{"id":217593,"date":"2026-09-04T16:50:03","date_gmt":"2026-09-04T21:50:03","guid":{"rendered":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/?p=217593"},"modified":"2026-09-04T16:50:05","modified_gmt":"2026-09-04T21:50:05","slug":"hacia-una-nueva-ley-indigena","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/hacia-una-nueva-ley-indigena\/","title":{"rendered":"Hacia una nueva ley ind\u00edgena"},"content":{"rendered":"\n<p>Freddy Espadas Sosa*<\/p>\n\n\n\n<p>Fuente: Diario de Yucat\u00e1n<\/p>\n\n\n\n<ul><li><strong><em>\u201cNuestra ascendencia india es un espejo en el cual no nos queremos mirar\u201d.\u2014 Guillermo Bonfil Batalla, antrop\u00f3logo mexicano (1935-1991).<\/em><\/strong><\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>A finales del mes de junio del a\u00f1o en curso, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo emiti\u00f3 una convocatoria para llevar al cabo una consulta p\u00fablica sobre una propuesta de iniciativa de Ley General de Derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas y Afromexicanos.<\/p>\n\n\n\n<p>Al t\u00e9rmino de esta consulta, que est\u00e1 a cargo del Instituto Nacional de los Pueblos Ind\u00edgenas, se estima que habr\u00e1n participado m\u00e1s de 16 mil comunidades pertenecientes a 69 pueblos ind\u00edgenas y afromexicanos, as\u00ed como intelectuales de los pueblos originarios, organizaciones, investigadores y acad\u00e9micos especializados en este relevante tema.<\/p>\n\n\n\n<p>Con las aportaciones y modificaciones que surjan de este complejo ejercicio, la presidenta Sheinbaum ha anunciado que ser\u00e1 el pr\u00f3ximo 12 de octubre \u2014considerado como d\u00eda de la resistencia ind\u00edgena y popular\u2014 cuando presente la iniciativa al Congreso de la Uni\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta propuesta de reglamentaci\u00f3n general responde directamente a la reforma al Art\u00edculo Segundo constitucional en materia de derechos de los pueblos ind\u00edgenas y afromexicanos, la cual fue promulgada por el entonces presidente Andr\u00e9s Manuel L\u00f3pez Obrador el 30 de septiembre de 2024.<\/p>\n\n\n\n<p>En este mismo espacio hemos sostenido que la citada reforma constitucional constituye el m\u00e1s amplio y profundo reconocimiento que se ha hecho de los derechos fundamentales de estos importantes sectores de la sociedad mexicana, entre los cuales cabe destacar: a) El ejercicio de la libre determinaci\u00f3n en un marco constitucional de autonom\u00eda; b) El reconocimiento de los pueblos y comunidades ind\u00edgenas como sujetos de derecho p\u00fablico, con personalidad jur\u00eddica y patrimonio propio; c) Decidir, conforme a sus sistemas normativos, sus formas internas de gobierno, de convivencia y de organizaci\u00f3n social, econ\u00f3mica, pol\u00edtica y cultural; d) e) El derecho a la consulta libre, previa, informada, culturalmente adecuada y de buena fe; f) Preservar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural, material e inmaterial; se reconoce la propiedad intelectual colectiva respecto de dicho patrimonio; g) Preservar la bioculturalidad y la integridad de sus tierras, incluidos sus lugares sagrados; h) Promover el uso, desarrollo, preservaci\u00f3n, estudio y difusi\u00f3n de las lenguas ind\u00edgenas como un elemento constitutivo de la diversidad cultural de la Naci\u00f3n; i) El derecho para operar, promover, desarrollar y administrar sus medios de comunicaci\u00f3n, telecomunicaciones y nuevas tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n, disponiendo de espacios \u00f3ptimos del espectro radioel\u00e9ctrico y de las redes e infraestructura para hacer uso de sus lenguas y de otros elementos culturales.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Propuesta extensa<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Al incluir y desarrollar todos los derechos arriba citados, la propuesta es bastante extensa: contiene nada menos que 453 art\u00edculos agrupados en 8 libros. Esta exhaustividad tambi\u00e9n se debe, por un lado, a la vasta gama de facultades, capacidades y atribuciones que se le reconocen a estos pueblos en cuanto sujetos de derecho p\u00fablico, y por el otro, tambi\u00e9n se debe al conjunto de responsabilidades y obligaciones que se le asignan al Estado mexicano y a los tres \u00f3rdenes de gobierno para garantizar el ejercicio efectivo de estos derechos.<\/p>\n\n\n\n<p>Ante la dificultad de referirnos a toda la propuesta, se\u00f1alaremos que algunos de sus aspectos sustanciales est\u00e1n contenidos en el Libro Primero, en el que se prescribe y categoriza a los pueblos ind\u00edgenas como sujetos de derecho p\u00fablico; el Libro Segundo fundamenta el derecho a la libre determinaci\u00f3n y a la autonom\u00eda, y describe las formas y mecanismos mediante los cuales se puede ejercer este derecho. El Libro Sexto desarrolla con amplitud el derecho a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado, as\u00ed como los principios y mecanismos para hacer viable su pleno ejercicio.