{"id":41624,"date":"2018-06-15T11:23:06","date_gmt":"2018-06-15T16:23:06","guid":{"rendered":"http:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/?p=41624"},"modified":"2018-06-15T11:23:06","modified_gmt":"2018-06-15T16:23:06","slug":"no-es-cosa-juzgada","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/no-es-cosa-juzgada\/","title":{"rendered":"\u201cNo es cosa juzgada\u201d"},"content":{"rendered":"<p><em>Defensa de Carlos Garc\u00eda responde a declaraciones<\/em><\/p>\n<p>El litigio por la posesi\u00f3n de un predio en el puerto de abrigo de Yucalpet\u00e9n entre el empresario Carlos Garc\u00eda Ponce, que lo obtuvo por una cesi\u00f3n de derechos, y el supuesto inversionista Enrique Aguilar Herrera, que lo reclama como suyo en virtud de un contrato de compraventa anterior a esa cesi\u00f3n, \u201cno es cosa juzgada\u201d, como dice el abogado de \u00e9ste, Hern\u00e1n Conde Narv\u00e1ez, precisa Enrique Mendoza Bolio, defensor de Garc\u00eda Ponce, en entrevista con el Diario.<\/p>\n<p>Es un argumento \u201cparcialmente falaz\u201d porque, en efecto, Garc\u00eda Ponce no tiene en este momento la propiedad en virtud de un amparo ganado por Conde Narv\u00e1ez, pero eso no significa que el caso sea cosa juzgada, dice. A\u00fan hay pendientes de resoluci\u00f3n varios juicios.<\/p>\n<p>El 6 de junio publicamos declaraciones de Conde Narv\u00e1ez seg\u00fan las cuales un tribunal colegiado fall\u00f3 a su favor en un juicio de amparo, \u201cpor lo que este asunto ya es cosa juzgada\u201d y no hay nada m\u00e1s que hacer. En la misma entrevista, Conde Narv\u00e1ez dijo que Garc\u00eda Ponce no ser\u00eda el verdadero propietario del tablaje catastral 1014 del Puerto de Abrigo de Yucalpet\u00e9n, porque el documento que exhibe para probarlo no tiene validez legal.<\/p>\n<p>Como hemos publicado, ese predio perteneci\u00f3 originalmente a la empresa Embarcaciones Zena, cuyo principal accionista, Carlos Sauma Sauma, contrajo un cr\u00e9dito con Banpesca a principios de los ochenta, del que s\u00f3lo pag\u00f3 una parte.<\/p>\n<p>Cuando ese banco inici\u00f3 su liquidaci\u00f3n, Garc\u00eda Ponce, accionista tambi\u00e9n de Zena y due\u00f1o de la empresa Incomba, ofreci\u00f3 pagar el saldo del cr\u00e9dito al banco, por lo que \u00e9ste le dio una cesi\u00f3n de derechos a favor de esa empresa, que luego deriv\u00f3, en 1993, en un procedimiento mercantil de embargo.<\/p>\n<p>Veinte a\u00f1os despu\u00e9s, el 9 de mayo de 2013, ese juzgado fall\u00f3 a favor de Incomba y le adjudic\u00f3 en remate el predio de Yucalpet\u00e9n. El juzgado pidi\u00f3 al notario n\u00famero 54 de Ciudad de M\u00e9xico, Homero D\u00edaz Rodr\u00edguez, que preparara un proyecto de acta de adjudicaci\u00f3n. Aunque el 25 de noviembre de 2015, como tambi\u00e9n ya publicamos, Aguilar Herrera promovi\u00f3 un amparo ante el Juzgado V de Distrito alegando que esa adjudicaci\u00f3n era ilegal, porque \u00e9l compr\u00f3 ese predio 33 a\u00f1os antes, en 1982, con contrato privado de compraventa.<\/p>\n<p>Ante esto, el juez XX de lo Civil suspendi\u00f3 el proceso de adjudicaci\u00f3n hasta conocer el resultado de la demanda de amparo. El Juez V de Distrito fall\u00f3 contra Conde Narv\u00e1ez y su cliente, pero \u00e9stos se inconformaron y un tribunal colegiado les otorg\u00f3 el amparo, reconoci\u00f3 la propiedad y declar\u00f3 la insubsistencia total al juicio mercantil promovido por Incomba en 1993. Con esto, el juez XX de lo Civil, que ya hab\u00eda aprobado la adjudicaci\u00f3n del terreno a favor de esa empresa, suspendi\u00f3 todo el procedimiento.<\/p>\n<p>A partir de esta resoluci\u00f3n, afirm\u00f3 Conde Narv\u00e1ez, \u201cel caso qued\u00f3 como cosa juzgada\u201d. De ninguna manera es cosa juzgada, responde Mendoza Bolio. Esa afirmaci\u00f3n \u201ces tendenciosa y parcialmente falaz\u201d. Si bien es cierto que mediante el juicio de amparo el representado de Conde Narv\u00e1ez adquiri\u00f3 el predio de Yucalpet\u00e9n (aunque la empresa del se\u00f1or Garc\u00eda nunca fue legalmente llamada a juicio), no menos cierto es que Incomba \u201ctiene en curso diversos juicios contra todos los actos que causaron el ilegal despojo contra el se\u00f1or Garc\u00eda\u201d.<\/p>\n<p>Entre \u00e9stos, dice el abogado, est\u00e1 uno en materia penal, con una investigaci\u00f3n que en breve permitir\u00e1 formular la imputaci\u00f3n.<\/p>\n<p>En materia civil, existe el juicio ordinario 21\/2018, que impugna la legalidad de tres escrituras del notario Luis Silveira Cuevas, que protocoliz\u00f3 el contrato de compraventa de Aguilar Guti\u00e9rrez no obstante, dice Mendoza Bolio, que \u00e9ste present\u00f3 documentos falsos.