{"id":218750,"date":"2026-10-08T14:06:59","date_gmt":"2026-10-08T19:06:59","guid":{"rendered":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/?p=218750"},"modified":"2026-10-08T14:07:02","modified_gmt":"2026-10-08T19:07:02","slug":"yucatan-y-la-bomba-de-la-suprema-corte","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/yucatan-y-la-bomba-de-la-suprema-corte\/","title":{"rendered":"Yucat\u00e1n y la bomba de la Suprema Corte"},"content":{"rendered":"\n<p>Dulce Mar\u00eda Sauri *<\/p>\n\n\n\n<p>Publicado en Facebook<\/p>\n\n\n\n<p>M\u00e9rida, 8 de octubre, 2026.- La noticia cay\u00f3 como bomba en el pl\u00e1cido ambiente pol\u00edtico yucateco. La Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n hab\u00eda decidido declarar inconstitucional las reformas realizadas por los congresos de Durango y San Luis Potos\u00ed que establec\u00edan la alternancia de g\u00e9nero en las candidaturas a sus gubernaturas. Una, SLP, se define en 2027; la otra, Durango, en 2028. \u00bfPor qu\u00e9 entonces tanto revuelo en un estado cuyo ejecutivo se renovar\u00e1 hasta dentro de 4 a\u00f1os? La raz\u00f3n es simple: cambiaron las expectativas.<\/p>\n\n\n\n<p>El 16 de junio de 2023 se incorpor\u00f3 a la Constituci\u00f3n del estado el criterio de rotaci\u00f3n de g\u00e9nero en las postulaciones partidistas al gobierno de Yucat\u00e1n. Este cambio en su art\u00edculo 44 significa que el g\u00e9nero de las candidaturas a la gubernatura debe alternarse consecutivamente elecci\u00f3n tras elecci\u00f3n (un periodo hombre, el siguiente mujer, o viceversa). Entonces est\u00e1bamos en v\u00edsperas de iniciar el proceso 2023-2024, cuando las candidaturas en el horizonte aparec\u00edan s\u00f3lo con nombre masculino, en el caso de las principales fuerzas pol\u00edticas de la entidad. El Congreso del estado decidi\u00f3 desarrollar una doble estrategia. Por una parte, aplic\u00f3 el viejo refr\u00e1n de \u201cno cambiar de caballo a mitad del r\u00edo\u201d, esto es, pretender modificar las reglas cuando ya hab\u00eda empezado la disputa por las candidaturas al interior de los partidos pol\u00edticos. Por otro lado, record\u00f3 el antiguo dogma pol\u00edtico de \u201cpatear la lata hacia adelante\u201d, poniendo la fecha de la vigencia de la nueva norma hasta 2030. Partidos, coaliciones y candidaturas comunes postularon hombres como candidatos a gobernador, excepto Movimiento Ciudadano que nomin\u00f3 mujer.<\/p>\n\n\n\n<p>Ning\u00fan partido impugn\u00f3 la reforma constitucional v\u00eda acci\u00f3n de inconstitucionalidad. La disposici\u00f3n qued\u00f3 firme. Conforme a esta regla, desde 2024 se supo \u2014y se asumi\u00f3\u2014 que en 2030 todos los partidos, menos MC, tendr\u00edan que presentar candidaturas femeninas al gobierno de Yucat\u00e1n.<\/p>\n\n\n\n<p>No creo que haya habido mucha alegr\u00eda en los corazones de los pol\u00edticos hombres de Yucat\u00e1n, m\u00e1s bien alguna resignaci\u00f3n y, por qu\u00e9 no decirlo, una secreta esperanza de que, en seis a\u00f1os, las cosas cambiaran. Mientras, el PAN en candidatura com\u00fan con el PRI, logr\u00f3 el holgado triunfo de Cecilia Patr\u00f3n en la presidencia municipal de M\u00e9rida. Es decir, desde 2024 se posicion\u00f3 una figura femenina opositora a Morena con la posibilidad de competir en el todav\u00eda lejano 2030.