{"id":201825,"date":"2025-04-14T17:17:26","date_gmt":"2025-04-14T22:17:26","guid":{"rendered":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/?p=201825"},"modified":"2025-04-14T17:17:28","modified_gmt":"2025-04-14T22:17:28","slug":"el-derecho-a-la-protesta","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/el-derecho-a-la-protesta\/","title":{"rendered":"El derecho a la protesta"},"content":{"rendered":"\n<p>Rodrigo Llanes Salazar (*)<\/p>\n\n\n\n<p>Fuente: Diario de Yucat\u00e1n<\/p>\n\n\n\n<p>El uso generalizado de las \u201cnarrativas negativas\u201d \u2014aquellas hostiles y estigmatizantes\u2014 sobre las protestas, asociaciones y reuniones pac\u00edficas, constituyen \u201cuna de las tendencias mundiales que explican el autoritarismo creciente y el cierre del espacio c\u00edvico\u201d, afirm\u00f3 Gina Romero, actual Relatora especial sobre los derechos a la libertad de reuni\u00f3n pac\u00edfica y asociaci\u00f3n de las Naciones Unidas, en su informe tem\u00e1tico anual ante la Asamblea General de la ONU el a\u00f1o pasado.<\/p>\n\n\n\n<p>Entre estas narrativas negativas sobre la protesta encontramos las que caracterizan a las personas manifestantes como \u201canarquistas a sueldo de grupos de presi\u00f3n y de inter\u00e9s\u201d, que cometen \u201cactividades sospechosas\u201d, que \u201cdefienden los intereses de una potencia extranjera\u201d, que circulan \u201cnoticias falsas que atentan contra el orden p\u00fablico\u201d, entre muchas otras formas que infravaloran, deshumanizan o marginan a personas o grupos por sus caracter\u00edsticas o conductas.<\/p>\n\n\n\n<p>Para la Relatora especial Romero, resulta fundamental erradicar dichas narrativas negativas para que \u201ctodas las personas puedan participar en la vida p\u00fablica y ayudar a que se tomen decisiones inclusivas y sostenibles\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En las democracias, junto con el voto, la protesta es una forma de participaci\u00f3n directa en la vida p\u00fablica y es un derecho que, hist\u00f3ricamente, ha permitido conquistar otros derechos, desde el \u00e1mbito laboral hasta el de la libertad de expresi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>En los \u00faltimos meses, el derecho a la protesta en Yucat\u00e1n se ha visto vulnerado por la actuaci\u00f3n de autoridades estatales como de actores privados. Tales han sido los casos de la criminalizaci\u00f3n de la protesta en contra de los impactos de las mega granjas porc\u00edcolas en Sitilpech y Santa Mar\u00eda Ch\u00ed (en donde la Fiscal\u00eda del Estado ha abierto carpetas de investigaci\u00f3n, ignorando los est\u00e1ndares internacionales en la materia), y del uso de la fuerza del Estado en las manifestaciones de mujeres feministas el pasado 8 de marzo, de pobladores de Sisal que exigen su derecho a la vivienda frente a la expansi\u00f3n inmobiliaria en dicho puerto y de maestros que defienden derechos laborales.<\/p>\n\n\n\n<p>En este contexto, la Oficina en M\u00e9xico del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) y la Comisi\u00f3n de Derechos Humanos del Estado de Yucat\u00e1n (CODHEY), junto con el Centro Peninsular en Humanidades y Ciencias Sociales (CEPHCIS) de la UNAM, organizaron el evento \u201cResistencias peninsulares. El derecho a la protesta en Yucat\u00e1n\u201d, que se llev\u00f3 al cabo en las instalaciones del CEPHCIS el pasado 10 de abril.<\/p>\n\n\n\n<p>En el evento, Karen Hudlet y Maria Werneck, oficiales de la ONU-DH, expusieron los est\u00e1ndares internacionales en materia de protecci\u00f3n del derecho a la protesta. En primer lugar, recordaron que este derecho se encuentra protegido por el derecho a la libertad de reuni\u00f3n y de asociaci\u00f3n pac\u00edficas, el cual se encuentra reconocido en los documentos m\u00e1s importantes de derechos humanos, como la Declaraci\u00f3n Universal de los Derechos Humanos (Art. 20) y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol\u00edticos (Art. 21).<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, se\u00f1alaron que el derecho a la protesta es de tipo instrumental, ya que es una herramienta para alcanzar otros derechos, por ejemplo, a un medio ambiente sano y una vida libre de violencia, a la vivienda y a un trabajo digno.