{"id":43827,"date":"2018-08-13T12:17:08","date_gmt":"2018-08-13T17:17:08","guid":{"rendered":"http:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/?p=43827"},"modified":"2018-08-13T12:22:02","modified_gmt":"2018-08-13T17:22:02","slug":"despojo-de-tierras","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/despojo-de-tierras\/","title":{"rendered":"Despojo de tierras"},"content":{"rendered":"<p>Mirada antropol\u00f3gica<\/p>\n<p>Rodrigo Llanes Salazar (*)<\/p>\n<p>La semana pasada, casi en coincidencia con la celebraci\u00f3n del D\u00eda Internacional de los Pueblos Ind\u00edgenas (9 de agosto), la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos ind\u00edgenas, la filipina Victoria Tauli-Corpuz, dio a conocer el informe de su visita oficial a M\u00e9xico, realizada en noviembre del a\u00f1o pasado.<\/p>\n<p>De acuerdo con la propia Relatora, su visita tuvo un \u201cdoble objetivo\u201d: \u201cexaminar la implementaci\u00f3n de las recomendaciones hechas por el anterior Relator Especial tras su visita al pa\u00eds en 2003 y evaluar c\u00f3mo M\u00e9xico ha incorporado sus compromisos internacionales en materia de derechos de los pueblos ind\u00edgenas\u201d.<\/p>\n<p>La relatora Tauli-Corpuz coincidi\u00f3 con Rodolfo Stavenhagen, el primer relator especial, que visit\u00f3 M\u00e9xico en 2003, en que una de las principales preocupaciones de violaciones de derechos humanos de los pueblos ind\u00edgenas en M\u00e9xico es el tema de tierras, territorios y recursos naturales. Para la actual relatora, \u201cla preservaci\u00f3n y protecci\u00f3n de las tierras, territorios y recursos de los pueblos ind\u00edgenas debe ser un tema prioritario que requiere una debida reglamentaci\u00f3n, conforme al derecho internacional. Este es un asunto cr\u00edtico fundamental que se encuentra en la ra\u00edz de muchos de los problemas de derechos humanos que observ\u00f3 la relatora especial\u201d.<\/p>\n<p>No me detendr\u00e9 en todos los problemas documentados por la relatora especial en su informe. Por el momento, solo quiero destacar dos cuestiones. La primera es que, a diferencia del informe de la visita oficial a M\u00e9xico en 2003, en el que no se incluy\u00f3 ning\u00fan caso de Yucat\u00e1n, en el actual informe s\u00ed se documenta uno: el de la consulta a la comunidad maya de San Jos\u00e9 Tibceh en el municipio de Muna por la construcci\u00f3n de un parque solar y una subestaci\u00f3n el\u00e9ctrica.<\/p>\n<p>De acuerdo con el informe de la relatora especial, \u201cautoridades y empresa presionan para realizar la consulta r\u00e1pidamente. Hay inconformidad con respecto a c\u00f3mo se est\u00e1 dando la consulta y preocupaci\u00f3n por el incremento de la violencia\u201d. Entre las presuntas violaciones de derechos humanos reportadas est\u00e1n los derechos al territorio, a la consulta, al consentimiento libre, previo e informado, as\u00ed como problemas de inseguridad y violencia. Hasta la fecha se han presentado por lo menos cuatro denuncias por amenazas, difamaciones y agresiones hacia opositores del parque solar. Tambi\u00e9n hay preocupaciones por los efectos ambientales provocados por la deforestaci\u00f3n para instalar m\u00e1s de un mill\u00f3n de paneles solares as\u00ed como las irregularidades en los contratos firmados entre el ejido y la empresa.<\/p>\n<p>Desde luego, el caso de San Jos\u00e9 Tibceh no es \u00fanico en Yucat\u00e1n. Problemas similares los sufren pueblos como Chablekal, Chochol\u00e1, Hom\u00fan, Punta Laguna, Santa Gertrudis Cop\u00f3, entre otras. Sin duda, esto debe encender las luces de alerta en el Estado.<\/p>\n<p>La segunda cuesti\u00f3n que me interesa destacar del informe es el hecho de que las instituciones encargadas de evitar el despojo de tierras de los pueblos ind\u00edgenas no est\u00e1n cumpliendo su labor. En palabras de la relatora especial:<\/p>\n<p>\u201cEl r\u00e9gimen agrario de ejidos, tierras comunitarias y propiedad privada, as\u00ed como las autoridades e instituciones agrarias que establece no responde a las necesidades de los pueblos ind\u00edgenas ni se ajusta a las actuales obligaciones internacionales de M\u00e9xico, que reconocen el derecho de los pueblos ind\u00edgenas a las tierras, territorios y recursos naturales que tradicionalmente han pose\u00eddo, ocupado, utilizado o adquirido\u201d.