<\/p>\n\n\n\n<p>Otra fue la historia de Morena y sus aliados, en particular del partido Verde. Por su parte femenina, de inmediato destacaron las figuras de la senadora Ver\u00f3nica Camino (reelecta en 2024) y la diputada federal Jessica Said\u00e9n. A ellas podemos sumar a Jazm\u00edn Villanueva Moo, tambi\u00e9n diputada federal. Muy temprano empez\u00f3 a mencionarse a la esposa del gobernador D\u00edaz Mena, pero la reforma constitucional que proh\u00edbe el nepotismo, vigente a partir de 2030, descarril\u00f3 su posibilidad antes de nacer. Las opciones masculinas ni siquiera se mencionaban.<\/p>\n\n\n\n<p>Para los hombres de Morena y sus aliados, conquistar M\u00e9rida dejaba de ofrecer la ruta tradicional hacia el gobierno de Yucat\u00e1n. \u00bfPara qu\u00e9 disputar una candidatura si, finalmente, en caso de ganar, les estaba impedido ascender al escal\u00f3n siguiente? Era un riesgo demasiado grande, cuando ni siquiera se manten\u00eda la compensaci\u00f3n v\u00eda reelecci\u00f3n consecutiva, que qued\u00f3 cancelada a partir de 2030.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed andaba el sector masculino oficialista cuando vino la noticia bomba de la resoluci\u00f3n de la SCJN. Es cierto que desde hace alg\u00fan tiempo corr\u00eda el sordo rumor de que a trav\u00e9s del amparo era posible librar la restricci\u00f3n constitucional para ser candidato. Ahora, con esta determinaci\u00f3n, se abri\u00f3 el camino pol\u00edtico al cambio. Veamos sus posibles rutas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>La reforma de la reforma<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>De acuerdo a los nuevos aires, una interpretaci\u00f3n interesada podr\u00eda considerar que la SCJN \u201cordena\u201d modificar el art\u00edculo 44 de la Constituci\u00f3n yucateca para eliminar el criterio de rotaci\u00f3n de g\u00e9nero. Es un camino altamente improbable, cuando menos de aqu\u00ed al pr\u00f3ximo a\u00f1o, cuando se integre la nueva legislatura, de acuerdo con los resultados electorales del 6 de junio pr\u00f3ximo. La mayor\u00eda calificada de la actual legislatura yucateca requiere necesariamente de los diputados del PAN, pero este partido no tiene est\u00edmulo ni necesidad de apoyar a Morena. Ellos tienen en la presidenta municipal de M\u00e9rida a su principal figura femenina, casi de manera indiscutible. El problema es de Morena, no del PAN. O sea, este camino est\u00e1 probablemente cerrado.<\/p>\n\n\n\n<p>El 1 de septiembre de 2027 puede cambiar la correlaci\u00f3n de fuerzas en la nueva legislatura. Si Morena y sus aliados logran conformar una mayor\u00eda calificada, podr\u00edan reformar ellos solos la Constituci\u00f3n del estado, y resolver su problema interno. Si, por ejemplo, el PAN no lograra refrendar su triunfo en M\u00e9rida, quiz\u00e1 tambi\u00e9n tendr\u00eda la necesidad de abrir al g\u00e9nero masculino el abanico de sus posibles prospectos para 2030. Entonces, solo entonces, se abrir\u00eda la posibilidad de reformar el art\u00edculo 44 constitucional.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>La v\u00eda judicial<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Existe otra ruta, pero no es el amparo. Un aspirante hombre que considere vulnerado su derecho a ser votado por la aplicaci\u00f3n del art\u00edculo 44 constitucional tendr\u00eda que acudir a la justicia electoral. Y no podr\u00eda hacerlo simplemente porque la norma existe: necesitar\u00eda un acto concreto que le causara perjuicio, por ejemplo, que su partido le impidiera participar en la selecci\u00f3n de la candidatura a gobernador porque en 2030 le corresponde postular a una mujer.