{"id":69709,"date":"2019-02-18T09:06:06","date_gmt":"2019-02-18T15:06:06","guid":{"rendered":"http:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/?p=69709"},"modified":"2019-02-18T09:06:13","modified_gmt":"2019-02-18T15:06:13","slug":"discriminara-el-congreso","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/discriminara-el-congreso\/","title":{"rendered":"\u00bfDiscriminar\u00e1 el Congreso?"},"content":{"rendered":"\n<p>Matrimonio igualitario: rechazo indefendible<\/p>\n\n\n\n<p>Antonio Salgado Borge (*)<\/p>\n\n\n\n<p>Publicado en Diario de Yucat\u00e1n<\/p>\n\n\n\n<p>El Congreso de Yucat\u00e1n tendr\u00e1 que deliberar pronto si el\nmatrimonio igualitario ser\u00e1 una realidad en el estado. Esta discusi\u00f3n est\u00e1\npendiente desde al menos 2015, cuando la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n\ndetermin\u00f3 que la prohibici\u00f3n del matrimonio entre personas del mismo sexo en\nM\u00e9xico es inconstitucional. La implicaci\u00f3n de esta determinaci\u00f3n es que los\ncongresos estatales, aunque no pueden ser materialmente obligados por la corte\na hacerlo, tienen la responsabilidad de adaptar las legislaciones locales para\ngarantizar el acceso a este derecho.<\/p>\n\n\n\n<p>Este art\u00edculo estar\u00e1 dedicado a revisar el estado de cosas\nque puede haber llevado al Congreso de Yucat\u00e1n a posponer esta discusi\u00f3n y a\nminimizar la importancia de los derechos de parte de la poblaci\u00f3n del estado.\nEsta responsabilidad es compartida por dos legislaturas o grupos de\nrepresentantes distintos: el que ocup\u00f3 curules de 2015 a 2018 y el que nos\nrepresenta a partir de 2018. Sin embargo, la hip\u00f3tesis inicial es que los\nmotivos de la inacci\u00f3n en ambos casos son muy parecidos.<\/p>\n\n\n\n<p>Empecemos describiendo el contexto. Como ya ha sido\nmencionado, la SCJN ha sido contundente en su reconocimiento al matrimonio\nigualitario como un derecho humano. Las palabras del ministro Arturo Zald\u00edvar\nexplican contundentemente esta decisi\u00f3n: \u201cEn todos los casos hemos concluido\nque las citadas restricciones son violatorias del derecho al libre desarrollo\nde la personalidad y del derecho a no ser discriminados, protegidos por el\nart\u00edculo 1o. de la Constituci\u00f3n general, pues est\u00e1n basadas en concepciones\nexcluyentes de la familia, contrarias al art\u00edculo 4o. de la Constituci\u00f3n, en\nprejuicios sobre la incapacidad de las parejas homosexuales de establecer\nrelaciones estables al igual que las parejas heterosexuales o de criar hijos en\nun ambiente sano\u201d (https:\/\/archivos.juridicas.unam.mx\/www\/bjv\/libros\/10\/4536\/14.pdf).<\/p>\n\n\n\n<p>A ello tenemos que sumar que en 2015 la Comisi\u00f3n Nacional de\nlos Derechos Humanos (CNDH) expidi\u00f3 una recomendaci\u00f3n a los poderes ejecutivos\ny \u00f3rganos legislativos de todos los estados \u2014incluido Yucat\u00e1n\u2014 para que modifiquen\nsus ordenamientos con el fin de permitir el acceso al matrimonio a todas las\npersonas con el fin de evitar cualquier tipo de discriminaci\u00f3n (CNDH, 2018).\nAdem\u00e1s, en 2018 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) estableci\u00f3\nque la Convenci\u00f3n Americana de Derechos Humanos determina que los Estados que\nla conforman reconozcan el matrimonio entre personas del mismo sexo (\u201cEl\nUniversal\u201d, 05\/10\/2018). Finalmente, las medidas a favor del matrimonio\nigualitario en M\u00e9xico han sido celebradas por la oficina del alto comisionado\npara Derechos Humanos de la ONU.<\/p>\n\n\n\n<p>Los distintos pronunciamientos de las principales\norganizaciones defensoras de derechos humanos en el mundo se dan en un contexto\nglobal donde el matrimonio igualitario es reconocido en pa\u00edses como Noruega,\nDinamarca, Suiza, Inglaterra, Escocia, Francia, Canad\u00e1, Holanda, B\u00e9lgica, Nueva\nZelanda, Estados Unidos, Islandia, Espa\u00f1a o Portugal. En los pa\u00edses que m\u00e1s\nrespetan y protegen los derechos humanos, la idea de no reconocer el matrimonio\nigualitario y los derechos de las personas LGBTI es aberrante o inconcebible.