{"id":208429,"date":"2025-11-10T12:58:40","date_gmt":"2025-11-10T18:58:40","guid":{"rendered":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/?p=208429"},"modified":"2025-11-10T12:58:42","modified_gmt":"2025-11-10T18:58:42","slug":"parlamento-abierto","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/parlamento-abierto\/","title":{"rendered":"Parlamento abierto"},"content":{"rendered":"\n<p>Rodrigo Llanes Salazar (*)<\/p>\n\n\n\n<p>Fuente: Diario de Yucat\u00e1n<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cCada a\u00f1o, la Conagua deja de cobrar alrededor de 44 mil millones de pesos a los grandes usuarios industriales. Llevan 33 a\u00f1os sin pagar derechos por el agua que usan y contaminan. Si un campesino no paga, le cortan el suministro; si una minera no paga, no pasa nada\u201d, expres\u00f3 Elena Burns, integrante de la Coordinadora Nacional Agua para Todxs, Agua para la Vida y ex subdirectora de Administraci\u00f3n de Agua en la Conagua, en el Parlamento Ciudadano \u201cPor la legislaci\u00f3n h\u00eddrica que M\u00e9xico necesita\u201d, que se realiz\u00f3 el pasado 7 de noviembre en el Congreso de Jalisco.<\/p>\n\n\n\n<p>Desde que el pasado 9 de octubre la presidenta de la rep\u00fablica present\u00f3 la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley General de Aguas y se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, ha tenido lugar una intensa movilizaci\u00f3n a nivel nacional, ya que dicha Iniciativa mantiene la esencia del modelo de gesti\u00f3n del agua en el pa\u00eds que ha conducido a situaciones como las que Burns denunci\u00f3 en el Parlamento Ciudadano.<\/p>\n\n\n\n<p>A nivel nacional, la Coordinadora Agua para Todxs y las contralor\u00edas aut\u00f3nomas del agua han organizado una serie de foros de parlamento abierto para discutir la Iniciativa presidencial, comenzando con un foro en Puebla el pasado 30 de octubre. Hasta el momento, se han programado por lo menos 15 foros en distintos estados del pa\u00eds. En M\u00e9rida, la Contralor\u00eda Aut\u00f3noma del Agua de Yucat\u00e1n est\u00e1 organizando un foro que se realizar\u00e1 en el Auditorio \u201cJulieta Fierro\u201d de la Secihti.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s de los foros organizados por la ciudadan\u00eda, la Comisi\u00f3n de Recursos Hidr\u00e1ulicos, Agua Potable y Saneamiento del Congreso, a la que fue turnada la Iniciativa presidencial el pasado 14 de octubre, ha establecido un acuerdo (dado a conocer el pasado 3 de noviembre) para realizar Audiencias p\u00fablicas para analizar la iniciativa en tres zonas del pa\u00eds, Norte, Centro y Sur, y que se llevar\u00e1n al cabo el 13, 14 y 18 de noviembre.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin duda, estos espacios constituyen elementos fundamentales para cumplir con el mandato constitucional del Art\u00edculo 4\u00ba de que la Ley General de Aguas que emita el Congreso se realice con la participaci\u00f3n de la ciudadan\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p>Con base en una experiencia de m\u00e1s de diez a\u00f1os de trabajo en la Iniciativa ciudadana de Ley General de Aguas, Agua para Todxs y las contralor\u00edas aut\u00f3nomas del agua han elaborado propuestas puntuales para transformar realmente la gesti\u00f3n del agua en M\u00e9xico y sentar las bases para hacer efectivo el derecho humano al agua y al saneamiento. Estas propuestas est\u00e1n siendo presentadas en los foros de parlamento abierto y es fundamental que las y los diputados federales que representan a cada entidad los retomen para la discusi\u00f3n en el Congreso de la Uni\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>La propuesta fundamental, que se deriva del propio Art\u00edculo 4\u00ba constitucional, es que s\u00f3lo debe haber una ley que regule el derecho humano al agua. Es una contradicci\u00f3n que permanezca una Ley de Aguas Nacionales (LAN) que regule la gesti\u00f3n econ\u00f3mica del agua como propiedad de la naci\u00f3n, incluyendo el r\u00e9gimen de concesiones, y una Ley General de Aguas (LGA) que establezca bases para hacer efectivo el derecho humano al agua. Por ello, la demanda es una sola ley. Aunque, si se va a mantener la LAN, se necesitan modificaciones sustanciales para que no sea incompatible con la LGA, la Constituci\u00f3n y los tratados internacionales en materia de derechos humanos.