{"id":95624,"date":"2019-08-12T11:55:57","date_gmt":"2019-08-12T16:55:57","guid":{"rendered":"http:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/?p=95624"},"modified":"2019-08-12T11:56:11","modified_gmt":"2019-08-12T16:56:11","slug":"homun-y-la-scjn","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/homun-y-la-scjn\/","title":{"rendered":"Hom\u00fan y la SCJN"},"content":{"rendered":"\n<p>Mirada antropol\u00f3gica<\/p>\n\n\n\n<p>Rodrigo Llanes Salazar (*)<\/p>\n\n\n\n<p>Publicado en Diario de Yucat\u00e1n<\/p>\n\n\n\n<p>Pocos casos relacionados con el medio ambiente y las\ncomunidades ind\u00edgenas han preocupado tanto a la ciudadan\u00eda yucateca como el de\nHom\u00fan.<\/p>\n\n\n\n<p>Como ha sido documentado ampliamente por los medios de\ncomunicaci\u00f3n, en el municipio de Hom\u00fan, ubicado en la reserva estatal \u201cAnillo\nde los Cenotes\u201d, que se caracteriza por la extrema vulnerabilidad de su suelo a\nla contaminaci\u00f3n del agua, se planea construir una granja porc\u00edcola de 49,000\ncerdos al a\u00f1o.<\/p>\n\n\n\n<p>La granja ha provocado la respuesta de pobladores locales\npreocupados por la contaminaci\u00f3n del agua, el da\u00f1o al medio ambiente sano, la\nafectaci\u00f3n al ecoturismo en los cenotes, as\u00ed como por las violaciones a\nderechos humanos de pueblos ind\u00edgenas, como a la libre determinaci\u00f3n \u2014esto es,\nel derecho de la comunidad a decidir su propio modelo de desarrollo\u2014 y a la\nconsulta previa, libre e informada, ya que ning\u00fan permiso para la granja fue\nconsultado con la comunidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Como tambi\u00e9n se ha informado, la organizaci\u00f3n Ka\u2019anan\nTs\u2019onot \u2014los Guardianes de los Cenotes\u2014 y Equipo Indignaci\u00f3n han iniciado\nvarios juicios contra la construcci\u00f3n de la granja y por la violaci\u00f3n de\nderechos humanos cometidos por las autoridades. Entre los resultados de estos\njuicios se encuentran las suspensiones provisionales de la construcci\u00f3n de la\ngranja y de la autorizaci\u00f3n de la Manifestaci\u00f3n de Impacto Ambiental, una\nevaluaci\u00f3n obligatoria para construir proyectos de esta naturaleza.<\/p>\n\n\n\n<p>Ahora, el caso de Hom\u00fan adquiere una importancia a\u00fan mayor,\npues como informaron Indignaci\u00f3n, Ka\u2019anan Ts\u2019onot y representantes de la\ninfancia de Hom\u00fan en un comunicado conjunto, el pasado 7 de agosto los\nministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n\nvotaron a favor de atraer uno de los juicios sobre Hom\u00fan.<\/p>\n\n\n\n<p>En el comunicado leemos: \u201cuno de los ministros de la Suprema\nCorte hizo suya la petici\u00f3n y puso a consideraci\u00f3n del pleno la posibilidad de\natraer este caso por la importancia que reviste en s\u00ed mismo un juicio en el que\nse pone en riesgo el medio ambiente en un pueblo maya y en una zona de tan\nextrema vulnerabilidad como lo es el anillo de los cenotes, adem\u00e1s de la\ntrascendencia del caso por el impacto que tendr\u00e1 en decisiones futuras y por la\nrelevancia que reviste al tratarse de un tema que involucra los derechos de los\npueblos originarios en el contexto de megaproyectos y el derecho a la consulta\ny a la libre determinaci\u00f3n, temas novedosos y de gran relevancia nacional\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>El hecho de que la Suprema Corte atraiga el caso de Hom\u00fan es\nde suma importancia, ya que, de acuerdo con el comunicado, \u201cla Primera Sala\nconsider\u00f3 que este caso representa una oportunidad para desarrollar est\u00e1ndares\ny par\u00e1metros en torno a las medidas cautelares y otorgamiento de suspensiones\nen materia del derecho a un medio ambiente sano y que representa un inter\u00e9s\nespecial la medida suspensional ya que no solo pretende mantener viva la\nmateria del juicio, sino evitar da\u00f1os al medio ambiente