{"id":205868,"date":"2025-08-14T14:27:50","date_gmt":"2025-08-14T19:27:50","guid":{"rendered":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/?p=205868"},"modified":"2025-08-14T14:27:52","modified_gmt":"2025-08-14T19:27:52","slug":"mexico-aprueba-sistema-de-vigilancia-masiva-que-amenaza-los-derechos-humanos-comunicado-r3d","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/mexico-aprueba-sistema-de-vigilancia-masiva-que-amenaza-los-derechos-humanos-comunicado-r3d\/","title":{"rendered":"M\u00e9xico aprueba sistema de vigilancia masiva que amenaza los derechos humanos | Comunicado R3D"},"content":{"rendered":"\n<ul><li><strong><em>La organizaci\u00f3n Red en Defensa de los Derechos Digitales se pronunci\u00f3 al respecto mediante un comunicado.<\/em><\/strong><\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>Fuente: Aristegui Noticias<\/p>\n\n\n\n<p>Redacci\u00f3n AN \/ JSC<\/p>\n\n\n\n<p>En julio de 2025, el Gobierno de M\u00e9xico, con el respaldo de su mayor\u00eda legislativa, aprob\u00f3 una serie de leyes que encendieron las alarmas en materia de derechos humanos.<\/p>\n\n\n\n<p>Las nuevas leyes permiten la creaci\u00f3n de una infraestructura de monitoreo masivo, consolidando un poder de vigilancia que preocupa a organizaciones de la sociedad civil y defensores de los derechos humanos.<\/p>\n\n\n\n<p>La organizaci\u00f3n Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) se pronunci\u00f3 al respecto mediante un comunicado que a continuaci\u00f3n reproducimos de manera \u00edntegra:<\/p>\n\n\n\n<p>En julio de 2025, el gobierno mexicano aprob\u00f3 por fast-track una serie de leyes en el Congreso \u2013 dominado por una vasta mayor\u00eda del partido en el poder, MORENA\u2013 para establecer un sistema de vigilancia y control social sin salvaguardas, incompatible con el derecho a la privacidad, a la libertad de expresi\u00f3n, la presunci\u00f3n de inocencia, la no discriminaci\u00f3n y el principio de no incriminaci\u00f3n de la poblaci\u00f3n entera.<\/p>\n\n\n\n<p>Queremos mantenerle informada sobre los serios retrocesos para los derechos humanos en M\u00e9xico. Hemos identificado la interacci\u00f3n entre diversas leyes para incrementar las capacidades de vigilancia de las fuerzas policiales y las autoridades de inteligencia \u2013incluyendo las militares\u2013, lo que aumenta los riesgos de abusos. Compartimos esta nota conceptual con nuestras principales preocupaciones.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Identificaci\u00f3n biom\u00e9trica obligatoria: una huella de toda la actividad<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La Ley General de Poblaci\u00f3n establece una identificaci\u00f3n biom\u00e9trica obligatoria (CURP biom\u00e9trica) que cada persona en M\u00e9xico deber\u00e1 tener, debido a que los entes p\u00fablicos y privados est\u00e1n obligados a solicitarla para el acceso a cualquier tr\u00e1mite o servicio, sea p\u00fablico o privado (Art\u00edculos 81 BIS y 91 Sexies), so pena de una sanci\u00f3n econ\u00f3mica (Art\u00edculo 114, BIS, 10 mil a 20 mil UMA, aproximadamente 6 mil a 12 mil d\u00f3lares).<\/p>\n\n\n\n<p>La Ley General en Materia de Desaparici\u00f3n Forzada de Personas, Desaparici\u00f3n Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de B\u00fasqueda de Personas crea la Plataforma \u00danica de Identidad, la cual recolectar\u00e1 y consolidar\u00e1 toda la informaci\u00f3n generada por el uso de la CURP biom\u00e9trica (Art\u00edculo 12), tal como est\u00e1 previsto en la Ley General de Poblaci\u00f3n. Debido a que cualquier actividad cotidiana requerir\u00e1 la CURP biom\u00e9trica, todas las actividades de la poblaci\u00f3n ser\u00e1n recabadas en esta plataforma.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, la Ley General en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusi\u00f3n establece la obligaci\u00f3n de las empresas de telecomunicaciones de crear un registro de cada l\u00ednea telef\u00f3nica asociada a la identidad de su titular a trav\u00e9s de la CURP biom\u00e9trica.<\/p>\n\n\n\n<p>Si una persona decide no asociar su identidad con la l\u00ednea, las empresas est\u00e1n obligadas a bloquearla y dejar de proveer cualquier servicio relacionado.<\/p>\n\n\n\n<p>Los lineamientos del registro se encuentran pendientes de ser establecidos por un nuevo \u00f3rgano de gobierno, la Comisi\u00f3n Reguladora de Telecomunicaciones, que sustituir\u00e1 al anterior organismo aut\u00f3nomo regulatorio, el Instituto Federal de Telecomunicaciones. La ley establece un plazo l\u00edmite para enero de 2026 para que los lineamientos sean publicados y compartidos con las empresas de telecomunicaciones. La cancelaci\u00f3n de l\u00edneas no registradas est\u00e1 programada para mayo de 2026.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Las leyes de seguridad e inteligencia: facultades irrestrictas<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La Ley del Sistema Nacional de Investigaci\u00f3n e Inteligencia en Materia de Seguridad P\u00fablica es el componente central del nuevo sistema de vigilancia, ya que establece el acceso, interconexi\u00f3n y transferencia de todas las bases de datos p\u00fablicas y privadas, de cualquier entidad p\u00fablica o privada, a las autoridades de inteligencia y fuerzas policiales.