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed, por ejemplo, la Iniciativa de reforma de la LAN mantiene intacto el Art\u00edculo 102, el cual permite la privatizaci\u00f3n del \u201cfinanciamiento, construcci\u00f3n y operaci\u00f3n de infraestructura hidr\u00e1ulica federal, as\u00ed como en la prestaci\u00f3n de los servicios respectivos\u201d. Las contralor\u00edas proponen derogar el art\u00edculo o, cuando menos, regular y transparentar los contratos de obra p\u00fablica y servicios con particulares.<\/p>\n\n\n\n<p>Igualmente, el Art\u00edculo 44 de la LAN, que no se modifica, dispone que \u201clas asignaciones de aguas nacionales a centros de poblaci\u00f3n que se hubieran otorgado a los ayuntamientos a los estados, o a la Ciudad de M\u00e9xico, que administren los respectivos sistemas de agua potable y alcantarillado, subsistir\u00e1n aun cuando estos sistemas sean administrados por entidades paraestatales o paramunicipales, o se concesione a particulares por la autoridad competente\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Las contralor\u00edas proponen la sustituci\u00f3n de la l\u00ednea \u201co se concesione a particulares por la autoridad competente\u201d por \u201co por sistemas comunitarios\u201d, que \u201ctendr\u00e1n la obligaci\u00f3n de cumplir prioritariamente con el derecho al acceso, disposici\u00f3n y saneamiento de agua para consumo personal y dom\u00e9stico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible, y de contribuir a la sustentabilidad de sus fuentes a trav\u00e9s de la reducci\u00f3n de fugas y el aprovechamiento de aguas pluviales y residuales\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Uno de los grandes temas de la discusi\u00f3n son las concesiones. Las contralor\u00edas parten del argumento de que la LAN ha permitido un sobreconcesionamiento, el cual ha resultado en violaciones al derecho humano al agua. La LAN vigente favorece a los concesionarios sobre el inter\u00e9s p\u00fablico. Actualmente, en su Art\u00edculo 29 Bis 3, establece que \u201cLa concesi\u00f3n o asignaci\u00f3n para la explotaci\u00f3n, uso o aprovechamiento de aguas nacionales s\u00f3lo podr\u00e1 extinguirse por\u201d una serie de motivos. La expresi\u00f3n \u201cs\u00f3lo podr\u00e1\u201d significa que la extinci\u00f3n no es obligatoria. Por ello, deber\u00eda decir que \u201cdeber\u00e1 extinguirse\u201d por dichos motivos. Asimismo, se agrega que un motivo de extinci\u00f3n sea cuando se deje de declarar y pagar los derechos correspondientes sobre el volumen concesionado durante dos a\u00f1os consecutivos.<\/p>\n\n\n\n<p>Una de las principales propuestas del gobierno federal para la recuperaci\u00f3n de vol\u00famenes de agua es el establecimiento de \u201cun fondo de reserva de aguas nacionales para la reasignaci\u00f3n de vol\u00famenes recuperados de los t\u00edtulos para la explotaci\u00f3n, uso o aprovechamiento de aguas nacionales\u201d (Art\u00edculo 37 Bis). Las contralor\u00edas proponen que no sea un solo fondo de reserva centralizado, sino fondos de reserva en cada cuenca y acu\u00edfero deficitario, los cuales prioricen siempre el derecho humano al agua.<\/p>\n\n\n\n<p>La propuesta ciudadana tambi\u00e9n enfatiza la necesidad de modificar los Art\u00edculos 13 y 13 Bis, con el prop\u00f3sito de reemplazar los Consejos de Cuenca por Consejos regionales como instancias formales de participaci\u00f3n social que sean incluyentes y vinculantes en sus propuestas. Aunque, de acuerdo con la LAN, estos consejos son \u201c\u00f3rganos colegiados de integraci\u00f3n mixta\u201d, que \u201cconsiderar\u00e1n la pluralidad de intereses, demandas y necesidades en la cuenca o cuenca hidrol\u00f3gicas que correspondan\u201d, diversos estudios han documentado que los Consejos de Cuenca representan principalmente los intereses de las grandes industrias, excluyendo la participaci\u00f3n real de comunidades ind\u00edgenas, afromexicanas, campesinas, migrantes, entre otros sectores vulnerables que suelen ser los m\u00e1s afectados.