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n hay un juicio contencioso administrativo contra la inscripci\u00f3n de la compraventa de Aguilar Herrera, toda vez que \u00e9sta estuvo viciada de origen por un supuesto cohecho, seg\u00fan el abogado.<\/p>\n<p>Por su parte, el propio Conde Narv\u00e1ez interpuso un juicio de amparo para impugnar la resoluci\u00f3n del Ministerio P\u00fablico que orden\u00f3 al Registro P\u00fablico de la Propiedad el \u201ccierre de partida\u201d del predio de Yucalpet\u00e9n, para que \u00e9ste no se venda a otra persona.<\/p>\n<p>Respecto a las declaraciones de Conde Narv\u00e1ez en el sentido de que Garc\u00eda Ponce no puede acreditar la propiedad del terreno de Yucalpet\u00e9n porque el notario capitalino nunca firm\u00f3 el acta, Mendoza Bolio dice que eso \u201cno tiene ning\u00fan sustento l\u00f3gico jur\u00eddico\u201d.<\/p>\n<p>\u201cEl derecho nace con la sentencia que declara formalmente adjudicado el terreno a Incomba y \u00e9sta lo acept\u00f3. Por lo tanto, resulta evidente que fue en ese momento en que mi representada adquiri\u00f3 el derecho de propiedad sobre el inmueble de Yucalpet\u00e9n.<\/p>\n<p>\u201cLa formalizaci\u00f3n en escritura p\u00fablica de la adjudicaci\u00f3n en remate es s\u00f3lo una formalidad para que la transmisi\u00f3n de la propiedad sea inscribible en el Registro P\u00fablico\u201d, explica el abogado. \u201cPor lo tanto, la falta de la misma no implica que no hubiera nacido el derecho a propiedad, sino que s\u00f3lo a\u00fan no pod\u00eda gozar de la publicidad registral que otorga su inscripci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>En la misma entrevista con el Diario, Conde Narv\u00e1ez dijo que la defensa de Garc\u00eda Ponce contrat\u00f3 a la licenciada Mar\u00eda Jos\u00e9 Bolio Andrade, notario p\u00fablico suplente de la notar\u00eda p\u00fablica 94, para validar el proyecto de acta que hab\u00eda redactado el notario Homero D\u00edaz, aunque no est\u00e1 autorizada para hacerlo. S\u00f3lo pudo haber cotejado el original en Ciudad de M\u00e9xico, indic\u00f3, y si en verdad lo hizo, el acta es inv\u00e1lida porque un notario de Yucat\u00e1n no tiene jurisdicci\u00f3n para ir a cotejar a ese lugar.<\/p>\n<p>Conde Narv\u00e1ez a\u00f1adi\u00f3 que en el acta que supuestamente cotej\u00f3 la licenciada Bolio Andrade, fechada en marzo de 2014, se dice textualmente que el notario D\u00edaz Rodr\u00edguez hace constar que la formalizaci\u00f3n de la adjudicaci\u00f3n del tablaje 1014 a Incomba la otorga Embarcaciones Zena, representada por Carlos Sauma Sauma\u201d, no obstante que \u00e9ste falleci\u00f3 en 2007.<\/p>\n<p>Sobre este asunto, el licenciado Mendoza Bolio explica que la notario Bolio Andrade en ning\u00fan momento valid\u00f3 un proyecto de acta o de escritura p\u00fablica, sino que s\u00f3lo certific\u00f3, a petici\u00f3n de parte interesada, una copia debidamente autorizada y certificada por el secretario de Acuerdos del Juzgado XX de lo Civil de Ciudad de M\u00e9xico. Nunca se traslad\u00f3 a esa ciudad a realizar la certificaci\u00f3n.\u2014 Hern\u00e1n Casares C\u00e1mara<\/p>\n<p>Fuente: Diario de Yucat\u00e1n<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<div class='share-to-whatsapp-wrapper'><div class='share-on-whsp'>Share on: <\/div><a data-text='\u201cNo es cosa juzgada\u201d' data-link='https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/no-es-cosa-juzgada\/' class='whatsapp-button whatsapp-share'>WhatsApp<\/a><div class='clear '><\/div><\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Defensa de Carlos Garc\u00eda responde a declaraciones El litigio por la posesi\u00f3n de un predio en el puerto de abrigo de Yucalpet\u00e9n entre el empresario Carlos Garc\u00eda Ponce, que lo obtuvo por una cesi\u00f3n de derechos, y el supuesto inversionista Enrique Aguilar Herrera, que lo reclama como suyo en virtud de un contrato de compraventa &hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":5,"featured_media":41625,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_exactmetrics_skip_tracking":false},"categories":[50,37],"tags":[9807,11389,11390,2795],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/41624"}],"collection":[{"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/users\/5"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=41624"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/41624\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":41626,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/41624\/revisions\/41626"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/media\/41625"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=41624"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=41624"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=41624"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}