El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Campeche (TEEC) declaró infundados los agravios de Luis Hernández García, dirigente estatal de Vanguardia Progresista (VP) del Partido de la Revolución Democrática (PRD), en contra de Ramón Ochoa Peña, a quien acusó de incurrir en actos adelantados de precampaña, y hacer promoción de su nombre e imagen en pintas de bardas en el municipio del Carmen.
En sesión pública, los magistrados Carlos Francisco Huitz Gutiérrez, Víctor Manuel Rivero Álvarez y Brenda Noemy Rodríguez Aké aprobaron por unanimidad el proyecto TEEC/PES/01/2018 derivado de un Procedimiento Especial Sancionador que declara infundados los agravios expuestos por García Hernández.
En el caso concreto, la litis se constriñó en determinar si los hechos denunciados constituían violación a la normativa electoral, consistentes en pintas de bardas, utilización de redes sociales y reuniones en colonias de la Isla para la promoción y difusión del nombre e imagen del virtual candidato de Morena, Ramón Ochoa Peña a la alcaldía del Carmen, antes de que partidos políticos pudieran realizar precampañas.
Se declaró infundados los agravios, porque si bien las pintas de bardas se localizaron el 19 de diciembre de 2017 cuando aún no iniciaban las precampañas electorales, estas no infringieron la ley, ya que no se llamó al voto, ofreció una oferta política o expuso plataforma electoral.
De igual forma, se señaló que el video en redes sociales y las fotografías aportadas como prueba por el denunciante, no se desprendió indicio alguno por el cual el denunciado, se estuviera promocionando como precandidato o candidato por su partido político.
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