{"id":94242,"date":"2019-07-31T10:51:51","date_gmt":"2019-07-31T15:51:51","guid":{"rendered":"http:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/?p=94242"},"modified":"2019-07-31T10:52:00","modified_gmt":"2019-07-31T15:52:00","slug":"dulce-maria-sauri-riancho-peligros-de-nueva-ley","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/dulce-maria-sauri-riancho-peligros-de-nueva-ley\/","title":{"rendered":"Dulce Mar\u00eda Sauri Riancho: Peligros de nueva ley"},"content":{"rendered":"\n<p>\u00bfExtinci\u00f3n o expropiaci\u00f3n?<\/p>\n\n\n\n<p>Dulce Mar\u00eda Sauri Riancho (*)<\/p>\n\n\n\n<p>Publico en Diario de Yucat\u00e1n<\/p>\n\n\n\n<p>El jueves pasado culmin\u00f3 la aprobaci\u00f3n de la ley\nreglamentaria del art\u00edculo 22 constitucional en materia de extinci\u00f3n de\ndominio.<\/p>\n\n\n\n<p>Cubierta con el escudo protector del combate al crimen\norganizado, esta legislaci\u00f3n pretende dar respuesta a una de las m\u00e1s sentidas\ndemandas de la sociedad, como es acabar con la corrupci\u00f3n y los delincuentes de\naltos vuelos, peg\u00e1ndoles donde m\u00e1s les duele, que es en sus finanzas y en sus\nbienes.<\/p>\n\n\n\n<p>Hasta aqu\u00ed, todos de acuerdo. Sin embargo, esta pieza\nlegislativa rebasa la intenci\u00f3n original, dirigida al combate del crimen\ntransnacional.<\/p>\n\n\n\n<p>M\u00e1s bien deber\u00eda llamarla \u201cNueva Ley de Expropiaci\u00f3n\u201d, pues\ncoloca a millones de personas y a sus bienes como potencialmente sujetos a\nperderlos en favor del Estado. \u00bfC\u00f3mo llegamos a esta situaci\u00f3n, sin que\npr\u00e1cticamente nadie haya alertado el peligro que representa?<\/p>\n\n\n\n<p>Hagamos una breve historia. En el a\u00f1o 2000, la ONU reuni\u00f3 en\nPalermo a la comunidad internacional para una convenci\u00f3n dirigida a combatir a\nla delincuencia organizada de car\u00e1cter transnacional, es decir, que trasciende\nfronteras y pa\u00edses.<\/p>\n\n\n\n<p>La cooperaci\u00f3n internacional qued\u00f3 concentrada en cuatro\ndelitos de alto impacto: delincuencia organizada, lavado de dinero, corrupci\u00f3n,\ntrata de personas y el encubrimiento de cualquiera de \u00e9stos.<\/p>\n\n\n\n<p>Para cumplir el compromiso con la ONU, M\u00e9xico realiz\u00f3 su primera\nreforma constitucional en 2008 y, en 2011, aprob\u00f3 la primera ley reglamentaria\nen materia de extinci\u00f3n de dominio. Lo mismo ocurri\u00f3 en varios estados de la\nRep\u00fablica, cuyos congresos formularon sendos ordenamientos.<\/p>\n\n\n\n<p>El nuevo marco legislativo no funcion\u00f3 de acuerdo con las\nexpectativas, pues los procedimientos para privar a los delincuentes de sus\nbienes y su dinero se consideraron complicados y tardados. La raz\u00f3n estaba en\nque no pod\u00edan perder propiedades mientras no existiese sentencia definitiva de\nun juez, considerando culpables a los imputados.<\/p>\n\n\n\n<p>Entonces empez\u00f3 a revisarse la experiencia de algunos pa\u00edses\nlatinoamericanos, en especial Colombia, que hab\u00edan obtenido buenos resultados a\npartir de dividir los procesos: por una parte, el penal y, por separado, el\ncivil, que se desahogaban de manera independiente.<\/p>\n\n\n\n<p>El gran cambio se dio en diciembre pasado, en el aluvi\u00f3n de\nreformas constitucionales y de nuevas leyes que el gobierno entrante comenz\u00f3 a\nimpulsar. No es excusa, pero s\u00ed explicaci\u00f3n de c\u00f3mo fue que esta important\u00edsima\nlegislaci\u00f3n pas\u00f3 \u201cde noche\u201d en la C\u00e1mara de Diputados, donde fue votada casi\npor unanimidad.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00bfQu\u00e9 pas\u00f3? Ya no fueron solamente los cuatro tipos\ndelictivos de alto impacto adoptados en la Convenci\u00f3n de Palermo, sino que la\nlista aument\u00f3 desproporcionadamente. Dice la Ley, en su art\u00edculo 1\u00ba, que son\n\u201chechos susceptibles de la extinci\u00f3n de dominio\u201d: delincuencia organizada,\nsecuestro, delitos en materia de hidrocarburos (huachicoleo), trata de\npersonas, delitos contra la salud, corrupci\u00f3n, encubrimiento, delitos cometidos\npor servidores p\u00fablicos, robo de veh\u00edculos, recursos de procedencia il\u00edcita,\nextorsi\u00f3n\u201d. Las distintas modalidades del C\u00f3digo Penal para cada uno de los\ndiez hechos enlistados, engrosa el n\u00famero de supuestos delitos, m\u00e1s de 230.