{"id":212273,"date":"2026-03-26T16:58:59","date_gmt":"2026-03-26T22:58:59","guid":{"rendered":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/?p=212273"},"modified":"2026-03-26T16:59:03","modified_gmt":"2026-03-26T22:59:03","slug":"gatopardismo-legislativo-sobre-la-violencia-contra-las-mujeres-en-mexico","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/gatopardismo-legislativo-sobre-la-violencia-contra-las-mujeres-en-mexico\/","title":{"rendered":"Gatopardismo legislativo sobre la violencia contra las mujeres en M\u00e9xico"},"content":{"rendered":"\n<p>Por:SemM\u00e9xico<\/p>\n\n\n\n<p>Por Muriel Salinas D\u00edaz<\/p>\n\n\n\n<p>SemM\u00e9xico, Cd de M\u00e9xico, 25 marzo 2026.-El de 6 julio de 2022 el entonces Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n, Arturo Zald\u00edvar, present\u00f3 a la C\u00e1mara de Diputados un proyecto de iniciativa de Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Feminicidio.<\/p>\n\n\n\n<p>En la conferencia de prensa ofrecida por Zald\u00edvar, declar\u00f3:<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEsta Ley General que tiene que ver con feminicidios, como expliqu\u00e9 hace rato, trata de solucionar un primer problema. Que no hay un tipo penal \u00fanico de feminicidio de tal suerte que cada Estado, cada entidad federativa lo puede conceptualizar y esto provoca varios problemas; por un lado, que no puede haber un protocolo de investigaci\u00f3n; por el otro lado, que no puede haber reglas jurisprudenciales, digamos, criterios de la Corte que sean aplicables de manera uniforme a todos los delitos de feminicidio y en tercer lugar, que a veces y est\u00e1n mal redactados, se hace pr\u00e1cticamente imposible acreditar el tipo penal. De tal suerte que, se pretende que haya una Ley General, para que sea esta Ley la que establezca el tipo y las sanciones, pero no nos quedamos s\u00f3lo ah\u00ed, sino que tomando como ejemplo, como inspiraci\u00f3n, la Ley Modelo Interamericana para prevenir y combatir la violencia contra las mujeres y las ni\u00f1as, queremos generar una Ley que traiga temas de prevenci\u00f3n, que al mismo tiempo genere un protocolo de investigaci\u00f3n, que obviamente permita sancionar a los responsables pero que tambi\u00e9n repare de manera integral el agravio.\u201d (SCJN, 2022).<\/p>\n\n\n\n<p>El proyecto planteaba una reforma al art\u00edculo 73 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, que le otorgar\u00eda facultades al Congreso para expedir las leyes generales que establezcan como m\u00ednimo, los tipos penales y sus sanciones en diversos delitos. De esa manera, a quien cometa el delito de feminicidio se le impondr\u00e1n de 40 a 60 a\u00f1os de prisi\u00f3n y de 500 a mil d\u00edas multa (C\u00e1mara de Diputados, 2022) .<\/p>\n\n\n\n<p>Uno de los aspectos m\u00e1s preocupantes de esta iniciativa es que en su art\u00edculo 5, fracci\u00f3n XV, se define el concepto de mujer de la siguiente forma:<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 5. Para los efectos de esta Ley se entiende por:<\/p>\n\n\n\n<p>I al XIV \u2026<\/p>\n\n\n\n<p>XV. Mujer: cualquier persona, sin importar su edad, del sexo femenino o que se autoperciba como mujer;<\/p>\n\n\n\n<p>Pese a que hay quienes afirman que el proceso de borrado de las mujeres de las leyes y las pol\u00edticas p\u00fablicas es pura fantas\u00eda, baste observar esta iniciativa y considerar que, de acuerdo con este concepto \u2013 impulsado globalmente mediante el lobby transgenerista queer financiado por grandes intereses capitalistas a trav\u00e9s de organismos como la Fundaci\u00f3n Arcus y la Open Society, de George Soros; la Fundaci\u00f3n Ford, personajes como el multimillonario transg\u00e9nero y antiguo teniente coronel Jennifer Pritzker y un importante grupo de multimillonarios de la industria farmac\u00e9utica\u2013 el Estado Mexicano reconoce que \u201ccualquier persona\u201d puede ser mujer, pues para ello s\u00f3lo hace falta \u201cautpoercibirse\u201d. Es decir, este tipo de regulaciones acaban por definir que las mujeres no existimos, sino que somos una \u201cidentidad\u201d que adem\u00e1s se elige por voluntad personal, por simple deseo. Si esto no se trata de un borrado legal de las mujeres, entonces valdr\u00eda la pena cuestionar por qu\u00e9 en el glosario contenido en este proyecto de ley \u2013 como en muchas otras reformas de contenido similar- no se consider\u00f3 necesario incluir una definici\u00f3n de los hombres.