<\/p>\n\n\n\n<p>Dado lo anterior uno esperar\u00eda que las personas que nos\nrepresentan en el Congreso del Estado no dudar\u00edan en reconocer de inmediato los\nderechos de las personas que representan. Pero este no ha sido el caso. \u00bfQu\u00e9\npuede estar deteniendo a nuestras legisladoras y legisladores? Una posibilidad\nes, desde luego, que sus acciones sean producto de la ignorancia. En este\nescenario, las personas que nos representan en el Congreso consideran que entienden\nm\u00e1s de derechos humanos que las organizaciones mencionadas, o que los pa\u00edses\nque van a la vanguardia en materia de derechos humanos \u2014como Dinamarca o Suiza\u2014\nse han equivocado. Para ver hasta d\u00f3nde puede llegar el desprop\u00f3sito, har\u00edamos\nbien en considerar como un exponente representativo en este sentido las razones\npara no aprobar el matrimonio igualitario que Rosa Adriana D\u00edaz Lizama, actual\ncoordinadora de la bancada del PAN en el Congreso, expres\u00f3 a un medio local\nrecientemente.<\/p>\n\n\n\n<p>(1) la primera raz\u00f3n de D\u00edaz Lizama es que 99% de las\npersonas con las que la legisladora ha \u201chablado\u201d se oponen a reconocer este\nderecho. Sin embargo, un argumento de este tipo es una instancia de una mentira\nen al menos dos sentidos fundamentales. El primero de estos sentidos es que su\ncomentario implica que el reconocimiento de un derecho humano se deriva de su\npopularidad o de su \u00edndice aprobaci\u00f3n. Pero ello revela un conocimiento\npr\u00e1cticamente nulo de la naturaleza de los derechos humanos; los derechos\nhumanos son, por definici\u00f3n, derechos que corresponden inalienablemente a\ncualquier persona y que se derivan del hecho mismo de la condici\u00f3n humana. Es\ndecir, para que algo sea un derecho humano no es un requisito la popularidad.<\/p>\n\n\n\n<p>(2) El segundo sentido en que un argumento como el expresado\npor Rosa Adriana exhibe ignorancia es porque no considera o no reconoce la\nforma en que el reconocimiento de los derechos humanos ha evolucionado a trav\u00e9s\ndel tiempo. Para ilustrar: si lo implicado por la se\u00f1ora D\u00edaz Lizama fuera cierto,\nlos matrimonios interraciales probablemente nunca se hubieran permitido y las\nmujeres seguir\u00edan sin sus derechos pol\u00edticos reconocidos. Si algo nos muestra\nla historia de las luchas proderechos es que la defensa de los derechos humanos\nsuele implicar remar contracorriente en escenarios donde el reconocimiento\nantecede a la aprobaci\u00f3n y no viceversa.<\/p>\n\n\n\n<p>(3) Finalmente, posiciones como la de Rosa Adriana tambi\u00e9n\nrevelan ignorancia al postular que un obst\u00e1culo para reconocer al matrimonio\nigualitario como un derecho humano es que \u00e9ste puede da\u00f1ar los derechos de\nterceros. Por ejemplo, probablemente algunos hombres a mediados del siglo XX\nconsideraban que sus derechos eran da\u00f1ados por el reconocimiento de los\nderechos pol\u00edticos de las mujeres. Lo mismo puede decirse de algunos individuos\nblancos en el sur de Estados Unidos, para quienes compartir con ciudadanos\nafroamericanos los mismos restaurantes o autobuses podr\u00eda parecer una violaci\u00f3n\na su derecho a \u201cno ser molestado\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Pero declaraciones de esta naturaleza tambi\u00e9n implican una\nmentira \u2014sea intencionalmente construida o no\u2014. Por ejemplo, afirmar, como lo\nhizo Rosa Adriana D\u00edaz, que del supuesto de que 99% de la gente con la que ha\ninteractuado en Yucat\u00e1n se opone al matrimonio igualitario se puede derivar que\nun 99% de la poblaci\u00f3n en el estado se opone al matrimonio igualitario es una\nfalacia catedralicia. En realidad, 56% de los habitantes de M\u00e9xico se oponen al\nmatrimonio igualitario y 61% de los menores de 30 a\u00f1os apoya este derecho\n\u2014seg\u00fan una encuesta del prestigiado Alejandro Moreno para \u201cEl Financiero\u201d\u2014. Lo\nm\u00e1s probable es el rechazo al matrimonio igualitario en Yucat\u00e1n ronde tambi\u00e9n\nel 50%. Subrayo nuevamente: lo importante aqu\u00ed NO es que un porcentaje de\naprobaci\u00f3n legitime o no un derecho humano, sino lo que el uso de un argumento\nfalaz o ma\u00f1oso puede revelar de una legisladora o legislador.