Gran polémica ha provocado la Juez Elsy del Carmen Villanueva Segura, al Reclasificar el delito de FEMINICIDIO por el de Homicidio Calificado en el caso de NORMA YOLANDA; aun cuando la Fiscalía del Estado aplicó correctamente el Protocolo de Investigación para Feminicidio y vinculó la carpeta con esta clasificación del delito.
Lo que se hace evidente es que, entre las y los JUZGADORES, siguen aplicándose prejuicios y opiniones sesgas respecto a JUZGAR CON PERSPECTIVA DE GÉNERO.
Es obvio que una de las graves carencias en el Poder Judicial de Yucatán es la falta de capacitación y de sensibilidad para juzgar con Perspectiva de Género.
La Juez de Control, Elsy del Carmen Villanueva Segura, resolvió vincular a proceso por homicidio calificado a Lizbeth O.C., de 32 años, y a su cómplice Jesús G.Q.V. por el asesinato de una mujer en una vivienda de Villas Oriente Kanasín, el pasado 25 de agosto.
De esta manera la juez reclasificó el delito de feminicidio que solicitó la Fiscalía en la audiencia de imputación y también desestimó la calificación de robo y ninguno fue vinculado a proceso por este delito, no obstante que la Fiscalía General del Estado (FGE), los acusó por comisión de los delitos de feminicidio y robo calificado de objetos pertenecientes a la víctima.
De acuerdo con las investigaciones, se dejó en claro que Lizbeth O.C. planeó el asesinato de su madrastra Norma Yolanda A.V. y su cómplice, Jesús G.Q.V., se encargó de ejecutar el crimen por encargo de la primera, quien le pagó cuatro mil pesos para ejecutar el crimen.
En audiencia celebrada este día la juez explicó a las partes que de los antecedentes de la investigación expuestos por los fiscales, se desprendieron datos de prueba que configuran el delito de homicidio calificado.
Tampoco hubo algún dato objetivo que relacionara sentimentalmente al hoy imputado con la víctima. Por el contrario, los datos apuntan a que el hoy imputado sólo la había visitado anteriormente en una ocasión para venderle pescado.
En cuanto al delito de robo, la juez determinó la no vinculación de ambas personas, ya que en la audiencia no se mencionaron datos de prueba que acreditaran a quién o a quiénes pertenecían los objetos que fueron sacados del predio.
La Juez de Control Villanueva Segura impuso a las dos personas la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa y otorgó al Ministerio Público el plazo de tres meses para concluir con su investigación complementaria, con fecha de vencimiento para el 4 de diciembre de 2020.
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