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, como ocurre en una gran cantidad de leyes mexicanas, el t\u00e9rmino g\u00e9nero es utilizado para referirse de manera indiscriminada y acr\u00edtica a cualquier clase de cosas, generando nuevamente una Babel conceptual y jur\u00eddica al respecto: por una parte, se aplica como un concepto que refiere a la identidad sexual para definir qu\u00e9 somos las mujeres (una identidad producto del deseo) y por la otra como categor\u00eda de an\u00e1lisis de las desigualdades entre mujeres y hombres. Tal es el caso, en dicho proyecto, de la definici\u00f3n de la violencia contra las mujeres contenido en la fracci\u00f3n XXI del art\u00edculo 5, que a la letra dice:<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 5. Para los efectos de esta Ley se entiende por:<\/p>\n\n\n\n<p>I al XX. (\u2026)<\/p>\n\n\n\n<p>XXI. Violencia contra las mujeres: Cualquier acci\u00f3n o conducta, basada en su g\u00e9nero, que cause a las mujeres la muerte, da\u00f1o o sufrimiento f\u00edsico, sexual o psicol\u00f3gico, tanto en el \u00e1mbito p\u00fablico como en el privado, que sea motivada o se sustente en las relaciones hist\u00f3ricamente desiguales de poder entre hombres y mujeres y ubica a las mujeres en situaciones de subordinaci\u00f3n, que constituye una violaci\u00f3n de derechos humanos que limita total o parcialmente el reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos;&nbsp;&nbsp; [las negritas son m\u00edas]\n\n\n\n<p>Y antes de esta definici\u00f3n, en la fracci\u00f3n XVII, se conceptualiza la Perspectiva de G\u00e9nero como sigue:<\/p>\n\n\n\n<p>XVII. Perspectiva de g\u00e9nero: Es una visi\u00f3n cient\u00edfica, anal\u00edtica y pol\u00edtica sobre las mujeres y los hombres. Se propone eliminar las causas de la opresi\u00f3n de g\u00e9nero como la desigualdad, la injusticia y la jerarquizaci\u00f3n de las personas basada en el g\u00e9nero. Promueve la igualdad entre los g\u00e9neros a trav\u00e9s de la equidad, el adelanto y el bienestar de las mujeres; contribuye a construir una sociedad en donde las mujeres y los hombres tengan el mismo valor, la igualdad de derechos y oportunidades para acceder a los recursos econ\u00f3micos y a la representaci\u00f3n pol\u00edtica y social en los \u00e1mbitos de toma de decisiones; [las negritas son m\u00edas]\n\n\n\n<p>El proyecto de Arturo Zald\u00edvar, presentado ante la C\u00e1mara de Diputados el 6 de julio de 2022, no prosper\u00f3. Pero form\u00f3 parte de su estrategia medi\u00e1tica para adquirir una mayor visibilidad pol\u00edtica en una coyuntura en la que logr\u00f3 transitar de Ministro Presidente de la SCJN a fiel servidor del actual r\u00e9gimen morenista.<\/p>\n\n\n\n<p>Y en lo que parece ser una nueva ofrenda pol\u00edtica de Zald\u00edvar al actual gobierno federal, el pasado 24 de marzo de 2026, la Presidenta de la Rep\u00fablica, Claudia Sheinbaum Pardo, dio a conocer en su conferencia ma\u00f1anera que presentar\u00e1 al senado un proyecto de Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Da\u00f1o por el Delito de Feminicidio, cuyos principales aspectos fueron expuestos por la mandataria esa ma\u00f1ana en una presentaci\u00f3n de Power Point, archivo que posteriormente fue circulado ampliamente en las redes sociales.<\/p>\n\n\n\n<p>Este documento, hecho con diapositivas, presenta un proyecto de ley estructurado en ocho t\u00edtulos que abordan disposiciones generales, competencia, definici\u00f3n del delito, penas, responsabilidades adicionales, investigaci\u00f3n, derechos de las v\u00edctimas y pol\u00edticas de prevenci\u00f3n. No expone nada relativo a la conceptualizaci\u00f3n de mujer, pero habr\u00e1 que prestar especial atenci\u00f3n al documento oficial de la iniciativa una vez que sea presentada oficialmente a la C\u00e1mara.<\/p>\n\n\n\n<p>Entre los aspectos m\u00e1s relevantes del proyecto presentado por la Presidenta, la iniciativa propone definir el feminicidio como la privaci\u00f3n de la vida de una mujer por razones de g\u00e9nero, incluyendo motivos como violencia sexual, estereotipos, antecedentes de violencia, desigualdad de poder, y condiciones como embarazo, discapacidad o edad avanzada. Se establecen penas de 40 a 70 a\u00f1os de prisi\u00f3n, multas, y sanciones agravadas para casos con circunstancias espec\u00edficas, adem\u00e1s de sanciones para tentativas. Se proh\u00edben excusas absolutorias o atenuantes, y el responsable perder\u00e1 derechos sucesorios, tutela, patria potestad, y cargos p\u00fablicos, adem\u00e1s