viernes , 26 abril 2024
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Custodia a los abuelos

Rubén Osorio Paredes (*)

Publicado en Diario de Yucatán

Verónica y Luis tienen 20 años y ambos ya se han convertido en padres de un niño, viven juntos, se casan y sus respectivos progenitores les ponen un hogar para vivir mientras ambos continúan con sus estudios. Al poco tiempo, entre la falta de madurez propia de la edad, las dificultades evidentes de ambos para adquirir un empleo bien remunerado y la falta de sensibilidad como para darse cuenta de que su condición de jóvenes ha cambiado para convertirse en padres les lleva a un espiral de discusiones, agresiones mutuas y abuso de fiestas, alcohol y drogas en donde el principal afectado es como siempre: el niño, que desatendido por sus jóvenes e inmaduros progenitores queda indefenso ante este cúmulo de circunstancias desfavorables.

Ahora que los padres deciden divorciarse, tanto los abuelos maternos como paternos coinciden en que ninguno de los dos está ni emocional ni económicamente apto para cuidar diligentemente del infante.

La preocupación de los abuelos es fundada. Su intención es no desamparar a la criatura, proporcionarle y garantizarle techo, comida, educación y especialmente estabilidad. Pero… si los jovencitos son los legítimos padres y en consecuencia quienes tiene la custodia y patria potestad del menor… entonces, ¿qué se puede hacer si lo que se quiere es que los abuelos maternos se hagan cargo del niño sin deslindar de la responsabilidad a sus muy jóvenes padres de la obligación de proporcionar una pensión para su hijo? Sobre todo cuando después de conversar con los jóvenes, éstos están de acuerdo con que los abuelos maternos sean quienes tengan al menor cuidando de él.

En este caso, aun cuando se pueda pensar que lo mejor es obligar a un muy joven matrimonio a seguir casados, en ocasiones cuando ya se ha intentado todo es momento de pensar más en el bienestar del niño. Aun cuando eso signifique que el menor esté mejor con los abuelos que con sus propios padres.

¿Se puede ceder la custodia a los abuelos? En definitiva, siempre que exista un acuerdo de voluntades sí es posible redactar un convenio de divorcio voluntario en donde de mutuo acuerdo los progenitores acuerden que la custodia (es decir, con quién vivirá el menor) la tengan los abuelos, pero subsistiendo la obligatoriedad de proporcionar una pensión alimenticia por parte de ambos progenitores, la cual es irrenunciable y requisito esencial para que se apruebe dicho convenio, además de que para el caso el juez puede incluso mandar a pedir estudios socioeconómicos y/o psicológicos a los abuelos a fin de determinar si aquellos están aptos para tener la custodia y cuidado diligente del menor.— Mérida, Yucatán.

juridicofacil@hotmail.com

Rubén Osorio y Asociados

Instagram: ruben.osorio.82

Abogado. Titular del despacho Rubén Osorio & Asociados. Catedrático y conferencista

 

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