{"id":8527,"date":"2016-07-26T10:05:52","date_gmt":"2016-07-26T15:05:52","guid":{"rendered":"http:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/?p=8527"},"modified":"2016-07-26T10:06:31","modified_gmt":"2016-07-26T15:06:31","slug":"acoso-contra-carmen-aristegui-nos-atane-a-tods","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/acoso-contra-carmen-aristegui-nos-atane-a-tods\/","title":{"rendered":"ACOSO contra Carmen Aristegui nos ata\u00f1e a TOD@S"},"content":{"rendered":"<p> El d\u00eda 21 de julio la periodista Carmen Aristegui dio a conocer a trav\u00e9s de su portal de noticias que la empresa MVS, inici\u00f3 un proceso en contra de ella y de la editorial Random House Mondadori por da\u00f1o moral. La demanda refiere que Carmen Aristegui causa un perjuicio al escribir el pr\u00f3logo del libro \u201cLa Casa Blanca de Pe\u00f1a Nieto\u201d,  se\u00f1alando que el mismo es difamatorio y solicita, seg\u00fan la propia periodista \u201cun resarcimiento econ\u00f3mico indeterminado que se antoja millonario, y se pretende prohibir que se hable de ese pr\u00f3logo  en la radio, la televisi\u00f3n y en conferencias\u201d.<\/p>\n<p>De acuerdo al escrito la empresa demanda una \u201c\u2026indemnizaci\u00f3n que su Se\u00f1or\u00eda deber\u00e1 fijar , atendiendo al menoscabo en la dignidad, honor, imagen y vida p\u00fablica y privada del actor y considerando para ello (i) la mayor o menor divulgaci\u00f3n que el acto il\u00edcito hubiera tenido en todos los medios electr\u00f3nicos, radiof\u00f3nicos, televisivos, conferencias p\u00fablicas en que  se llev\u00f3 a cabo su divulgaci\u00f3n, (ii) las condiciones personales de la v\u00edctima y (iii) y las dem\u00e1s circunstancias del caso.\u201d As\u00ed como \u201c\u2026eliminar el pr\u00f3logo que es exclusiva creaci\u00f3n de la demandada contenido en el libro La Casa Blanca de Enrique Pe\u00f1a Nieto en las siguientes ediciones o reimpresiones que se hagan de dicho libro, as\u00ed como prohibir la divulgaci\u00f3n de dicho pr\u00f3logo en cualquier medio ya sea electr\u00f3nico, radiof\u00f3nico, televisivo, conferencia p\u00fablica, etc.\u201d.<\/p>\n<p>La demanda de MVS ocurre en un contexto de acoso judicial por parte de la empresa contra la periodista, quien, en el marco de las investigaciones de \u201cla Casa Blanca\u201d, sal\u00edo del aire en marzo de 2015. Desde entonces la periodista est\u00e1 enfrentando una serie de litigios contra la empresa en la que se suma esta demanda en su contra  por da\u00f1o moral.<\/p>\n<p>Durante ese contexto, ARTICLE 19 denunci\u00f3 que las acciones legales por parte de MVS en contra Carmen Aristegui y su equipo de investigaci\u00f3n no solo configuran un l\u00edmite injustificado a la libertad de expresi\u00f3n y un claro mecanismo de censura indirecta,  sino que tambi\u00e9n el tema debe verse a la luz del inter\u00e9s p\u00fablico. En efecto, no pod\u00eda alegarse libertad contractual y de empresa, trat\u00e1ndose del  uso del espectro radioel\u00e9ctrico, bien p\u00fablico del cual la empresa de comunicaci\u00f3n es un concesionario. Por esa raz\u00f3n, la empresa tiene una obligaci\u00f3n reforzada de proteger y garantizar la libertad de expresi\u00f3n.<\/p>\n<p>En la actualidad, con la demanda por da\u00f1o moral interpuesta por MVS en contra de Aristegui desde el 29 de mayo, de nueva cuenta se pretende hacer uso de los mecanismos jur\u00eddicos al alcance de la empresa para censurar el contenido de un libro, en particular del pr\u00f3logo escrito por la periodista,  refiriendo incluso Carmen Aristegui que no es el \u00fanico proceso que busca el mismo resultado, esto al afirmar que \u201cen las \u00faltimas semanas se han acumulado en nuestra contra (en contra de Carmen Aristegui)  varias demandas judiciales.\u201d<\/p>\n<p>De este modo, resulta especialmente preocupante para ARTICLE 19 que el acoso judicial en contra de periodistas en la Ciudad de M\u00e9xico sigan en aumento, ya que apenas la semana anterior se dio a conocer que Humberto Moreira, ex gobernador de Coahuila y ex presidente nacional del Partido Revolucionario Institucional (PRI), interpuso una demanda por da\u00f1o moral contra Sergio Aguayo, columnista y acad\u00e9mico, con lo cual, se da cuenta del constante hostigamiento que sufren los comunicadores al buscar censurar el contenido de sus opiniones expresadas en distintos medios. A ello se suma la demanda de Jes\u00fas Ortega contra Sanjuana Mart\u00ednez que culmin\u00f3 con una sentencia contraria a los est\u00e1ndares constitucionales de libertad de expresi\u00f3n y adem\u00e1s fue dictada dentro de un proceso irregular.