario oaxaqueño con quien la víctima había mantenido una relación sentimental. El agresor se entregó a las autoridades y fue encarcelado en el penal de Tanivet bajo la acusación de tentativa de feminicidio en abril de 2020.

Sin embargo, el 14 de agosto de 2024, el juez José Gabriel Ramírez Montaño absolvió a Juan Vera Carrizal, a Rubén Loaiza Charrez y a Rubisela Hernández Ríos. Luego renunció y fue sustituido por María Antonia Esteva Domínguez, jueza del Tribunal de Enjuiciamiento del Circuito Judicial de la región de la Mixteca, quien frenó la liberación de Juan Vera Carrizal y de los otros dos inculpados.

La SCJN no juzgará si es culpable o no Vera Carrizal y los otros inculpados, sino que permitirá precisar si fueron correctas las atribuciones de una jueza sustituta para dejar sin efectos un fallo absolutorio y, de ser el caso, ordenar la reposición de un juicio oral.

Es lo que espera María Elena Ríos, quien afirma que el juicio oral que se llevó a cabo estuvo plagado de irregularidades. La decisión permitiría que tanto ella, como víctima directa, y su madre, en calidad de víctima indirecta, rindan nuevamente su declaración y que esta sea valorada con perspectiva de género. “Lo que queremos es una sentencia condenatoria para mi agresor y los otros autores del crimen”.

Juan Antonio Vera Carrizal permanece en una clínica privada en Oaxaca por supuestos problemas de salud, evadiendo de forma continua la cárcel y representando un riesgo de fuga, al igual que su hijo, Juan Antonio Vera Hernández, quien sigue prófugo.

María Elena Ríos ha tenido que someterse a 10 cirugías reconstructivas, además de mantener tratamientos médicos derivados de las lesiones provocadas por el ataque, pero insiste en que su caso no es aislado y que la legislación debe convertirse en justicia efectiva para todas las víctimas.

En 24 estados se tipifica el delito de violencia ácida

El objetivo de la Ley Malena es reformar la Ley de acceso a las mujeres a una vida libre de violencia y el Código Penal para considerar la violencia ácida como tentativa de feminicidio y aplicar mayores penas para los agresores, que van de los 25 a los 40 años de prisión.

La Ley Malena considera no solo los ataques con ácido, sino también otros agentes químicos como cloro, gasolina, aceite caliente, alcohol y fertilizantes. Esta ley ha sido impulsada por María Elena Ríos junto con otras víctimas que la han respaldado, como Carmen Sánchez, Esmeralda Millán, Elisa Xolalpa, Ana Saldaña, María López, Leslie Moreno, Gloria Hernández y Yazmín Hernández, entre otras.

La mayoría de las entidades en México han reformado sus leyes para sancionar los ataques con ácidos y sustancias químicas, sumando 24 congresos locales, con el Estado de México y Chihuahua como los más recientes.

Además de las sanciones penales, obligan a las autoridades a brindar atención médica especializada, cirugías reconstructivas y rehabilitación psicológica gratuita a las víctimas.

La diputada Paola Jiménez Hernández. Foto: Congreso Edomex

El proceso para aprobar la Ley Malena ha requerido la presentación de iniciativas en varios congresos locales de México, lideradas por colectivos feministas y mujeres sobrevivientes de ataques con ácido. Diferentes estados han trabajado en ajustar sus legislaciones locales para incluir las disposiciones de esta ley, aunque el avance ha sido desigual. En algunos lugares, se han enfrentado a obstáculos y retrasos en su implementación.

En 2020, Oaxaca marcó un precedente al ser la primera entidad federativa de México en tipificar un delito específico para combatir la violencia ácida, conocido como “Alteraciones a la salud por razón de género”. Para este delito, en Oaxaca la ley establece sanciones que van desde los 20 hasta los 40 años de cárcel para los responsables de tales actos.

En diciembre de 2023, el Congreso de Oaxaca realizó un cambio significativo en la legislación estatal para combatir la violencia de género al modificar la Ley estatal de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia de género, para considerar los ataques con ácido como una forma de violencia física.

Puebla fue el primer estado en aprobar la Ley Malena al imponer, el 2 de marzo de 2023, de 25 a 40 años de prisión al reformar el Código Penal estatal y la Ley para el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia.

El Congreso del Estado de México es el más reciente en aprobar reformas definitivas para sancionar la violencia ácida o química. Se establecieron castigos que pueden alcanzar hasta los 36 años de prisión.

Esto ocurre cuando las agresiones con sustancias corrosivas o inflamables pongan en peligro la vida de la víctima y concurran agravantes, tales como que el agresor sea un servidor público o mantenga una relación afectiva, laboral, de parentesco o de cuidado con la mujer afectada.

El 8 de septiembre de 2026, el Congreso de Chihuahua aprobó por unanimidad la Ley Malena. Además de los 24 estados que cuentan con ella; faltan ocho por legislar: Durango, Zacatecas, Aguascalientes, Yucatán, Michoacán, Jalisco, Tlaxcala y Querétaro.

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