Por:SemMéxico
- No es fracasar, es una forma de recuperar la libertad de decidir: Carmen Consolación González Loyola
- En 1915 se aprobó el divorcio, cien años después la SCJN sentó un precedente con el divorcio incausado
Elda Montiel
SemMéxico, Ciudad de México, 9 de enero 2025.- El divorcio en México es un derecho de las mexicanas a decidir su proyecto de vida desde que Venustiano Carranza promulgó la Ley del Divorcio el 2 de enero de 1915 y a partir del 2015 cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación sentó el precedente del divorcio incausado, mediante el cual basta la voluntad de un sólo cónyuge para disolver el matrimonio, sin necesidad de probar causas como infidelidad y abandono y no elimina obligaciones familiares como custodia o pensión alimenticia.
“Divorciarse no es fracasar para muchas mujeres, sigue siendo una forma de recuperar algo fundamental: la libertad de decidir sobre su propia vida”, considera María del Carmen Consolación González Loyola Pérez, abogada feminista, investigadora y política, ex regidora de Querétaro y exdiputada reconocida por la defensa de los derechos humanos de las mujeres y la erradicación de la violencia de género, principalmente en el estado de Querétaro.
Con el podcast, el número 100, Cuando el matrimonio dejó de ser para siempre, producido por la Organización Editorial Mexicana, Sara Lovera López junto con González Loyola Pérez abordaron el estigma social que, en tiempos de derechos de las mujeres, acompaña a las divorciadas, las que dan testimonio que cuando se vuelven a casar y enviudan entran a un estado de “purificación” social.
La abogada feminista señala que las mujeres se enfrentan a no saber cómo iniciar estos procesos por la falta de información, pero también le da gusto ver que cuando se les pregunta a mujeres jóvenes por sus proyectos de vida, ya no piensan en contraer matrimonio para toda la vida cómo se pensaba, con la idea del amor romántico, que prevalecía en la sociedad, sino que tienen otros proyectos profesionales en otros espacios.
Recuerda que hace tres décadas cuando tuvo la oportunidad de acompañar a mujeres en procesos de divorcio, más del 80 por ciento de las separaciones eran solicitadas por mujeres que acudían a la justicia para resolver conflictos al interior de las familias, entonces apenas se empezaba a manejar la violencia familiar.
Los principales obstáculos era tomar la decisión de separarse de su agresor porque dependían económicamente de él, y seguía ¿Cómo acudir a los juzgados? ya que se requiere acompañamiento jurídico.
Entonces el DIF estaba saturadísimo por estos casos y además tenían un criterio conservador. Además, estaba la amenaza constante de su agresor de quitarle a las o los hijos.
Otro componente es el estigma social que lo veía como un fracaso, dando menor valor a las mujeres divorciadas. Incluso son acosadas por el hecho de ser divorciadas. Actores políticos lo consideran como una acción que destruye un hogar.
También recuerdan que antes del fallo de la SCJN de 2015 del divorcio si la mujer no demostraba la causa por la que pedía el divorcio, tenía que regresar a cohabitar con el agresor. Entonces el divorcio causal era un verdadero martirio para las mujeres, era inconstitucional que el Estado obligara a dos personas a convivir en matrimonio.
Afirma la abogada que eso ya no existe gracias al movimiento feminista que en los últimos 25 años se ha movilizado para cambiar el aspecto judicial, y que se reconozca que existe la compensación cuando se han dedicado al cuidado de las hijas y los hijos.
El estado no puede intervenir en las decisiones del proyecto de proyecto de vida de las mujeres, además la ley del divorcio ha servido para otras libertades como el derecho a la identidad y el derecho al aborto legal.
“El hecho de que las mujeres hayamos avanzado en el reconocimiento de nuestro derecho no significa haya justicia, lo que sigue es que se aplique el derecho al divorcio. Señala que las mujeres entran al matrimonio pobres y salen más pobres por la carga de la crianza que recae en las mujeres. En los juicios de divorcio se discute la disolución matrimonial y las obligaciones, entre ellas el tema de la patria potestad, alimentos y convivencia.
