miércoles , 8 octubre 2025
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Inmunidad no es impunidad

Dulce María Sauri Riancho*

Fuente: Diario de Yucatán

“La inmunidad parlamentaria no es una gracia al individuo, sino una garantía de la independencia del poder”.— Ignacio L. Vallarta.

En México, pocas palabras despiertan tanto enojo ciudadano como “fuero”. Para numeros@s ciudadan@s significa impunidad garantizada, privilegio y abuso. La presidenta Sheinbaum lo sabe. Por eso, recientemente hizo la propuesta para eliminarlo.

El fuero constitucional nació para impedir que el poder avasallara a sus opositores. Es una de las instituciones que envejecieron mal porque los políticos la deformaron y la opinión pública la condenó sin matices. En este tiempo de destrucción irreflexiva, conviene desmontar, uno por uno, los mitos que han hecho del fuero una mala palabra.

El juicio político y el juicio de procedencia no son lo mismo. El primero, busca destituir e inhabilitar a una persona servidora pública por violar la Constitución o actuar contra el interés público. No hay cárcel, pero se pierde el cargo. La Cámara de Diputados acusa y el Senado sentencia. El juicio de procedencia, en cambio, es penal. Sirve para que un juez pueda proceder contra una persona que tiene fuero. La Cámara de Diputados decide si levanta la inmunidad y, si lo hace, el funcionario queda a disposición de las autoridades judiciales. Dicho en breve: en el juicio político se pierde el empleo; en el juicio de procedencia, la libertad.

Mito 1. El fuero es un escudo de impunidad que protege a las y los legisladores.

No. El fuero no es un chaleco antibalas ni una coraza para solapar vicios y corruptelas de las y los servidores públicos. Es una protección funcional y temporal para garantizar que las y los legisladores, los integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las cabezas de los órganos constitucionales autónomos, como el Banco de México y el Inegi, gobernadores de los estados y la misma presidenta de la república, puedan desempeñar su encargo sin la amenaza de ser detenidos bajo cualquier pretexto legal.

Pero la Constitución es muy clara: solo protege en materia penal o en su gestión administrativa; sólo lo hace durante el tiempo que la persona ocupa el cargo. En todo lo demás —civil, administrativo, laboral— las y los funcionarios deben responder como cualquier ciudadano. Si un diputado, por ejemplo, deja de pagar su tarjeta de crédito o una senadora pierde un juicio laboral emprendido por su trabajadora doméstica, no hay fuero que valga: pagan. Lo único que salvaguarda el fuero es la libertad para ejercer un encargo sin la sombra del encarcelamiento.

Mito 2. Levantar el fuero es casi imposible.

No es cierto. El llamado “levantamiento del fuero” tiene un procedimiento perfectamente regulado. Cualquier persona o fiscalía puede presentar una denuncia ante la Cámara de Diputados, que turna el caso a la Sección Instructora —un pequeño grupo de cuatro legisladores de distintos partidos. Esta instancia analiza pruebas, escucha a las partes y elabora un dictamen. El Pleno de la Cámara de Diputados decide por mayoría absoluta (50 por ciento+1 de los presentes) si retira o no la inmunidad. Sin embargo, el problema no es la ausencia de procedimiento, sino las consideraciones políticas.

En la actual legislatura, dominada ampliamente por Morena, la Cámara de Diputados no ha resuelto ninguno de los expedientes que acumula. ¡Qué diferencia con la legislatura 2018-2021! La Sección Instructora de entonces resolvió polémicos casos como los de dos diputados de Morena acusados, uno de homicidio imprudencial en un accidente de tránsito; otro, de violación de un menor de edad. Resolvió también el expediente de un diputado del PT, señalado por enriquecimiento ilícito; el del gobernador de Tamaulipas, acusado de fraude fiscal y el del fiscal de Morelos, presunto responsable de encubrimiento de un feminicidio. Después, vino la parálisis. Desde septiembre de 2021 la Sección Instructora no ha resuelto un solo caso. En la anterior legislatura, el pretexto era el empate entre Morena y la oposición. En la actual, quién sabe. Ni siquiera el expediente de Alejando Morena Cárdenas, exgobernador de Campeche cuya solicitud de desafuero data de 2022, ha recibido atención. ¿Complicado el procedimiento? No. ¿Conveniente dejarlo “congelado”? Sí….hasta ahora.

Mito 3. Quitar el fuero permitiría castigar más rápido la corrupción.

Otro espejismo. Eliminar el fuero no resolvería la lentitud ni la selectividad de la justicia. Lo que sí haría sería abrir la puerta a la persecución política. Bastaría una denuncia fabricada para en carcelar a un adversario. En un país donde las fiscalías siguen dependiendo del poder político en turno, el fuero es —todavía— un mínimo dique frente al autoritarismo.

Mito 4. Todos los altos servidores públicos están sujetos a las mismas reglas en relación al fuero.

Nada más falso. La presidenta de la república sigue teniendo un régimen especial, aunque en 2021 su antecesor celebró ruidosamente que “se eliminaba el fuero presidencial”. La Constitución dice que puede ser juzgado por “traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano o ciudadana”. Muy igual, pero con una enorme diferencia: solo se le puede acusar ante el Senado, que actúa como fiscal y juez. Y se requiere mayoría calificada para condenarlo/a. Los demás servidores públicos, pasan por la Cámara de Diputados y la Sección Instructora. En resumen: el fuero se democratizó,…excepto para quien más poder tiene.

Hay noches que explican por sí solas por qué el fuero debe existir. Por ejemplo, la noche en que el Senado aprobó la reforma judicial, Morena y sus aliados no alcanzaban la mayoría calificada. Un senador de MC no pudo ser detenido por su fuero, pero su padre sí. El senador Yunes fue presionado; lo doblaron, pero no lo encarcelaron. ¿Qué habría pasado si los senadores de oposición no hubieran tenido fuero? ¿Cuántas órdenes de aprehensión improvisadas se hubieran expedido?

El fuero protege la independencia legislativa, pero también encubre, cuando conviene, a quienes abusan del poder. ¿Creen ustedes, amig@s lector@s, que sin la existencia del fuero ya hubieran procesado al gobernador de Sinaloa o al coordinador de Morena en el Senado? Las investigaciones sobre los sonados actos de uno y otro no han llegado a la Cámara de Diputados, quizá nunca lo harán. El problema no es la existencia del fuero, es su uso selectivo.

¿Qué se puede hacer? Primero, lo obvio: hacer que funcione lo que ya existe. Significa agilizar la actividad de la Sección Instructora, liberar sus decisiones de cálculos partidistas y tramitar los expedientes conforme a la Constitución y la Ley.

No se necesita otra reforma constitucional, ni otro discurso moralista desde el poder, sino voluntad política. Y en el mejor de los casos —¡oh, ilusa de mí!— un compromiso real con la legalidad. Que se agilice el procedimiento para quitar la inmunidad, que se someta a los presuntos responsables a la acción de la justicia. Pero es indispensable mantener la protección constitucional frente al poder, para la oposición e incluso, para los propios funcionarios oficialistas. No sea que un día a ellos también los alcance el tentáculo de la venganza.— Mérida, Yucatán

dulcesauri@gmail.com

*Licenciada en Sociología con doctorado en Historia. Ex gobernadora de Yucatán

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