de que el delito y reparaci\u00f3n son imprescriptibles. Se plantea que la investigaci\u00f3n ser\u00e1 especializada, con perspectiva de g\u00e9nero, protocolos homologados y an\u00e1lisis de antecedentes, garantizando la verdad y reparaci\u00f3n integral. Que los derechos de las v\u00edctimas incluyan acceso a justicia, atenci\u00f3n m\u00e9dica y psicol\u00f3gica, asistencia jur\u00eddica, protecci\u00f3n social, restituci\u00f3n digna del cuerpo y servicios de traducci\u00f3n. Se mandata promover pol\u00edticas integrales, campa\u00f1as de concientizaci\u00f3n, registros nacionales de feminicidios y protecci\u00f3n a ni\u00f1as y adolescentes hu\u00e9rfanas. Y tambi\u00e9n contempla la creaci\u00f3n de centros especializados, l\u00edneas de atenci\u00f3n y mecanismos de coordinaci\u00f3n entre autoridades para fortalecer la prevenci\u00f3n y atenci\u00f3n del feminicidio.<\/p>\n\n\n\n<p>Es presumible que la iniciativa expuesta por la mandataria mexicana el pasado 24 de marzo sea la misma que Arturo Zald\u00edvar propuso en 2022, ya que el proyecto de la presidenta tambi\u00e9n incluye modificar el inciso A de la fracci\u00f3n XXI del art\u00edculo 73 de la Constituci\u00f3n, a fin de que sea posible expedir esta nueva ley, con la que se busca que este delito sea clasificado como un tipo penal homologado.<\/p>\n\n\n\n<p>Pero no se necesita mucho esfuerzo para comprender que lo m\u00e1s urgente es erradicar la impunidad de Estado y social que prevalece en M\u00e9xico con relaci\u00f3n a la violencia contra las mujeres y, de manera espec\u00edfica, cuando acontece un feminicidio. De acuerdo con el Censo de Procuraci\u00f3n de Justicia 2025, en las fiscal\u00edas del pa\u00eds se registraron 4 mil 523 casos de feminicidio, consumados o en grado de tentativa. De estos, en 2 mil 229 se llev\u00f3 a cabo la investigaci\u00f3n inicial; 946 fueron presentados ante un juez de control; en 948 se concluy\u00f3 la investigaci\u00f3n complementaria y en 679 se formul\u00f3 una acusaci\u00f3n formal. Reflejando que \u00fanicamente el 15 % de los casos fue judicializado.<\/p>\n\n\n\n<p>Ciertamente es necesario homologar el tipo penal de feminicidio en todo el pa\u00eds, lo que servir\u00e1 para que todo asesinato violento de una mujer sea investigado como feminicidio, y tambi\u00e9n para transparentar las cifras oficiales que dan cuenta de esta problem\u00e1tica, ya que hoy carecen de transparencia y coherencia, porque en la l\u00f3gica patriarcal del Estado Mexicano, las cifras del feminicidio reflejan las fallas de una pol\u00edtica de prevenci\u00f3n que a los gobiernos les implica altos costos pol\u00edticos que nadie quere asumir, entonces optan por clasificar estos cr\u00edmenes como homicidios para ocultar la realidad de la violencia feminicida.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, seg\u00fan el IV Informe Hemisf\u00e9rico sobre la implementaci\u00f3n de la Convenci\u00f3n Belem Do Par\u00e1, ning\u00fan gobierno de Am\u00e9rica Latina y El Caribe ha invertido ni siquiera el 1% de su presupuesto nacional en pol\u00edticas de prevenci\u00f3n de la violencia contra las mujeres, lo que tendr\u00eda que recordarle al actual gobierno que esta compleja problem\u00e1tica no se erradicar\u00e1 mediante programas de transferencias monetarias ni con la creaci\u00f3n de la infraestructura territorial gubernamental de los Centros Libres, que duplican las funciones de los Institutos Municipales de las Mujeres y que tan solo en 2025 implicaron una inversi\u00f3n federal de poco m\u00e1s de 651 millones de pesos, en tanto que para este 2026 costar\u00e1n 983.4 millones de pesos.<\/p>\n<div class='share-to-whatsapp-wrapper'><div class='share-on-whsp'>Share on: <\/div><a data-text='Gatopardismo legislativo sobre la violencia contra las mujeres en M\u00e9xico' data-link='https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/gatopardismo-legislativo-sobre-la-violencia-contra-las-mujeres-en-mexico\/' class='whatsapp-button whatsapp-share'>WhatsApp<\/a><div class='clear '><\/div><\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por:SemM\u00e9xico Por Muriel Salinas D\u00edaz SemM\u00e9xico, Cd de M\u00e9xico, 25 marzo 2026.-El de 6 julio de 2022 el entonces Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n, Arturo Zald\u00edvar, present\u00f3 a la C\u00e1mara de Diputados un proyecto de iniciativa de Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Feminicidio. 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