sábado , 1 noviembre 2025

Suspensión de labores en bancos durante días santos; IMSS sólo atenderá urgencias y hospitalización

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Yucatán informa a la población derechohabiente, que el día jueves 29 y viernes 30 de marzo, correspondientes a la Semana Santa, continuarán otorgando servicios médicos en las áreas de Urgencias y Hospitalización, tanto en los hospitales como en Unidades de Medicina Familiar del Instituto.

El Seguro Social exhorta a las y los usuarios a acudir al área de Urgencias sólo ante una urgencia real, a las siguientes unidades:  la Unidad de Medicina Familiar (UMF) N. 13 (Chuburná), N. 20 (Caucel), N. 57 (La Ceiba), N. 58 (Calle 42 sur), N. 59 (Pacabtún), y  N. 60 (Juan Pablo II), durante las 24 horas del día.

También otorgarán servicio de Urgencias los Hospitales Generales de Sub-Zona N. 03 en Motul, N. 05 en Tizimín y N.. 46 en Umán; así como los Hospitales Generales Regionales N.1 “Lic. Ignacio García Téllez” y el N. 12 “Lic. Benito Juárez”, ambos en la ciudad de Mérida.

Únicamente no se otorgarán servicios administrativos en oficinas delegacionales, subdelegaciones, Centro de Seguridad Social (CSS) y guarderías del IMSS; así como consulta externa de hospitales y consultas con el médico familiar en las UMF.

Las oficinas administrativas y unidades médicas del IMSS Yucatán volverán a tener los servicios habituales a partir del lunes 2 de abril.

Derechohabientes y público en general pueden llamar sin costo al 01 800 623 23 23, de lunes a viernes, de  8:00 a 20:00 horas; sábados, domingos y días festivos de 8:00 a 14:00 horas, para cualquier duda o información con respecto a la atención en las unidades médicas y administrativas del IMSS.

Por su parte, la Asociación de Bancos de México recuerda que en estos días inhábiles los clientes tienen a su disposición los 365 días del año los servicios de Banca por teléfono, Banca por internet y una red de más de 50 mil cajeros automáticos.

Además de que la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros establece que, en caso de que la fecha límite de un pago corresponda a un día inhábil, el pago podrá efectuarse al día hábil siguiente.

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