<\/p>\n<p>A esta misma conclusi\u00f3n llegaron las autoras del \u201cInforme sobre la jurisdicci\u00f3n agraria y los derechos humanos de los pueblos ind\u00edgenas y campesinos en M\u00e9xico\u201d, el cual se present\u00f3 el pasado 9 de agosto en el Centro Peninsular en Humanidades y Ciencias Sociales (Cephcis) de la UNAM.<\/p>\n<p>El Informe, elaborado por la antrop\u00f3loga Gabriela Torres-Mazuera, especialista en temas agrarios, as\u00ed como por los abogados defensores de derechos humanos Claudia G\u00f3mez Godoy y Jorge Fern\u00e1ndez Mendiburu, y auspiciado por la Fundaci\u00f3n para el Debido Proceso, es un interesante ejercicio interdisciplinario entre la investigaci\u00f3n acad\u00e9mica hist\u00f3rica y antropol\u00f3gica, por un lado, y el derecho y el litigio en defensa de derechos ind\u00edgenas y de campesinos.<\/p>\n<p>Como se\u00f1alan las autoras en la Introducci\u00f3n del Informe, el objetivo de \u00e9ste es \u201crealizar un balance actualizado sobre el desempe\u00f1o de la Procuradur\u00eda Agraria (PA), Registro Agrario Nacional (RAN) y Tribunales Unitarios Agrarios (TUAS) a la luz de los est\u00e1ndares internacionales en materia de derechos humanos de los pueblos ind\u00edgenas (DHPI) y en relaci\u00f3n con el proceso de despojo de tierra que experimentan hoy en d\u00eda ejidos y comunidades en regiones ind\u00edgenas de M\u00e9xico\u201d.<\/p>\n<p>Como ya hab\u00eda adelantado, en coincidencia con el informe de la relatora especial de Naciones Unidas, el argumento central del \u201cInforme sobre la jurisdicci\u00f3n agraria\u201d es que \u201cla legislaci\u00f3n agraria en M\u00e9xico (\u2026) no ha garantizado una protecci\u00f3n cabal de la propiedad ind\u00edgena \u2014entendida como territorio colectivo\u201d (p. 3).<\/p>\n<p>Pero no solo la PA, el RAN y los TUA no est\u00e1n funcionando para defender los derechos ind\u00edgenas y campesinos, sino que incluso han favorecido intereses privados y \u201chan facilitado la privatizaci\u00f3n y mercantilizaci\u00f3n de las tierras ejidales de uso com\u00fan y las tierras de comunidades\u201d.<\/p>\n<p>A lo largo del Informe, sus autores hacen una revisi\u00f3n del proyecto agrarista revolucionario, el reparto de tierras, la tenencia de la tierra y los grupos ind\u00edgenas en M\u00e9xico; tambi\u00e9n exponen las principales reformas legales y las nuevas leyes que, entre 1992 y 2013, han afectado a las tierras y el territorio de comunidades ind\u00edgenas y campesinas, principalmente la reforma al Art\u00edculo 27 en 1992.<\/p>\n<p>Me parece que el mayor aporte del Informe se encuentra en los cap\u00edtulos 3, 4 y 5, donde describen el funcionamiento de la PA, el RAN y los TUA, los patrones de despojo de tierras ejidales y bienes comunales, as\u00ed como la violaci\u00f3n recurrente al debido proceso en procedimientos agrarios.<\/p>\n<p>As\u00ed, por ejemplo, en el Informe se documenta que \u201cEn contraste con todas las facultades y funciones establecidas por ley y en el reglamento interno, la Procuradur\u00eda Agraria ha acumulado una lista grande de denuncias por parte de ejidatarios, ejiddos y comunidades, y organizaciones ind\u00edgenas, quienes afirman que han sido los delegados y visitadores de la Procuradur\u00eda Agraria los que han favorecido el despojo y compraventa de tierras a ind\u00edgenas y campesinos\u201d (p. 28).<\/p>\n<p>Del mismo modo, las autoras dan cuenta de c\u00f3mo los Tribunales Agrarios no cumplen su principio rector, impartir justicia pronta y expedita, ya que los juicios tardan en ser admitidos; cuando lo son, las audiencias suelen no iniciarse y, cuando esto sucede, pocas veces se desahogan las pruebas ofrecidas (p. 33).