<\/p>\n\n\n\n<p>La ley crea la Plataforma Central de Inteligencia, un sistema centralizado que interconecta todas las bases de datos p\u00fablicas y privadas posibles (Art\u00edculos 24 y 30) para ser consultadas en tiempo real por todas las autoridades facultadas por ley (Art\u00edculos 36 al 38).<\/p>\n\n\n\n<p>La plataforma tambi\u00e9n estar\u00e1 conectada al Sistema Nacional de Informaci\u00f3n (Art\u00edculo 27) y a la Plataforma \u00danica de Identidad, creada por la Ley General en Materia de Desaparici\u00f3n Forzada (Art\u00edculo 28), por lo que obtendr\u00e1 acceso a todos los datos resultantes del uso obligatorio de la CURP biom\u00e9trica.<\/p>\n\n\n\n<p>La ley tambi\u00e9n se\u00f1ala que cualquier entidad privada en posesi\u00f3n de bases de datos sobre personas en M\u00e9xico deber\u00e1 garantizar acceso a los datos o entregar informaci\u00f3n a las autoridades sobre diversos registros, tales como registros vehiculares, matr\u00edculas de autos, da-<\/p>\n\n\n\n<p>tos biom\u00e9tricos, datos telef\u00f3nicos, registros de propiedad, registros fiscales, registros de armas de fuego, registros financieros, registros bancarios, datos de transporte, datos de salud, datos de telecomunicaciones, registros comerciales, registros corporativos y cualquier otro que se considere necesario para la elaboraci\u00f3n de \u201cproductos de inteligencia\u201d (Art\u00edculo 24).<\/p>\n\n\n\n<p>Para cumplir con estas obligaciones, las empresas deber\u00e1n proveer los datos a trav\u00e9s de acuerdos de colaboraci\u00f3n con la autoridades para permitir el acceso a sus bases de datos o mediante requerimientos obligatorios (Art\u00edculo 30).<\/p>\n\n\n\n<p>Estas obligaciones de solicitudes de datos pueden incluir a empresas internacionales y, en algunos casos, obligaciones para empresas locales que proporcionen informaci\u00f3n a organismos o gobiernos extranjeros, ya que las leyes de inteligencia tienen un alcance transfronterizo en casos de cooperaci\u00f3n entre las autoridades mexicanas y otros gobiernos, organismos o compa\u00f1\u00edas (Art\u00edculo 39, C, iii).<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed mismo, la informaci\u00f3n puede ser solicitada por y proporcionada a las autoridades militares. El paquete legislativo tambi\u00e9n reform\u00f3 la Ley Org\u00e1nica de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Federal para dotar a la Secretar\u00eda de la Defensa Nacional de la facultad de conducir actividades de inteligencia \u201cpor motivos de seguridad nacional\u201d (Art\u00edculo 29).<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;De la misma forma, la Ley de la Guardia Nacional coloc\u00f3 a dicho organismo bajo el control de las autoridades militares y le garantiz\u00f3 acceso a la Plataforma Central de Inteligencia (Art\u00edculo 44 de la Ley del Sistema Nacional de Investigaci\u00f3n e Inteligencia).<\/p>\n\n\n\n<p>A\u00fan m\u00e1s, el art\u00edculo 9, p\u00e1rrafo XXVI de la Ley de la Guardia Nacional fue modificado de forma ambigua para retirar los requisitos impuestos a la Guardia Nacional de obtener autorizaci\u00f3n judicial federal previa para el acceso a datos conservadores de telecomunicaciones y la geolocalizaci\u00f3n en tiempo real de dispositivos m\u00f3viles. Combatamos esta nueva infraestructura de vigilancia<\/p>\n\n\n\n<p>Estas leyes crean una serie de medidas desproporcionadas que infringen el derecho a la privacidad al normalizar la vigilancia masiva e indiscriminada. Este sistema de vigilancia y<\/p>\n\n\n\n<p>control social sin precedentes representa tambi\u00e9n una restricci\u00f3n indirecta a la libertad de expresi\u00f3n y asociaci\u00f3n, ya que implica la posibilidad de que autoridades civil y militares accedan a datos sensibles que incluyen los lugares que las personas visitan, con qui\u00e9nes se re\u00fanen o hablan y sus otras actividades diarias, lo que crea un ambiente hostil para la expresi\u00f3n de la cr\u00edtica y el disenso pol\u00edtico.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Como organizaci\u00f3n, nos estamos preparando para desafiar estas leyes ante los tribunales.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>No obstante, creemos que el apoyo internacional es indispensable para crear conciencia sobre estos riesgos, as\u00ed que les invitamos a ayudarnos a difundir esta informaci\u00f3n. En estos tiempos oscuros, la colaboraci\u00f3n es vital para la defensa de los derechos humanos.<\/p>\n\n\n\n<p>Estamos abiertas a responder sus solicitudes sobre mayor informaci\u00f3n o para mantenerles al tanto de nuestros siguientes pasos.<\/p>\n<div class='share-to-whatsapp-wrapper'><div class='share-on-whsp'>Share on: <\/div><a data-text='M\u00e9xico aprueba sistema de vigilancia masiva que amenaza los derechos humanos | Comunicado R3D' data-link='https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/mexico-aprueba-sistema-de-vigilancia-masiva-que-amenaza-los-derechos-humanos-comunicado-r3d\/' class='whatsapp-button whatsapp-share'>WhatsApp<\/a><div class='clear '><\/div><\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La organizaci\u00f3n Red en Defensa de los Derechos Digitales se pronunci\u00f3 al respecto mediante un comunicado. 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