Carmen Consolación González Loyola Pérez considera que en la convivencia con los hijos e hijas es donde los agresores ejercen violencia contra la mujer a través de estos.
A pesar de los obstáculos que enfrentan las mujeres divorciadas, ninguna se arrepiente, aunque tenga mayor responsabilidad con la crianza y carga del cuidado, para ellas lo importante es que nadie ejerce violencia contra ellas.
La reforma procesal del código familiar en México se materializó con la publicación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (CNPCF) el 7 de junio de 2023 en el Diario Oficial de la Federación, hace aproximadamente dos años. Este nuevo código busca unificar los procedimientos a nivel nacional e introduce cambios significativos.
Indica que sigue siendo difícil tomar la decisión de divorciarse y que las instituciones judiciales deberían difundir los procedimientos para que las mujeres ejerzan sus derechos con plenitud, ya es más fácil, incluso, hay procedimientos en línea en algunas entidades como en la Ciudad de México.
Tanto la titular del Podcast como la invitada destacaron las cifras del INEGI del 2024, las mujeres se divorcian a los 41.1 años y los hombres a los 43.6 años en promedio. Son 33 divorcios por cada 100 matrimonios. El divorcio incausado es el mecanismo más utilizado con 67.2 por ciento de los casos y el divorcio por mutuo consentimiento el 31.3 por ciento. Sin embargo, la vía de resolución es 89.6 por ciento judicial y 10.4 por ciento administrativo.
El Divorcio en México
El divorcio en México es la disolución legal del matrimonio, que puede tramitarse por vía judicial o administrativa (Registro Civil) y se clasifica principalmente en voluntario (mutuo acuerdo) e incausado (unilateral), siendo este último el más común por no requerir justificar la causa, solo la voluntad de uno de los cónyuges de terminarlo, mientras el voluntario requiere acuerdo para establecer temas como guarda y custodia, alimentos y bienes.
El 2 de enero de 1915, Venustiano Carranza, entonces presidente de México y líder de la Revolución mexicana, promulgó la Ley del Divorcio, con lo que autorizaba el divorcio vincular, es decir, el que rompe el vínculo matrimonial en vida de los esposos y deja en aptitud a los cónyuges para contraer nuevas nupcias, lo que trajo consigo cambios sociales notables en la sociedad mexicana pues modificó la idea del matrimonio definitivo.
En la elaboración de esta Ley participó la feminista Hermila Galindo, quien aseguraba que “La Ley del Divorcio, la más alta reforma social que pudo haberse operado entre las modernas nacionalidades, complemento necesario de los preceptos proclamados por los reformadores juaristas”.
Años atrás, durante el gobierno de Benito Juárez, las Leyes de Reforma redefinieron el rol del Estado en el matrimonio civil y en otros ámbitos que antes se percibían como exclusivos de la Iglesia.
Durante este tiempo, se permitió legalmente la separación de las parejas, pero no la disolución del vínculo matrimonial. Esta situación ocasionó que las personas separadas no pudieran casarse nuevamente, lo que aumentó las tasas de concubinato.
La Ley del Divorcio fue concebida como una manera de otorgarles libertad a las personas que quisieran terminar un matrimonio de manera definitiva; fue una respuesta progresiva a la necesidad de reconocer el derecho de las personas a decidir sobre su propia vida y bienestar; permitió que las personas atrapadas en matrimonios insatisfactorios o abusivos pudieran elegir el divorcio por mutuo consentimiento, y ofreció una opción para liberar a las mujeres de uniones no deseadas o dañinas, un hecho revolucionario en una sociedad profundamente arraigada en tradiciones conservadoras.*
*Con información de https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2024-12/FRN_ENE_02-2.pdf
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