que podr\u00edan ser\nirreparables as\u00ed como preservar la vida, la salud y otros derechos de los\nquejosos\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Para apreciar la importancia de este suceso, tomemos en\ncuenta los siguientes elementos. Primero, recordemos el caso Tajamar. En enero\nde 2016, Fonatur orden\u00f3 la entrada de maquinaria al Malec\u00f3n Tajamar en Quintana\nRoo con el objetivo de construir un centro comercial y condominios en el\nmanglar de la zona. Como resultado, fueron destruidas 57 hect\u00e1reas de manglar,\nevento que muchos analistas calificaron como grave ecocidio.<\/p>\n\n\n\n<p>Desde antes de la destrucci\u00f3n del manglar, un grupo de 133\nni\u00f1os y sus representantes legales hab\u00edan presentado un amparo contra la\nManifestaci\u00f3n de Impacto Ambiental del proyecto, pero un juzgado en Canc\u00fan les\nneg\u00f3 el amparo argumentando que los ni\u00f1os no ten\u00edan un \u201cinter\u00e9s leg\u00edtimo\u201d. En\nmayo de 2017, la Suprema Corte decidi\u00f3 atraer el caso de Tajamar. Para uno de\nlos abogados del caso, esta decisi\u00f3n podr\u00eda sentar \u201cun precedente a nivel\nnacional\u201d, ya que \u201cla Corte podr\u00eda obligar a las autoridades municipales,\nestatales y federales para que en todo proyecto de urbanizaci\u00f3n se respete el\nderecho humano de todos a contar con un ambiente sano\u201d (\u201csinembargo.mx\u201d,\n31-5-17).<\/p>\n\n\n\n<p>Un a\u00f1o despu\u00e9s, en su sentencia sobre el caso Malec\u00f3n\nTajamar, la Suprema Corte resolvi\u00f3 a favor de los ni\u00f1os: reconoci\u00f3 el inter\u00e9s\nleg\u00edtimo de los ni\u00f1os y su derecho a un medio ambiente sano.<\/p>\n\n\n\n<p>Por otro lado, recordemos el caso de la soya gen\u00e9ticamente\nmodificada en la Pen\u00ednsula de Yucat\u00e1n. De acuerdo con apicultores, organizaciones\nde la sociedad civil y diversos cient\u00edficos, la siembra comercial de soya\ntransg\u00e9nica en la Pen\u00ednsula ha afectado a la apicultura, conlleva problemas\ncomo deforestaci\u00f3n y contaminaci\u00f3n del agua (por el uso intensivo de\nplaguicidas), problemas que se traducen en violaciones de derechos a la salud y\na un medio ambiente sano.<\/p>\n\n\n\n<p>El caso de la soya transg\u00e9nica tambi\u00e9n lleg\u00f3 hasta la\nSuprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n, en noviembre de 2015. En ese momento,\nla Segunda Sala de la Corte orden\u00f3 la suspensi\u00f3n temporal del permiso de\nsiembra comercial de soya hasta que el Estado mexicano realizara una consulta\nprevia, libre e informada a las comunidades mayas afectadas, decisi\u00f3n que se\nconsider\u00f3 una victoria legal para los apicultores mayas. Sin embargo, la\nSuprema Corte no entr\u00f3 a la discusi\u00f3n sobre la violaci\u00f3n del derecho a un medio\nambiente sano ni a la aplicaci\u00f3n del principio precautorio.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00bfQu\u00e9 es el principio precautorio? En la tesis \u201cPrincipio de\nprecauci\u00f3n de derecho ambiental. Su fundamento en las obligaciones de\nprotecci\u00f3n y garant\u00eda del derecho humano a un medio ambiente sano para el\ndesarrollo y bienestar de las personas y elementos que le son propios\u201d, la\nSuprema Corte estableci\u00f3 que \u201ccuando haya peligro de da\u00f1o grave o irreversible\nal medio ambiente, la falta de certeza cient\u00edfica absoluta no deber\u00e1 utilizarse\ncomo raz\u00f3n para postergar la adopci\u00f3n de medidas eficaces (de acci\u00f3n o\nabstenci\u00f3n) en funci\u00f3n de los costos, para impedir la degradaci\u00f3n de aqu\u00e9l\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, cabe destacar que en la sentencia del Amparo en\nrevisi\u00f3n 307\/2016, sobre el caso de la Laguna del Carpintero, en Tamaulipas, la\nPrimera Sala estableci\u00f3 que \u201cla especial configuraci\u00f3n del derecho ambiental\nexige un cambio en la