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta \u201cexplosi\u00f3n\u201d hace relativamente sencillo, para el\nministerio p\u00fablico, comenzar una investigaci\u00f3n cuando existe \u201calg\u00fan\u201d indicio de\nque una persona cometi\u00f3 un delito de este tipo, hasta culminar con la\napropiaci\u00f3n de sus bienes por el Estado.<\/p>\n\n\n\n<p>Hago un breve comentario sobre los cambios m\u00e1s preocupantes.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cPresunci\u00f3n de inocencia\u201d versus \u201cCulpable, hasta que no\ndemuestre lo contrario\u201d. Cuando una persona es acusada de haber cometido un\ndelito, el fiscal tiene que probar su culpa fehacientemente, m\u00e1s all\u00e1 de toda\nduda.<\/p>\n\n\n\n<p>En cambio, la extinci\u00f3n de dominio es exactamente al rev\u00e9s:\nel acusado tiene que probar su inocencia, es decir, que sus bienes (todos) los\nadquiri\u00f3 con recursos l\u00edcitos. Y si no lo logra a satisfacci\u00f3n de la Fiscal\u00eda,\nentonces sus casas, terrenos, o cualquier otra propiedad puede ser expropiada y\nrematada en cualquier momento.<\/p>\n\n\n\n<p>Si al final del juicio la persona acusada resulta absuelta,\nel gobierno le paga al precio que considere por su casa, coche o propiedad\nexpropiada, pero no se la devuelve.<\/p>\n\n\n\n<p>Imprescriptible, culpa heredada. En la extinci\u00f3n de dominio\ns\u00ed existe la retroactividad, se llama \u201cretrospectividad\u201d. Es decir, si un bien\nes adquirido con recursos considerados por la autoridad como \u201cileg\u00edtimos\u201d, esta\nsituaci\u00f3n nunca prescribe, se mantiene incluso si la persona que los adquiri\u00f3\nfallece, pues esta condici\u00f3n se transmite a sus herederos. El gobierno puede\n\u201crematar\u201d una propiedad o un bien cuando les resulte \u201ccostoso\u201d mantenerlo, lo\nque, de acuerdo con la Ley aprobada, representa un gasto de m\u00e1s de 15,000 pesos\nmensuales.<\/p>\n\n\n\n<p>Fiscales todopoderosos. Casi pueden hacer todo en el momento\nque consideren para afectar las propiedades de los presuntos culpables. Ell@s\npueden decidir unilateralmente cu\u00e1ndo se desisten de la acci\u00f3n, lo cual se\npresta a negociaciones oscuras y presiones sobre los presuntos imputados.\nTienen estos agentes de la procuraci\u00f3n de justicia hasta 10 a\u00f1os para mantener\nla espada de Damocles sobre las y los acusados, que pr\u00e1cticamente carecen de\nmedios de defensa frente a la arbitrariedad.<\/p>\n\n\n\n<p>Con la Ley de Extinci\u00f3n de Dominio, los m\u00e1s afectados no\nser\u00e1n ni la delincuencia organizada ni los corruptos de altos vuelos. Les\nofrezco como adelanto de lo que puede ocurrir con el ejemplo de un propietario\nde Colombia, supuesto caso de \u00e9xito en la aplicaci\u00f3n de esta Ley:<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEn Bogot\u00e1, Idelfonso Guti\u00e9rrez arrend\u00f3 uno de los locales\nde su casa, en el barrio El Restrepo, a un hombre que, al parecer,\ncomercializaba autopartes hurtadas. Aunque dice que actu\u00f3 de buena fe, hoy todo\nsu inmueble est\u00e1 confiscado por las autoridades\u201d. (\u201cEl Espectador\u201d, 1\u00ba de\noctubre 2018).<\/p>\n\n\n\n<p>\u00bfHabr\u00e1 forma de desandar el camino de la arbitrariedad y el\ndespojo que puede representar la Ley Nacional de Extinci\u00f3n de Dominio? S\u00f3lo la\nmovilizaci\u00f3n ciudadana puede lograrlo. Hag\u00e1moslo antes de que sea demasiado tarde.\u2014\nM\u00e9rida, Yucat\u00e1n.<\/p>\n\n\n\n<p>dulcesauri@gmail.com<\/p>\n\n\n\n<p>Licenciada en Sociolog\u00eda por la Universidad Iberoamericana,\ncon doctorado en Historia. Ex gobernadora del Estado y diputada federal\nplurinominal del PRI<\/p>\n<div class='share-to-whatsapp-wrapper'><div class='share-on-whsp'>Share on: <\/div><a data-text='Dulce Mar\u00eda Sauri Riancho: Peligros de nueva ley' data-link='https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/dulce-maria-sauri-riancho-peligros-de-nueva-ley\/' class='whatsapp-button whatsapp-share'>WhatsApp<\/a><div class='clear '><\/div><\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00bfExtinci\u00f3n o expropiaci\u00f3n? Dulce Mar\u00eda Sauri Riancho (*) Publico en Diario de Yucat\u00e1n El jueves pasado culmin\u00f3 la aprobaci\u00f3n de la ley reglamentaria del art\u00edculo 22 constitucional en materia de extinci\u00f3n de dominio. 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