miércoles , 1 mayo 2024
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Fallo para familia homoparental, presión para Congreso yucateco

El abogado y activista de Indignación, Jorge Fernández Mendiburu, opinó que  cuando se trata de establecer criterios a favor de las personas del mismo sexo, Yucatán ha sido uno de los pioneros en México, sin embargo, llama la atención que la legislación local no esté garantizando los derechos de las familias homoparentales.

Un día después de que se diera a conocer el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a favor de una pareja de hombres para que puedan inscribir a su hijo en el Registro Civil con sus apellidos, Fernández Mendiburu, quien participó en el caso, aseguró que este servirá para que otras parejas conozcan la vía para acceder a este derecho.

“Esto es un mensaje claro para el Congreso del Estado que hasta ahora no ha hecho las modificaciones para garantizar los derechos de las parejas del mismo sexo”, apuntó.

Como se recordará, ayer la primera sala de la SCJN aprobó por unanimidad conceder un amparo a una pareja de hombres para que pudieran inscribir ante el Registro Civil de Yucatán al hijo que tuvieron mediante una técnica de fertilización in vitro y una gestación subrogada, luego que esta instancia se los negara en un principio.

Los argumentos del máximo tribunal de México radican en que cualquier persona tiene derecho a ser padre, independientemente de su orientación sexual, además de que garantiza que las parejas del mismo sexo puedan acceder a los adelantos tecnológicos para tener familia.

Respecto al tema, Fernández Mendiburu resaltó que también se determina que la filiación genética no va a la par con el derecho a ser padre, además de que en este caso se garantiza el derecho del menor a tener una identidad y una familia.

Sobre los antecedentes de este caso, Amelia Ojeda Sosa, coordinadora jurídica de UNASSE, quien también intervino en el caso, informó que el proceso tuvo una duración de unos dos años, luego del nacimiento del menor en 2015 y luego de que el registro declinara su inscripción.

Ante esto, la pareja presentó un amparo ante el juzgado quinto de distrito federal, instancia que tampoco les dio la razón, aunque sí determinó que el menor debía ser inscrito pero dejó a criterio del Registro Civil o la PRODEMEFA la manera en la que debía de hacerse.

“Al final, se toma el criterio del Registro Civil para inscribir al menor con el apellido del padre que aportó el esperma. Al no estar de acuerdo, la pareja  pide una revisión, la cual atrae a la SCJN”, agregó.

“En 2016, el niño fue inscrito provisionalmente con un apellido debido a que no se le pueden violentar sus derechos”, añadió.

Ambos abogados aseguraron que este es el único caso conocido de una pareja de hombres que buscaba formar una familia luego de casarse, pues hasta ahora no ha habido alguna otra que haya iniciado algún procedimiento similar.

Sin embargo, precisaron que en el caso de las mujeres existen unas quince parejas que han promovido amparos para el registro de sus hijos, aunque informaron que estos no han llegado a la Suprema Corte debido a que son los juzgados federales los que fallan a su favor.

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