l\u00f3gica jur\u00eddica caracterizado, principalmente, por la\nflexibilizaci\u00f3n de diversas instituciones del derecho procesal. La\njusticiabilidad del derecho humano al medio ambiente no puede desarrollarse a\npartir de los modelos \u2018cl\u00e1sicos\u2019 o \u2018tradicionales\u2019 de impartici\u00f3n de justicia,\npues en la mayor\u00eda de las ocasiones \u00e9stos resultan insuficientes y poco id\u00f3neos\npara tal fin\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Por lo tanto, establece la Primera Sala de la Corte, \u201cEl rol\njuez de amparo en juicios que involucren el derecho humano al medio ambiente\ndebe evolucionar con el objeto de encontrar una respuesta m\u00e1s \u00e1gil, adecuada y\neficaz para protegerlo\u201d. Reconociendo la situaci\u00f3n de desigualdad entre la\nautoridad responsable del proyecto y los ciudadanos afectados, la Primera Sala\nreconoce que la carga probatoria debe hacerse conforme al principio de\nprecauci\u00f3n y el juez debe tener un papel activo para allegarse de los medios de\nprueba necesarios.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, la Corte Interamericana de Derechos Humanos\nestableci\u00f3 en su Opini\u00f3n consultiva 23\/17 sobre \u201cMedio ambiente y derechos\nhumanos\u201d determin\u00f3 que los Estados deben \u201cprevenir los da\u00f1os ambientales\nsignificativos, dentro o fuera de su territorio\u201d, as\u00ed como \u201cactuar conforme al\nprincipio de precauci\u00f3n frente a posibles da\u00f1os graves o irreversibles al medio\nambiente, que afecten los derechos a la vida y a la integridad persona, a\u00fan en\nausencia de certeza cient\u00edfica\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Dicho en otras palabras, la atracci\u00f3n del caso de Hom\u00fan por\nparte de la Suprema Corte es muy importante porque, primero, es una valiosa\noportunidad para sentar precedentes sobre el principio precautorio y la\nsuspensi\u00f3n de proyectos para proteger el derecho a un medio ambiente sano.\nSegundo, porque muestra la importancia del caso de Hom\u00fan y que \u00e9ste no se trata\nde un caso aislado: se estima que existen alrededor de 150 granjas porc\u00edcolas\nen Yucat\u00e1n. Despu\u00e9s de Hom\u00fan, otras comunidades, como Kinchil y San Antonio\nChel, han denunciado los riesgos de contaminaci\u00f3n del agua por granjas. De\nacuerdo con la Secretar\u00eda de Desarrollo Sustentable, el 60% de los 2,241\ncenotes registrados en el estado se encuentran con problemas de contaminaci\u00f3n\n(D. de Y., 22-7-19). Y, seg\u00fan un estudio reciente, hacia 2040 los niveles de\nestr\u00e9s h\u00eddrico de la Pen\u00ednsula de Yucat\u00e1n ser\u00e1n extremos, es decir, que\nestaremos usando pr\u00e1cticamente toda el agua disponible en la regi\u00f3n (\u201cThe New\nYork Times\u201d, 8-8-19).<\/p>\n\n\n\n<p>Proteger el agua de la Pen\u00ednsula es fundamental para la salud\nde todos los seres vivos de la regi\u00f3n. Ahora, gracias a la lucha de Ka\u2019anan\nTs\u2019onot e Indignaci\u00f3n, la Suprema Corte tiene una oportunidad para proteger el\nderecho a un medio ambiente sano en Yucat\u00e1n. Que as\u00ed sea.\u2014 M\u00e9rida, Yucat\u00e1n.<\/p>\n\n\n\n<p>rodrigo.llanes.s@gmail.com<\/p>\n\n\n\n<p>Investigador del Cephcis-UNAM<\/p>\n<div class='share-to-whatsapp-wrapper'><div class='share-on-whsp'>Share on: <\/div><a data-text='Hom\u00fan y la SCJN' data-link='https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/homun-y-la-scjn\/' class='whatsapp-button whatsapp-share'>WhatsApp<\/a><div class='clear '><\/div><\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Mirada antropol\u00f3gica Rodrigo Llanes Salazar (*) Publicado en Diario de Yucat\u00e1n Pocos casos relacionados con el medio ambiente y las comunidades ind\u00edgenas han preocupado tanto a la ciudadan\u00eda yucateca como el de Hom\u00fan. 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