jueves , 2 mayo 2024
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Conmoción en las redes por maltrato animal en Yucatán

(ACOM).- Profundo descontento e indignación ha generado en redes sociales una fotografía en la que se aprecia a una perrita, de nombre Marina, con el hocico bañado en pegamento de contacto.

Recogida el pasado jueves por la rescatista independiente Connie Sosa, quien a su vez fue contactada por otra persona que la halló en la colonia Jesús Carranza, Marina presentaba quemaduras en gran parte de su cuerpo, provocadas por pegamento de contacto, mejor conocido como “Resistol 5000”.

Se le quemaron las orejas y la nariz, por dentro y por fuera. Además, quedó ciega porque el Resistol le fundió las córneas, explica Connie.

Desgraciadamente, Marina murió la noche del domingo. Su pequeño cuerpo, de apenas 800 gramos de peso y unos cuantos centímetros de longitud, no pudo soportar el intenso dolor que vivía minuto a minuto.

Julio Basulto Poot, veterinario de Connie, le explicó que era muy complicado que la cachorrita sobreviviese. Era la primera vez en 16 años de carrera profesional que él veía una situación así.

Entre el jueves y el domingo, nunca dejaron sola a Marina. Incluso, gestionaron medicamentos de uso humano para, al menos, aliviar el sufrimiento del can.

Aparte de las heridas ocasionadas por el pegamento, le rompieron las patas delanteras. Su salvadora la recibió envuelta en periódico dentro de una bolsa.

Fue hecho con saña, a Connie le queda claro.

Por lo pronto, el caso ha tomado relevancia internacional. Incluso, el actor y productor mexicano Raúl Julia-Levy publicó en su página de Facebook su molestia.

“Mi pregunta es qué mal hizo la pequeña Marina para merecer una muerte tan salvaje con tan solo meses de edad”, se puede leer.

“La fundación Raul Julia con sede en Malibú ofrece una recompensa a quien nos ayude con la denuncia ante el Ministerio Público de Mérida así como nos proporciones todos los datos del o los implicados”, agrega.

Cabe señalar que, de acuerdo con la fracción V del artículo 407 del Código Penal de Yucatán, comete el delito de maltrato animal quien intencionalmente realice un acto u omisión que ponga en peligro la vida del mismo.

Y, según el artículo 74 de la Ley de Protección de la Fauna del Estado, los violadores de la misma, podrán ser sancionados administrativamente por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente (Seduma) o los ayuntamientos de su competencia con arrestos de hasta 36 horas o multas de diez a cincuenta mil días de salario mínimo.

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