<\/p>\n\n\n\n<p>En cuanto a la contaminaci\u00f3n, en la ley vigente el permiso de descarga de aguas es un tr\u00e1mite aparte a la concesi\u00f3n de extracci\u00f3n. Para el caso de Yucat\u00e1n \u2014como en el resto del pa\u00eds\u2014, esto genera una situaci\u00f3n en la que miles de usuarios, muchos de ellos grandes industrias, tienen concesiones de extracci\u00f3n de agua subterr\u00e1nea pero no tienen permiso de descarga. De acuerdo con informaci\u00f3n de Agua para Todxs, al menos 5,964 pozos industriales y 455 tomas de aguas superficiales para uso industrial no cuentan con permisos de descarga. As\u00ed, se propone modificar el Art\u00edculo 23 para a\u00f1adir que \u201cse especificar\u00e1 el volumen de las aguas concesionadas que ser\u00e1n retornadas, la red o cauce que las recibir\u00e1n as\u00ed como las condiciones particulares que tendr\u00e1n que cumplir a su retorno\u201d y que \u201cel permiso de descarga formar\u00e1 parte integral de la concesi\u00f3n o autorizaci\u00f3n otorgada; en ning\u00fan caso representar\u00e1 un tr\u00e1mite por separado\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>De manera fundamental, resulta urgente cambiar el enfoque de \u201cquien contamina paga\u201d por \u201cquien da\u00f1a restaura\u201d. El gobierno federal ha destacado que, en su iniciativa, aumenta las sanciones a quienes incumplan la ley y que incluso crea nuevos delitos h\u00eddricos a ser sancionados. Sin embargo, hay dos grandes problemas con este enfoque.<\/p>\n\n\n\n<p>Primero, hay una escasa inspecci\u00f3n de las concesiones. En 2023, la Conagua s\u00f3lo dispon\u00eda de 141 inspectores para cubrir 427 mil concesiones de agua en todo el territorio nacional. Nada indica que el presupuesto de la Conagua (y del sector ambiental) vaya en aumento.<\/p>\n\n\n\n<p>Pero, ante todo, las multas pueden ser sanciones menores para grandes industrias, por lo que resulta imperante aplicar el enfoque de quien da\u00f1a restaura, como lo ha exhortado el Relator especial sobre el derecho humano al agua y saneamiento de las Naciones Unidas, Pedro Arrojo. As\u00ed, se propone que el Art\u00edculo 96 Bis 1, que dispone actualmente que \u201cLas personas f\u00edsicas o morales que descarguen aguas residuales, en violaci\u00f3n a las disposiciones legales aplicables, y que causen contaminaci\u00f3n en un cuerpo receptor, asumir\u00e1n la responsabilidad de reparar o compensar el da\u00f1o ambiental causado en t\u00e9rminos de la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento\u201d, sea sustituido por \u201cLa Comisi\u00f3n mantendr\u00e1 la suspensi\u00f3n de actividades realizada en cumplimiento con el Art\u00edculo 92 hasta que la persona f\u00edsica o moral responsable haya reparado o compensado el da\u00f1o ambiental y a la salud causado\u201d. Tambi\u00e9n se propone incluir la contaminaci\u00f3n de los cauces, cuerpos de agua y acu\u00edferos como delitos contra la salud humana y de los ecosistemas, el cual se puede reconocer en el art\u00edculo 123 Bis 8 de la LAN.<\/p>\n\n\n\n<p>Ninguna disposici\u00f3n sobre los acu\u00edferos k\u00e1rsticos, como los que tenemos en nuestra regi\u00f3n. La Iniciativa ciudadana de LGA ha hecho propuestas al respecto, sobre las que volver\u00e9 en una pr\u00f3xima entrega.\u2014 M\u00e9rida, Yucat\u00e1n<\/p>\n\n\n\n<p>rodrigo.llanes.s@gmail.com<\/p>\n\n\n\n<p>Investigador del Cephcis-UNAM<\/p>\n<div class='share-to-whatsapp-wrapper'><div class='share-on-whsp'>Share on: <\/div><a data-text='Parlamento abierto' data-link='https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/parlamento-abierto\/' class='whatsapp-button whatsapp-share'>WhatsApp<\/a><div class='clear '><\/div><\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Rodrigo Llanes Salazar (*) Fuente: Diario de Yucat\u00e1n \u201cCada a\u00f1o, la Conagua deja de cobrar alrededor de 44 mil millones de pesos a los grandes usuarios industriales. Llevan 33 a\u00f1os sin pagar derechos por el agua que usan y contaminan. 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