martes , 30 abril 2024
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Emite CNDH Recomendación para evitar violencia obstétrica

 

En un documento, publicado ayer en el Diario Oficial de la Federación, la Comisión Nacional de Derechos Humanos participa la emisión de la recomendación 31/2017, dirigida a todas las autoridades de salud del país, para evitar la violencia obstétrica, explicando,  que a partir del 2015 la Comisión Nacional se pronunció respecto del tema de la Violencia Obstétrica, definiéndola como “una modalidad de la violencia institucional y de género, cometida por prestadores de servicios de la salud por una deshumanizada atención médica a las mujeres durante el embarazo, parto o puerperio que le genere una afectación física, psicológica o moral, que incluso puede llegar a provocar la pérdida de la vida de la mujer o, en su caso, del producto de la gestación o del recién nacido, derivado de la prestación de servicios médicos, abuso de medicación y patologización de procedimientos naturales, entre otros”.

Dicho documento contiene seis recomendaciones específicas y, la primera, pide que se diseñe y ponga en práctica una política pública de prevención de violaciones a los derechos humanos de las mujeres en ocasión del embarazo, el parto y el puerperio, centrada en el reconocimiento de la mujer como protagonista, en la relación materno-fetal.

Médicos especializados

La medida busca atender las perspectivas de derechos humanos y género, constituida por acciones de capacitación y sensibilización continua al personal de salud que presta sus servicios en la atención gineco-obstétrica, para contrarrestar prejuicios basados en la discriminación de las mujeres y para el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas, así como difundir información a las mujeres usuarias sobre sus derechos y cómo ejercerlos.

La segunda medida, plantea asumir los acuerdos necesarios sobre requerimientos técnicos, humanos y para una  programación adecuada  del presupuesto necesario, entre otros, que permitan ampliar y mejorar la infraestructura hospitalaria en la que se atiende a las mujeres en ocasión del embarazo, el parto y el puerperio, con prioridad en zonas alejadas y de marginación social;  es necesario que en los establecimientos en que se presten servicios de salud gineco-obstétricos y, principalmente en el área de urgencias, cuenten con médicos que atiendan en la forma adecuada a quienes solicitan el servicio.

La tercera solicita que se implemente el “Modelo de atención a las mujeres durante el embarazo, parto y puerperio con enfoque humanizado, intercultural y seguro” de la Secretaría de Salud, en las instituciones del Sistema Nacional de Salud, a fin de garantizar la disminución de la morbi-mortalidad materno-infantil, la atención médica calificada, digna, respetuosa y con perspectiva de género.

En su cuarta recomendación, el documento se refiere a implementar en las instituciones de salud a su cargo una campaña de promoción de los derechos humanos y salud reproductiva de las mujeres durante la atención del embarazo, el parto y el puerperio.

Usos y costumbres

La quinta propone implementar eficazmente las políticas públicas ya previstas en el orden jurídico nacional, relacionadas con la partería tradicional en México, y adoptar las medidas necesarias para fortalecer el proceso de vinculación de las parteras y parteros tradicionales al Sistema Nacional de Salud, creando un entorno jurídico e institucional que propicie el respeto y el ejercicio de dicha actividad, mediante el reconocimiento y la promoción de las aportaciones, práctica y desarrollo de la medicina tradicional indígena en condiciones adecuadas y garantizando que la capacitación técnica que reciban sea periódica, actualizada y además tome en cuenta sus usos y costumbres.

La sexta y última recomendación pide que se adopte lo necesario para asegurar que, en las distintas actividades que se realicen con motivo del desarrollo académico de médicos y/o especialistas, tales como congresos, simposios, foros, seminarios, coloquios, cursos, talleres, entre otras, se integre el estudio de la violencia obstétrica, tomando en cuenta el análisis realizado por esta Comisión Nacional en la presente Recomendación General.

Finalmente se puntualiza que la presente recomendación es de carácter general, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 102, apartado B, de la Constitución Política, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, misma que fue aprobada por el Consejo Consultivo de la Comisión en sesión ordinaria del pasado 10 de julio.

La disposición es de carácter público y se emite con el propósito de que se promuevan los cambios y modificaciones de disposiciones normativas y prácticas administrativas que constituyan o propicien violaciones a los derechos humanos.

 

 

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