Betty Zanolli
Fuente: El Sol de México
- “En un estado verdaderamente libre,
el pensamiento y la palabra deben ser libres”.
Suetonio (Vida de Tiberio)
Dentro de la historia de la libertad de expresión en Occidente, México está actualmente enfrentando un asedio de enorme envergadura desde el seno del poder. Asedio que, de no ser conjurado por la ciudadanía, dará paso a la legalización y establecimiento de la oficial mordaza de la censura.
Tan es así que, a raíz de una de sus avanzadas -que se suma a la de la iniciativa de “regulación” de las plataformas electrónicas-, como lo fue la exhibición durante la “mañanera” de listas de “opositores”, comenzó a través de los medios -principalmente de las redes sociales- a hablarse de cómo el nazismo se caracterizó por elaborar y hacer públicas “listas” con los nombres de todos aquellos a quienes consideraba “opositores” al régimen.
Un caso ilustrativo fue Carmen Aristegui, quien ahondó al respecto citando diversos ejemplos de la historia reciente. Derivado de ello y siendo necesario comprender la gravedad de lo que significa e implica el acoso a la ciudadanía por parte del poder, procedo a profundizar en la historia con objeto de dimensionar las implicaciones que para una sociedad guarda todo acto oficial de estigmatización.
Las “listas” en la historia
Ente los primeros antecedentes de las “listas de enemigos” emerge Grecia que, en el periodo de los Treinta Tiranos (404-403 aC), atestiguó la práctica en Atenas de identificar nominalmente a quienes el poder consideraba sus enemigos, solo que en sentido contrario: quien no estaba incluido en la “Lista de los Tres Mil”, era un adversario.
Aunado a ella, coexistió el ostracismo, por el cual en fragmentos de cerámica (“óstraka”) se escribía el nombre de quien se deseaba desterrar, aunque no necesariamente ello implicara su muerte. Otro caso semejante ocurrió en 411 aC con el golpe oligárquico de los “Cuatrocientos”, quienes al impulsar la persecución de sus adversarios filodemócratas, establecieron la restricción de la ciudadanía a solo cinco mil personas cuyos nombres quedaban registrados.
Sin embargo, fue en la Roma republicana en la que dio inicio formalmente la concepción de instrumentar listas para identificar desde el poder a aquellos a los que éste consideraba sus enemigos, proscribiéndolos en su sentido originario, esto es “pro” “scribere”: escribiendo sus nombres ante los demás, públicamente. El más cruento ejemplo: el procónsul Lucio Cornelio Sila quien, al convertirse en dictador, hacia el año 82 aC implementó una brutal represión en contra de sus adversarios, en particular los seguidores de Mario. El mecanismo: inscribir el nombre de estos, sin juicio previo, respeto a garantía ni defensa jurídica alguna, en las listas de las “proscripciones públicas” que diariamente eran expuestas en el Foro para que todos los conocieran. La consecuencia: la muerte de más de mil 500 ciudadanos -entre ellos varias decenas de senadores- a los que se confiscaron sus bienes y destruyó a sus familias. ¿Qué hizo el Senado? Nada, como era de suponerse. Previamente, la mitad de sus curules había sido substituida por nuevos funcionarios cuya única “virtud” era su “lealtad” para con el dictador.
Luego de estas listas, en el año 43 aC, tras el atroz magnicidio de Julio César y con el pretexto de “vengar” su asesinato, el Segundo Triunvirato -integrado por Octaviano, Marco Antonio y Lépido- promovió “nuevas” proscripciones por las que fueron ejecutados ahora cerca de 300 senadores y más de dos mil ciudadanos romanos -principalmente caballeros (“equites”) cuyos bienes también confiscaron-, entre ellos Cicerón, a quien Marco Antonio consideraba uno de sus principales “enemigos políticos” y a quien ordenó decapitar y cortar sus manos “por haber sido éstas” las que habían escrito las “Filípicas” en su contra.
En los albores del Renacimiento, entre 1434 y 1464, a fin de depurar nominalmente a la ciudad de los enemigos a su régimen, Cosimo de’ Medici instrumenta en Florencia como vía de exclusión política la elaboración de una lista de proscripción de opositores, valiéndose para ello del Consejo de los “Ocho de Guardia” como instrumento político para enjuiciar y encarcelar sumariamente o desterrar a sus adversarios. Un siglo atrás, hacia 1321 en Inglaterra apareció el “bill of attainder” como mecanismo medieval de proscripción política. A través de él, el Parlamento británico declaraba a determinadas personas culpables por “attainder” (traición), ordenando la pérdida de derechos, bienes, títulos e incluso de su vida. Entre los casos más destacados figuran el “Great Act of Attainder” irlandés de 1689, que consignó los nombres de dos mil 470 personas consideradas desleales, traidoras y susceptibles de diversas puniciones, así como el “Attainder of Earl of Kellie and Others Act” de 1745 que integró una lista de nobles dirigentes jacobitas a los que se acusó de alta traición.
Medio siglo después será la Francia del Terror la que, entre 1793 y 1794, conozca de “nuevas listas” integradas con nombres de sospechosos políticos, contrarrevolucionarios y “enemigos” de la Revolución. Su funesto destino común: la guillotina. (Continuará)
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