<\/p>\n\n\n\n<p>Como se puede apreciar, el derecho internacional protege el derecho a la protesta entendida como reuni\u00f3n pac\u00edfica, es decir, como un acto no violento, entendiendo por violencia el uso de fuerza f\u00edsica que pueda provocar lesiones y muerte de otras personas, o da\u00f1os graves a bienes.<\/p>\n\n\n\n<p>La afectaci\u00f3n a terceras personas (como al tr\u00e1fico vehicular) no constituye necesariamente violencia y el uso de armas nunca est\u00e1 autorizado. Un est\u00e1ndar importante es que, cuando en una manifestaci\u00f3n alguna(s) persona(s) cometan actos de violencia o delitos, estas conductas deben ser individualizadas, es decir, no se debe atribuir la conducta delictiva a todas las personas que participaban en la manifestaci\u00f3n por el simple hecho de haber estado en el lugar, ni estigmatizar ni criminalizar a todo el colectivo (\u201clas feministas\u201d, \u201cambientalistas\u201d, \u201cmaestros\u201d, etc.).<\/p>\n\n\n\n<p>Igualmente, las oficiales Hudlet y Werneck expusieron las posibles restricciones al derecho a la protesta, las cuales deben realizarse con fines leg\u00edtimos, el Estado debe demostrar en forma concreta la naturaleza a la amenaza a la que se pretende hacer frente y c\u00f3mo la medida que se tomar\u00e1 es necesaria para dicho objetivo; las restricciones tambi\u00e9n deben obedecer a un control de legalidad estricta, deben ser proporcionales a los objetivos perseguidos y la actuaci\u00f3n de las autoridades debe estar marcada por los principios de igualdad y no discriminaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Con respecto a esta \u00faltima cuesti\u00f3n, en su intervenci\u00f3n en el evento, Mar\u00eda Paula Balam, del Centro por la Justicia, Democracia e Igualdad, inform\u00f3 que han documentado que los sectores que m\u00e1s afectados se han visto en el ejercicio de su derecho a la protesta son los hombres j\u00f3venes racializados, las mujeres j\u00f3venes feministas y los periodistas.<\/p>\n\n\n\n<p>De particular relevancia para los recientes sucesos en Yucat\u00e1n, las oficiales de ONU-DH retomaron la Observaci\u00f3n general N\u00ba 37 del Comit\u00e9 de Derechos Humanos, emitida en septiembre de 2020, que establece que \u201clos Estados partes tienen determinados deberes positivos para facilitar las reuniones pac\u00edficas y hacer posible que los participantes logren sus objetivos. Por lo tanto, los Estados deben promover un entorno propicio para el ejercicio del derecho de reuni\u00f3n pac\u00edfica sin discriminaci\u00f3n\u201d. Esto puede implicar acciones como cerrar calles, desviar el tr\u00e1fico y tambi\u00e9n \u201cproteger a los participantes contra posibles abusos por parte de agentes no estatales, como la injerencia o la violencia de otros ciudadanos, los contramanifestantes y los proveedores de seguridad privada\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Por otra parte, el uso de la fuerza debe ser la medida de \u00faltimo recurso, hasta agotar todos los medios no violentos, y las t\u00e9cnicas de encapsulamiento o contenci\u00f3n s\u00f3lo se deben aplicar a personas vinculadas directamente con la comisi\u00f3n de actos violentos. En este sentido, resulta ilegal aplicar gas y chorros de agua, como lo ha hecho recientemente el Estado. Las detenciones masivas e indiscriminadas, como las que se han cometido en las manifestaciones feministas en 2019 y en solidaridad con Sitilpech en 2023, tambi\u00e9n son ilegales. Las participantes en el evento coincidieron que, en manifestaciones como la del 8M de este a\u00f1o, las autoridades, lejos de garantizar un entorno propicio para la protesta, generaron un ambiente de hostilidad y de uso excesivo de la fuerza.<\/p>\n\n\n\n<p>Despu\u00e9s de la exposici\u00f3n de los est\u00e1ndares internacionales en materia de derecho a la protesta, se realiz\u00f3 la mesa \u201cUnidxs por los derechos humanos\u201d, moderada por Otto Castillo de la CODHEY y por quien esto escribe, en las que participaron personas defensoras de derechos humanos desde los \u00e1mbitos del periodismo, organizaciones civiles y comunidades mayas.<\/p>\n\n\n\n<p>Lilia Balam, periodista independiente, se\u00f1al\u00f3 la necesidad de que los medios de comunicaci\u00f3n desarrollen protocolos de seguridad para periodistas que cubren protestas, as\u00ed como la necesidad de que el Congreso del Estado derogue los \u201cdelitos contra el honor\u201d del C\u00f3digo Penal de Yucat\u00e1n, pues es un tipo penal que suele emplearse para criminalizar la protesta.