<\/p>\n<p>En este sentido, ARTICLE 19 recuerda a las autoridades del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de M\u00e9xico que de acuerdo a los m\u00e1s altos est\u00e1ndares internacionales en materia de libertad de expresi\u00f3n debe garantizarse el libre flujo de opiniones de cualquier \u00edndole, aunque las mismas sean perturbadoras o choquen con los intereses de las personas en su car\u00e1cter p\u00fablico o privado. De lo contrario, no solo representa un l\u00edmite injustificado a la libertad de expresi\u00f3n, sino que equivale a una limitaci\u00f3n generalizada para la sociedad de su derecho de acceso a la informaci\u00f3n y opiniones, cualquiera que sea su naturaleza. En efecto, la intenci\u00f3n de la empresa MVS de evitar la divulgaci\u00f3n del pr\u00f3logo de \u201cpor cualquier medio\u201d  genera una afectaci\u00f3n en la esfera de derechos de sociedad en general.<\/p>\n<p>De hecho la opini\u00f3n \u2013como la plasmada por Aristegui en el pr\u00f3logo del libro-  no merece restricci\u00f3n ni excepci\u00f3n alguna.  As\u00ed lo establece la Observaci\u00f3n General n\u00famero 34 del Comit\u00e9 de Derechos Humanos de la ONU,  en la cual, adem\u00e1s se se\u00f1ala que  nadie puede ver conculcados los derechos que le reconoce el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol\u00edticos en raz\u00f3n de las opiniones que haya expresado, quedando protegidas todas las formas de opini\u00f3n, como las de \u00edndole pol\u00edtica, cient\u00edfica, hist\u00f3rica, moral o religiosa, por lo cual establecer un l\u00edmite a la expresi\u00f3n de opiniones es incompatible con el Pacto ya que no existe limite ni restricci\u00f3n alguna para la difusi\u00f3n por cualquier medio de las mismas. Derivado de ello \u2013contin\u00faa el Comit\u00e9 de Derechos Humanos \u2013 es obligaci\u00f3n de los Estados parte del Pacto (como M\u00e9xico) cerciorarse de que las personas est\u00e9n protegidas de los actos de particulares o de entidades privadas que obsten al disfrute de las libertades de opini\u00f3n y expresi\u00f3n.  En este sentido, el Comit\u00e9 de Derechos Humanos es claro al prohibir cualquier intento coercitivo por hacer que se sustente una opini\u00f3n[1].<\/p>\n<p>Recordamos al Poder Judicial de la Ciudad de M\u00e9xico, que los jueces que conozcan de las demandas interpuestas en contra de periodistas, deben observar sus obligaciones impuestas en la Constituci\u00f3n de nuestro pa\u00eds en materia de derechos humanos, interpretando en todo momento  las normas de conformidad con lo que disponen los tratados internacionales y de acuerdo al principio de mayor beneficio en favor de los comunicadores.<\/p>\n<p>En este caso no son \u00fanicamente intereses privados los que est\u00e1n en pugna, sino el goce y vigencia del derecho de toda la sociedad a recibir informaci\u00f3n y conocer las opiniones expresadas. Por ello es importante recalcar que las decisiones adoptadas por las empresas de comunicaci\u00f3n respecto a la b\u00fasqueda, recopilaci\u00f3n y difusi\u00f3n de informaci\u00f3n, trascienden al \u00e1mbito privado, puesto que determinan el ejercicio del derecho a la libertad de expresi\u00f3n a partir del uso de un bien p\u00fablico de inter\u00e9s general, como lo es la concesi\u00f3n de la que es beneficiario MVS.<\/p>\n<p>En este sentido se ignora que la labor final de quienes realizan periodismo es informar a la ciudadan\u00eda y su funci\u00f3n social es el escrutinio de las acciones de quienes tienen el poder y utilizan de manera irregular ese poder. Como consecuencia, la informaci\u00f3n sobre temas de corrupci\u00f3n, es un discurso especialmente protegido, siendo el trabajo de investigaci\u00f3n de Aristegui y su equipo sobre la Casa Blanca, fundamental para el fortalecimiento de nuestra democracia.<\/p>\n<p>ARTICLE 19 urge a todas las autoridades en el \u00e1mbito de sus competencias a promover y garantizar el libre ejercicio period\u00edstico, tomando en cuenta el grave contexto mexicano para la libertad de prensa, as\u00ed como el inter\u00e9s general en conocer las opiniones de todos aquellos que se dedican a difundir informaci\u00f3n. Ante esto, compartimos la preocupaci\u00f3n de la periodista Carmen Aristegui, al afirmar que \u201cesta batalla no es solo por nuestra libertad, es por la libertad y los derechos de todos los ciudadanos a estar informados\u201d.<\/p>\n[1] Comit\u00e9 de Derechos Humanos, 02\u00ba per\u00edodo de sesiones, Ginebra, 11 a 29 de julio de 2011, Observaci\u00f3n general N\u00ba 34, Art\u00edculo 19 Libertad de opini\u00f3n y libertad de expresi\u00f3n, p\u00e1rrafos 9 y 10.<\/p>\n<p>Fuente: http:\/\/articulo19.org\/<\/p>\n<div class='share-to-whatsapp-wrapper'><div class='share-on-whsp'>Share on: <\/div><a data-text='ACOSO contra Carmen Aristegui nos ata\u00f1e a TOD@S' data-link='https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/acoso-contra-carmen-aristegui-nos-atane-a-tods\/' class='whatsapp-button whatsapp-share'>WhatsApp<\/a><div class='clear '><\/div><\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El d\u00eda 21 de julio la periodista Carmen Aristegui dio a conocer a trav\u00e9s de su portal de noticias que la empresa MVS, inici\u00f3 un proceso en contra de ella y de la editorial Random House Mondadori por da\u00f1o moral. 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