martes , 16 septiembre 2025
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Reclasifican el delito y rebajan condena a mujer sentenciada a 20 años

 

Celia García Reyes, acusada de dar muerte a puñaladas a su esposo, de quien sufría constantes violencia y malos tratos, y fuese sentenciada a 20 años de prisión a ser acusada del delito de homicidio calificado; se reclasificó el delito y ahora se le califica como homicidio simple, lo que ha hecho a Magistrados del Tribunal de Justicia modificar la condena y reducirla a 10 años.

Los  Magistrados del Tribunal Colegiado del Décimo Cuarto Circuito ordenaron la reposición de pruebas en un caso de homicidio calificado, donde una mujer acusada de asesinar a puñaladas a su marido en Kanasín fue sentenciada a compurgar una condena de 20 años de prisión y que ahora ve reducida su sentencia a sólo 10 años, al resolver en su favor los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia, el recurso de casación.

En el amparo promovido por la defensa de la campechana Celia García Reyes, de 27 años de edad, se detectó que durante el juicio oral no se desahogaron ciertas pruebas ofrecidas en su favor, como el hecho de que el marido acostumbraba golpear a la mujer, sobre todo cuando se encontraba alcoholizado.

Ante las fallas detectadas en el amparo, los Magistrados del Tribunal Colegiado ordenaron la reposición de las pruebas, que estuvo a cargo de los Jueces Fabiola Zurita Rodríguez, Socorro Tamayo Aranda y Nidia Celis Fuentes, integrantes del Primer Tribunal de Juicio Oral del Poder Judicial, para subsanar y desahogar las pruebas que no se contemplaron durante el juicio que se le instruyó a la joven homicida.

Los integrantes del Tribunal de Enjuiciamiento, luego del desahogo de las pruebas por el asesinato del esposo de la sentenciada, José López Zavala, registrado el 9 de marzo del 2013, en el predio número 465 de la calle 64-A entre la 73 y 75 en la colonia El Cerrito de Mulchechén, confirmaron la penalidad impuesta de 20 años de cárcel.

En esa fecha la mujer y su marido discutieron y  tras la discusión el tipo la golpeó, entonces ella agarró un cuchillo cebollero y se lo clavó en el abdomen; López Zavala, al sentirse herido salió a la calle, donde fue perseguido por la mujer, quien lo remató de 9 puñaladas, una de ellas le perforó el corazón.

Durante dos semanas se desahogaron pruebas periciales y testimoniales y finalmente los Jueces emitieron su veredicto y lo confirmaron, culpable de homicidio calificado, la defensa argumentaba la riña y el exceso de la defensa.

Entonces los abogados Jorge Valencia y José Gastón Vergara Alamilla, defensores de la mujer, presentaron el recurso de casación y se argumentó el Síndrome de “Mujer Maltratada”.

Al practicarse las valoraciones demandadas por los defensores se determinó que efectivamente la sentenciada presenta dichos síntomas y retraso mental leve, por lo que por unanimidad de votos los Magistrados de la Primera Sala Colegiada del Sistema de Justicia Penal, Acusatorio y de Ejecución de Sanciones y Medidas de Seguridad del Tribunal Superior de Justicia, Ligia Aurora Cortés Ortega, Luis Felipe Esperón Villanueva y Ricardo Avila Heredia, modificaron la sentencia de homicidio calificado por el de homicidio simple y le impusieron una sanción penal de 10 años y al pago de un millón 231 mil pesos por concepto de reparación del daño.

 

 

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