<\/p>\n\n\n\n<p>Lo importante aqu\u00ed es que ahora tenemos que elegir entre dos\nopciones: (a) La primera es que en su ignorancia la legisladora o legislador en\ncuesti\u00f3n sea sincera o sincero: es decir, que genuinamente crea lo que dice.\n(b) La segunda opci\u00f3n es que la persona que desde el congreso esgrime\nargumentos de este tipo est\u00e9 buscando enga\u00f1ar intencionalmente a las personas a\nlas que supuestamente representa. El dilema es que en cualquiera de estos casos\nla legisladora o legislador est\u00e1 claramente incapacitada o incapacitado para\nllevar al cabo sus funciones. En caso de que tomemos el segundo cuerno de este\ndilema \u2014la posibilidad de una b\u00fasqueda intencional de enga\u00f1o\u2014 la pregunta\npendiente es, desde luego, qu\u00e9 puede llevar a las personas que nos representan\na buscar mentir o confundir con el fin de bloquear el reconocimiento de un\nderecho cuya discusi\u00f3n es un tema agotado.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00bfPor qu\u00e9, voluntariamente o no, quienes nos representan\npodr\u00edan enga\u00f1arnos? Esta pregunta admite al menos dos lecturas que de ninguna\nforma son excluyentes. La primera es que la legisladora o legislador\ngenuinamente discriminen a las personas LGTBI y que, por ende, opten por mentir\no hacer lo que sea necesario con tal de ver reconocidos sus derechos. La\nsegunda es que las legisladoras o legisladores est\u00e9n cooptados, patrocinados o\nrespaldados pol\u00edticamente por grupos antiderechos, a quienes deber\u00edan su\nlealtad. En cualquier caso, de nuevo nos topamos con que ambas opciones son\ninaceptables para cualquier persona que aspire a representarnos.<\/p>\n\n\n\n<p>En este art\u00edculo hemos visto que los argumentos como el\n\u201c\u00edndice de aprobaci\u00f3n\u201d o el \u201cchoque de derechos\u201d ignoran la naturaleza de los\nderechos humanos y el sentido de su evoluci\u00f3n a trav\u00e9s del tiempo. Tambi\u00e9n\nhemos revisado la posici\u00f3n de organizaciones expertas y de pa\u00edses que son\nreferente en materia de derechos humanos. La conclusi\u00f3n es que la totalidad de\nlas diputadas y los diputados que integran el Congreso de Yucat\u00e1n no tiene\nforma presentable de defender su rechazo al matrimonio igualitario o la\nposibilidad de postergar su aprobaci\u00f3n en el estado.<\/p>\n\n\n\n<p>Dado que el recambio generacional garantiza que el\nreconocimiento del matrimonio igualitario en Yucat\u00e1n es cuesti\u00f3n de tiempo, la\nduda no es si este derecho ser\u00e1 reconocido, sino cu\u00e1ndo. En este sentido, las\npersonas que integran actualmente el Congreso de Yucat\u00e1n decidir\u00e1n pr\u00f3ximamente\nde qu\u00e9 lado de la historia se colocar\u00e1n. Y es que el resultado de negar este\nderecho es uno y el mismo: perpetuar la discriminaci\u00f3n y, por ende, asumir la\nresponsabilidad moral, pol\u00edtica y legal que de ella se deriva. Vale la pena\nseguir el sentido de su voto.\u2014 Edimburgo, Reino Unido<\/p>\n\n\n\n<p>asalgadoborge@gmail.com<\/p>\n\n\n\n<p>Antonio Salgado Borge<\/p>\n\n\n\n<p>@asalgadoborge<\/p>\n\n\n\n<p>Candidato a doctor en Filosof\u00eda (Universidad de Edimburgo).\nMaestro en Filosof\u00eda (Universidad de Edimburgo) y maestro en Estudios\nHuman\u00edsticos (ITESM)<\/p>\n\n\n\n<p>Publicado en Diario de Yucat\u00e1n<\/p>\n<div class='share-to-whatsapp-wrapper'><div class='share-on-whsp'>Share on: <\/div><a data-text='\u00bfDiscriminar\u00e1 el Congreso?' data-link='https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/discriminara-el-congreso\/' class='whatsapp-button whatsapp-share'>WhatsApp<\/a><div class='clear '><\/div><\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Matrimonio igualitario: rechazo indefendible Antonio Salgado Borge (*) Publicado en Diario de Yucat\u00e1n El Congreso de Yucat\u00e1n tendr\u00e1 que deliberar pronto si el matrimonio igualitario ser\u00e1 una realidad en el estado. 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