<\/p>\n\n\n\n<p>Para ilustrar la l\u00f3gica expositiva que prevalece en la propuesta, referir\u00e9 dos ejemplos:<\/p>\n\n\n\n<p>Lenguas ind\u00edgenas. Derecho (Art\u00edculo 166). Los pueblos y comunidades, as\u00ed como sus integrantes, tienen el derecho de utilizar la lengua ind\u00edgena que corresponda en sus relaciones con el Estado, en particular en los servicios de procuraci\u00f3n y administraci\u00f3n de justicia, educaci\u00f3n, salud y programas de gobierno.<\/p>\n\n\n\n<p>Atribuciones de los pueblos y comunidades. (Art\u00edculo 167). Dise\u00f1ar, estandarizar y promover sus alfabetos, as\u00ed como elaborar sus gram\u00e1ticas, diccionarios, metodolog\u00edas, estrategias, recursos y otros materiales, para el uso y ense\u00f1anza de sus lenguas y sistemas de escritura.<\/p>\n\n\n\n<p>Obligaciones de la Federaci\u00f3n, entidades federativas, municipios y demarcaciones de la Ciudad de M\u00e9xico. (Art\u00edculo 168). Garantizar el uso de las lenguas ind\u00edgenas como lenguas oficiales, as\u00ed como las medidas y medios necesarios para asegurar su conocimiento, valoraci\u00f3n, uso y ense\u00f1anza.<\/p>\n\n\n\n<p>Medios de comunicaci\u00f3n y radiodifusi\u00f3n. Derecho (Art\u00edculo 227). Derecho a la adquisici\u00f3n, operaci\u00f3n, promoci\u00f3n, desarrollo y administraci\u00f3n de sus medios de comunicaci\u00f3n e informaci\u00f3n, telecomunicaciones y radiodifusi\u00f3n, y nuevas tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n, as\u00ed como para dise\u00f1ar, generar, producir, promover y transmitir contenidos, haciendo uso de sus lenguas y otros elementos culturales.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Pueblos y comunidades<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Facultades de los pueblos y comunidades. (Art\u00edculo 228). Adquirir, operar, desarrollar y administrar sus medios de comunicaci\u00f3n e informaci\u00f3n, telecomunicaciones y tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n; acceder al espectro radioel\u00e9ctrico concesionado de manera preferente, para la difusi\u00f3n de sus culturas y lenguas; generar, producir y difundir informaci\u00f3n y contenidos en sus lenguas, a trav\u00e9s de sus medios de comunicaci\u00f3n, asegurando su pertinencia cultural.<\/p>\n\n\n\n<p>Obligaciones de la Federaci\u00f3n, entidades federativas, municipios y demarcaciones de la Ciudad de M\u00e9xico. (Art\u00edculo 231). Respetar y reconocer las decisiones de los pueblos y comunidades ind\u00edgenas para el establecimiento, operaci\u00f3n y administraci\u00f3n de sus medios de comunicaci\u00f3n, telecomunicaciones, cinematograf\u00eda y nuevas tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n; asegurar la disponibilidad del espectro radioel\u00e9ctrico para telecomunicaciones y radiodifusi\u00f3n de los pueblos y comunidades ind\u00edgenas, en particular espacios \u00f3ptimos, y garantizar que las concesiones se otorguen de manera preferente, en condiciones de equidad y con pertinencia cultural.<\/p>\n\n\n\n<p>Sostenemos que esta propuesta de iniciativa es de la mayor trascendencia para el futuro de nuestro pa\u00eds, ya que de alcanzarse su aprobaci\u00f3n y de trabajar intensamente en su ulterior implementaci\u00f3n, nos permitir\u00e1 avanzar hacia la reconfiguraci\u00f3n de M\u00e9xico como una naci\u00f3n democr\u00e1tica, multiling\u00fce y pluricultural, fuertemente pertrechada en sus ra\u00edces milenarias e inserta con grandes fortalezas en un mundo globalizado, desafiante y azaroso.<\/p>\n\n\n\n<p>Pero no todo es miel sobre hojuelas ni cabe cantar victoria. Si bien la propuesta presidencial ha tenido buena acogida en la sociedad, tambi\u00e9n ha habido cuestionamientos e incluso rechazos a algunos de sus aspectos torales por parte del Consejo Nacional Ind\u00edgena \u2014considerado como el brazo pol\u00edtico del EZLN\u2014, as\u00ed como de varios grupos \u00e9tnicos de entidades como Oaxaca y Nayarit.<\/p>\n\n\n\n<p>Confiamos en que la Presidenta Sheinbaum ser\u00e1 sensible a estos reclamos y que sabr\u00e1 incorporar las modificaciones y adecuaciones que surjan en el complejo proceso de consulta en curso.<\/p>\n\n\n\n<p>Creemos igualmente que lo m\u00e1s dif\u00edcil ser\u00e1 la ulterior implementaci\u00f3n de la nueva ley, ya que se enfrentar\u00e1 a viejas mentalidades colonialistas, racistas y discriminatorias que a\u00fan prevalecen en la sociedad, as\u00ed como a los intereses econ\u00f3micos caciquiles y monop\u00f3licos que dominan en la compleja geograf\u00eda sociocultural del pa\u00eds. Veremos.\u2014 M\u00e9rida, Yucat\u00e1n<\/p>\n\n\n\n<p>*Doctor en Educaci\u00f3n. Ex director de la UPN en el Estado; Director de la Escuela Normal Superior de Yucat\u00e1n<\/p>\n<div class='share-to-whatsapp-wrapper'><div class='share-on-whsp'>Share on: <\/div><a data-text='Hacia una nueva ley ind\u00edgena' data-link='https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/hacia-una-nueva-ley-indigena\/' class='whatsapp-button whatsapp-share'>WhatsApp<\/a><div class='clear '><\/div><\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Freddy Espadas Sosa* Fuente: Diario de Yucat\u00e1n \u201cNuestra ascendencia india es un espejo en el cual no nos queremos mirar\u201d.\u2014 Guillermo Bonfil Batalla, antrop\u00f3logo mexicano (1935-1991). 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