<\/p>\n\n\n\n<p>El momento, por tanto, no tiene una fecha precisa. Podr\u00eda llegar antes del inicio formal del proceso electoral, cuando los partidos establezcan sus procedimientos de selecci\u00f3n. En principio, el inconforme tendr\u00eda que agotar las instancias partidistas y electorales previas, salvo que la cercan\u00eda de los plazos justificara acudir directamente a una instancia superior.<\/p>\n\n\n\n<p>El punto decisivo es \u00e9ste: la justicia electoral federal puede inaplicar una norma electoral local que considere contraria a la Constituci\u00f3n federal, incluso si est\u00e1 contenida en la Constituci\u00f3n de un estado. El aspirante podr\u00eda solicitar que el art\u00edculo 44 no se aplicara en su caso por restringir indebidamente su derecho a ser votado. Si obtuviera una resoluci\u00f3n favorable, la disposici\u00f3n yucateca no desaparecer\u00eda: continuar\u00eda formando parte de la Constituci\u00f3n estatal, aunque no pudiera aplicarse a ese demandante.<\/p>\n\n\n\n<p>Las recientes sentencias de la Suprema Corte sobre Durango y San Luis Potos\u00ed fortalecer\u00edan este argumento, pero no resolvieron el caso de Yucat\u00e1n ni ordenaron modificar nuestra Constituci\u00f3n. Habr\u00e1 que conocer sus textos definitivos para determinar hasta d\u00f3nde establecieron un criterio obligatorio para los tribunales electorales. Por ahora, el art\u00edculo 44 sigue vigente. La bomba de la Corte, entonces, no derrib\u00f3 la rotaci\u00f3n de g\u00e9nero en Yucat\u00e1n. Pero abri\u00f3 una v\u00eda para intentar hacerlo.<\/p>\n\n\n\n<p>Los hombres que decidan retar la prohibici\u00f3n de participar por razones de g\u00e9nero tendr\u00e1n que ponderar el rechazo social y de miles de yucatecas por intentar romper una disposici\u00f3n constitucional creada para procurar el ejercicio efectivo de las mujeres yucatecas de su derecho a la representaci\u00f3n pol\u00edtica. Mala manera de iniciar una campa\u00f1a por el voto de las mujeres.<\/p>\n\n\n\n<p>Yucat\u00e1n ha tenido dos gobernadoras. Yo, interina en 1991 \u2014la tercera del pa\u00eds\u2014 e Ivonne Ortega en 2007. Faltan 14 estados para una \u201cprimera vez\u201d femenina. Eso no obsta para que reivindiquemos el mecanismo de rotaci\u00f3n. Que haya que perfeccionarlo, s\u00ed; que haya que eliminarlo, no. En tanto, los hombres morenistas han visto resurgir sus expectativas. Construir hacia 2030 vuelve a pasar para ellos por 2027. Y por M\u00e9rida. Ya veremos.\u2014 M\u00e9rida, Yucat\u00e1n<\/p>\n\n\n\n<p>dulcesauri@gmail.com<\/p>\n\n\n\n<p><strong>*Licenciada en Sociolog\u00eda con doctorado en Historia. Ex gobernado<\/strong>r<strong>a de Yucat\u00e1n<\/strong><\/p>\n<div class='share-to-whatsapp-wrapper'><div class='share-on-whsp'>Share on: <\/div><a data-text='Yucat\u00e1n y la bomba de la Suprema Corte' data-link='https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/yucatan-y-la-bomba-de-la-suprema-corte\/' class='whatsapp-button whatsapp-share'>WhatsApp<\/a><div class='clear '><\/div><\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Dulce Mar\u00eda Sauri * Publicado en Facebook M\u00e9rida, 8 de octubre, 2026.- La noticia cay\u00f3 como bomba en el pl\u00e1cido ambiente pol\u00edtico yucateco. 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