<\/p>\n<p>De particular inter\u00e9s es conocer con mayor profundidad, a trav\u00e9s de la exposici\u00f3n de una serie de casos, los diversos patrones de despojo de tierras ejidales y comunales: la incorporaci\u00f3n de empresarios como ejidatarios a pesar de que no residan en la localidad; la celebraci\u00f3n de asambleas llenas de irregularidades para cambiar el destino de las tierras; el pago de dinero en efectivo a ejidatarios. En estas pr\u00e1cticas participan grupos de poder local, exfuncionarios e incluso funcionarios de la Procuradur\u00eda Agraria y los Tribunales Agrarios, as\u00ed como representantes e integrantes de los ejidos y comunidades.<\/p>\n<p>Una de las conclusiones m\u00e1s importantes del Informe sobre la jurisdicci\u00f3n agraria es que, a pesar de que la reforma constitucional de 2011 en materia de derechos humanos ha incorporado todos los derechos humanos de los tratados internacionales como derechos constitucionales y estableci\u00f3 como una obligaci\u00f3n de las autoridades guiarse por el principio pro persona, es decir, preferir la norma o la interpretaci\u00f3n m\u00e1s favorable a la persona, los magistrados de los Tribunales Agrarios se siguen limitando al derecho agrario, desconociendo los est\u00e1ndares internacionales en materia de derechos humanos presentes o derivados de los tratados internacionales que M\u00e9xico ha firmado y ratificado, o de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (la cual tambi\u00e9n es vinculante para M\u00e9xico).<\/p>\n<p>Todas las personas interesadas en el problema del despojo de tierras en Yucat\u00e1n y en el resto del pa\u00eds encontrar\u00e1n en el Informe un valioso material para comprender mejor c\u00f3mo funciona, en la pr\u00e1ctica, la actuaci\u00f3n de las instituciones agrarias en M\u00e9xico y las pautas de despojo, as\u00ed como recomnedaciones para cambiar esta situaci\u00f3n. No paso por alto que el informe incluye varios casos de Yucat\u00e1n: los de Chablekal, Chochol\u00e1, San Jos\u00e9 Tibceh y Hom\u00fan. Nuevamente, junto con el Informe de la Relatora Especial, nos encontramos con m\u00e1s luces de alarma, que autoridades y sociedad debemos atender con urgencia.<\/p>\n<p>El Informe sobre la jurisdicci\u00f3n agraria puede descargarse de manera gratuita en la p\u00e1gina de internet de la Fundaci\u00f3n para el Debido Proceso: &lt;dplf.org&gt;.\u2014 M\u00e9rida, Yucat\u00e1n.<\/p>\n<p>Rodrigo.llanes.s@gmail.com<\/p>\n<p>@RodLlanes<\/p>\n<p>Investigador del Cephcis-UNAM<\/p>\n<p>Fuente: Diario de Yucat\u00e1n<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<div class='share-to-whatsapp-wrapper'><div class='share-on-whsp'>Share on: <\/div><a data-text='Despojo de tierras' data-link='https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/despojo-de-tierras\/' class='whatsapp-button whatsapp-share'>WhatsApp<\/a><div class='clear '><\/div><\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Mirada antropol\u00f3gica Rodrigo Llanes Salazar (*) La semana pasada, casi en coincidencia con la celebraci\u00f3n del D\u00eda Internacional de los Pueblos Ind\u00edgenas (9 de agosto), la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos ind\u00edgenas, la filipina Victoria Tauli-Corpuz, dio a conocer el informe de su visita oficial a M\u00e9xico, realizada &hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":5,"featured_media":43828,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_mi_skip_tracking":false},"categories":[44,50,37],"tags":[1359,1249,2000,12052],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43827"}],"collection":[{"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/users\/5"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=43827"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43827\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":43829,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43827\/revisions\/43829"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/media\/43828"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=43827"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=43827"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=43827"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}