<\/p>\n\n\n\n<p>Por su parte, Jorge Fern\u00e1ndez Mendiburu, abogado del Centro de Derechos Humanos Utsil Kuxtal, record\u00f3 que todos los derechos humanos son el producto de protestas, plante\u00f3 que muchas de las protestas en Yucat\u00e1n son una respuesta al modelo de desarrollo implementado en el estado \u2014con ganancias para unas minor\u00edas y costos para las mayor\u00edas\u2014, la necesidad de protestar en las calles \u2014no s\u00f3lo en las redes sociales\u2014 y que las luchas se asocien y no est\u00e9n aisladas.<\/p>\n\n\n\n<p>En su intervenci\u00f3n, Wilberth Nahuat, subcomisario de la comunidad maya de Santa Mar\u00eda Ch\u00ed, expuso las razones de la protesta en contra de la mega granja porc\u00edcola que opera a un lado de la comunidad, particularmente las afectaciones a la salud y al medio ambiente. Tambi\u00e9n destac\u00f3 c\u00f3mo, a pesar de que la protesta ha sido pac\u00edfica, ha sido criminalizada. Este es un caso en el que el Estado, particularmente la Fiscal\u00eda, debe interrumpir el procedimiento abierto contra el subcomisario, el cual carece de fundamentos y obedece claramente a un intento de disuadir la protesta por las afectaciones de la mega granja.<\/p>\n\n\n\n<p>Amelia Ojeda, coordinadora jur\u00eddica de Unasse, expres\u00f3 que lo m\u00e1s dif\u00edcil que ella ha identificado en la defensa de los derechos sexuales y reproductivos es que, en primer lugar, estos sean concebidos como derechos. Particularmente, el tema de la autonom\u00eda reproductiva de las mujeres y personas gestantes se ha convertido en un objeto de criminalizaci\u00f3n y de ataques por parte de diversos grupos.<\/p>\n\n\n\n<p>Marilyn Alvarado, de Art\u00edculo 19, expuso algunos de los resultados del reciente informe \u201cBarreras informativas. Desaf\u00edos para la libertad de expresi\u00f3n y el acceso a la informaci\u00f3n\u201d, destacando 11 agresiones contra la prensa en Yucat\u00e1n en 2024. Alvarado coincidi\u00f3 en la necesidad de eliminar los \u201cdelitos por honor\u201d en el C\u00f3digo penal local.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin duda, los est\u00e1ndares internacionales y las experiencias y recomendaciones expuestas en el evento deben ser retomadas por las autoridades para proteger el derecho a la protesta como una llave para acceder a otros derechos.\u2014 M\u00e9rida, Yucat\u00e1n.<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"mailto:rodrigo.llanes.s@gmail.co\">rodrigo.llanes.s@gmail.co<\/a>\u00a0<\/p>\n\n\n\n<p> Investigador del Cephcis-UNAM<\/p>\n<div class='share-to-whatsapp-wrapper'><div class='share-on-whsp'>Share on: <\/div><a data-text='El derecho a la protesta' data-link='https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/el-derecho-a-la-protesta\/' class='whatsapp-button whatsapp-share'>WhatsApp<\/a><div class='clear '><\/div><\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Rodrigo Llanes Salazar (*) Fuente: Diario de Yucat\u00e1n El uso generalizado de las \u201cnarrativas negativas\u201d \u2014aquellas hostiles y estigmatizantes\u2014 sobre las protestas, asociaciones y reuniones pac\u00edficas, constituyen \u201cuna de las tendencias mundiales que explican el autoritarismo creciente y el cierre del espacio c\u00edvico\u201d, afirm\u00f3 Gina Romero, actual Relatora especial sobre los derechos a la libertad &hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":5,"featured_media":149239,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_mi_skip_tracking":false},"categories":[44],"tags":[47598,47599],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/201825"}],"collection":[{"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/users\/5"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=201825"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/201825\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":201827,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/201825\/revisions\/201827"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/media\/149239"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=201825"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=201825"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=201825"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}